TSE insta a salvadoreños en el extranjero actualizar DUI con dirección del extranjero

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) lanzó una campaña para incentivar a los salvadoreños que viven en el extranjero a que actualicen su Documento Único de Identidad (DUI) con su dirección del exterior para que sea registrada de esa manera en el padrón electoral.

El último día para que el cambio de dirección sea incluido en el Registro Electoral de las elecciones 2027 es el 27 de febrero de 2026.

Si un salvadoreño que reside en el exterior cambia su dirección hacia el extranjero, puede votar de manera remota por internet pero el voto de la elección de Asamblea Legislativa se asigna a la circunscripción de San Salvador.

“Actualiza tu DUI con tu dirección del extranjero y voto más fácil desde donde te encuentres”, indicó el TSE en un anuncio publicitario en Instagram.

Un salvadoreño que reside en el exterior puede actualizar la dirección en un centro de servicios del Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN) o en el consulado más cercano.

“Tienes hasta el 27 de febrero de 2026 para modificar tu domicilio”, recordó la institución electoral.

De la dirección de los salvadoreños en el exterior registrada en sus Documentos Únicos de Identidad (DUI) depende dónde se asignará su voto en las elecciones de diputados de la Asamblea Legislativa.

¿Cómo se asigna el voto de un salvadoreño en el exterior en la elección de Asamblea Legislativa?

Con dirección exterior, a San Salvador:

Si el salvadoreño reside en el extranjero y su domicilio según su DUI es fuera del territorio nacional, el voto de asigna a la circunscripción de San Salvador.

Con dirección nacional, al departamento de su DUI:

Si el salvadoreño reside en el extranjero y su domicilio según su DUI es dentro del territorio nacional, el voto de asigna a la circunscripción del domicilio contenido en dicho documento.

Con pasaporte, a San Salvador:

Si el salvadoreño reside en el extranjero y vota con su pasaporte, el voto de asigna a la circunscripción de San Salvador.

Voto remoto: el artículo 14

Según el artículo 14 de la Ley especial para el ejercicio del sufragio en el extranjero, el voto remoto por internet puede ser ejercido por los salvadoreños con “domicilio en dicho documento sea en el extranjero”.

En las elecciones de 2024, un total de 242,110 salvadoreños emitieron voto remoto por internet desde el exterior y 89,646 emitieron voto electrónico presencial en 81 centros de votación con máquinas de votación distribuidas en diferentes países del mundo, todo a un costo de $32 millones. Los resultados de las auditorías de la empresa CGTS Corp. y del Instituto Tecnológico y Estudios Superiores de Monterrey (TEC) no se han publicado.