Padres, hijos, hermanos y cónyuges podrán decidir trasplantes en caso de muerte violenta: ¿qué cambios harán a la ley?

Con 56 votos, la Asamblea Legislativa reformó este martes la Ley especial sobre trasplante de células, tejidos y órganos humanos, aprobada hace tres años.

La diputada Claudia Ortiz, de Vamos, votó en contra. Los diputados Marcela Villatoro y Francisco Lira, de Arena, no votaron ni a favor, ni en contra, aunque estaban presentes.

«Sabemos que los trasplantes tienen un valor económico alto pero poco a poco el sistema de salud va cambiando en el cual estos procedimientos no solo se da en los países en subdesarrollo o en desarrollo sino a nivel mundial», dijo el diputado David Cupido, de Nuevas Ideas.

La diputada Claudia Ortiz, de Vamos, pidió modificar el artículo 9 de la reforma, para revivir el criterio eliminado en la reforma de respetar la prioridad en niños y adolescentes. “Los criterios se establecerán teniendo en cuenta aspectos territoriales, clínicos, de histocompatibilidad y respetando el interés superior de niños, niñas y adolescentes”, sugirió agregar al artículo.

La diputada manifestó que es importante que se mantenga dentro de la ley el criterio de priorización de niñez y adolescencia. “Cuando este criterio se mantenga en la ley, si se mantiene, va a ser más garantista para esta población, especialmente que son niños y niñas adolescentes, más vulnerables, especialmente si tienen una afección grave, que quede explícitamente establecido en la legislación”, argumentó.

La propuesta de Ortiz solo tuvo 3 votos a favor.

Estos son los cambios que realizarán a la Ley de Trasplantes:

Se conforman comités de donación en cada hospital

Cada hospital deberá contar con un Comité Hospitalario de Donación y Trasplante.

La misma reforma simplifica requisitos para incluir a una persona al Registro Único para Trasplantes, en el artículo 29. Se establece solo que serán avalados por el «Comité Hospitalario de Donación y Trasplante» de cada establecimiento de salud y que los criterios tomarán en cuenta “aspectos territoriales, clínicos y de histocompatibilidad”.

«Donante fallecido» en lugar de «donante cadavérico»

Se cambia sustituye el concepto de donante cadavérico por «donante fallecido», definiéndolo como la persona «a quien se le realiza la extracción de órganos u otras piezas anatómicas posterior a la comprobación de muerte cuando se basa en la existencia de irreversibilidad de muerte encefálica o muerte circulatoria, certificadas por personal capacitado» y «aquellos que tienen como máximo cinco minutos de paro cardio respiratorio, que se ha revertido, pero se mantiene el criterio anterior». También se cambia el concepto de muerte encefálica.

Se reduce la cantidad de familiares que deciden en caso de muerte violenta

Se elimina que “si el paciente no ha expresado su voluntad de donar, la familia hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, podrá autorizar la donación”, y se sustituye por: «padres, hijos, hermanos y cónyuges«.

Disminuye la cantidad de personas o es más puntual con la cantidad de personas que autoriza que se pueda realizar un trasplante, y básicamente lo vuelve a los padres, hijos, hermanos y cónyuges, esos serían los que autorizarían ante una situación de que se requiere autorización de la familia para el tema de trasplantes.
Francisco Alabi, ministro de Salud.

Se eliminan criterios de priorización del trasplante como «urgencia clínica» y «prioridad de menores y adolescentes»

Se deroga el artículo 30 sobre «criterios de priorización». En su solicitud escrita, el Ministerio de Salud pide derogar el artículo 30, que establecía los “criterios de priorización” para seleccionar y asignar específicamente los tejidos u órganos a trasplantar. Este artículo establecía como criterios el respeto al «principio del interés superior de los menores y adolescentes» y la «urgencia clínica», «la persona que haya donado órganos», entre otros. El ministro no explicó la derogación del artículo 30 en la reunión de Comisión del lunes.

Se deroga la «reacción adversa grave»

La propuesta derogaría la “reacción adversa grave”, el numeral 21 del artículo 4, que se definía como la respuesta no intencionada en el donante vivo o en el receptor y que incluía «una enfermedad transmisible» asociable a «cualquier etapa desde la donación».

En El Salvador hay 52,102 personas con enfermedad renal crónica en diferentes fases:

-2,759 en la fase 1
-4,815 en la fase 2
-18,192 en la fase 3
-11,020 en la fase 4
-14,908 en la fase 5
-408 sin fase identificada

El Ministerio de Salud registra 3,382 pacientes en terapia en sustitución renal, 1,609 pacientes en diálisis peritoneal y 1,773 en hemodiálisis.

En total, se han realizado 91 trasplantes, de los cuales 12 se realizaron en 2023, 19 trasplantes en 2024 y 10 trasplantes en lo que va de 2025. Para el ministro hay un aumento, aunque no desglosó los 50 trasplantes registrados como «otros años».

El ministro aseguró a los diputados que están buscando realizar trasplantes de córnea, hígado y médula ósea, no solo renal.

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