La Superintendencia de Regulación Sanitaria (SRS) emitió un “Reglamento para el funcionamiento de pequeños comercios regulados por la Superintendencia de Regulación Sanitaria” que aplicará a todas las microempresas que elaboren, envasen, almacenen, distribuyan o comercializan productos cosméticos de uso humano y veterinario, higiénicos y productos blandos de ortopedia y soporte.
“Aplicará a todas las personas naturales y jurídicas clasificadas como microempresas y debidamente inscritas en la Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Conamype) que se dediquen permanente u ocasionalmente a la elaboración, preparación, procesamiento, envasado, empacado, etiquetado, almacenamiento, distribución y comercialización de productos cosméticos de uso humano y veterinario, higiénicos y alimentos preenvasados, así como productos blandos de ortopedia y soporte”, señala el reglamento.
El reglamento es firmado por el superintendente de Regulación Sanitaria, Noé Geovanni García Iraheta y fue publicado en el Diario Oficial del 20 de octubre de 2025.
La SRS explica que, con esta regulación, buscan el crecimiento y la formalización de las microempresas y simplificar los requisitos ordinarios requeridos por la normativa sanitaria.
Para realizar el trámite, los pequeños negocios deben contar con registro vigente en la Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Conamype).
El permiso tendrá una vigencia de un año, transcurrido el plazo deberá solicitar nuevamente su inscripción.
Los pequeños negocios tendrán obligaciones como llevar un registro de productos que elaboren, un registro de proveedores y cantidades adquiridas; y también tendrán prohibiciones, como comercializar o elaborar productos sin permiso, reetiquetar productos terminados, cambiar fechas de vencimiento de los productos o atribuirles propiedades terapéuticas.
Entre las causas establecidas para denegar un permiso están el incumplimiento de requisitos, la inseguridad en el uso o consumo del producto.
El instrumento legal establece que el permiso de comercialización de los productos regulados en el reglamento tendrá una vigencia de cinco años y deberá ser renovado con al menos seis meses de anticipación a su fecha de vencimiento.
También indica que la fecha de vencimiento de los productos cosméticos de uso humano o veterinario e higiénicos no podrá superar los 12 meses desde su fabricación y envasado.
¿Qué requisitos generales establecen para los pequeños comercios?
Los pequeños comercios deberán cumplir con requisitos técnicos y de infraestructura, como:
Un área física independiente y separada, acorde a la naturaleza de la actividad, tipo de productos y volumen de fabricación.
Servicios sanitarios y lavamos con agua potable y desagüe funcional, no en áreas de producción o almacenamiento.
Debe haber luz natural o artificial suficiente para que empleados trabajen con comodidad y realicen bien sus actividades.
