La «Ley de fomento para el uso de la energía renovable», que exime de impuestos la instalación de equipos y garantiza el pago a los usuarios por los excedentes de energía que reinyecten a la red de distribución, estará vigente desde este 4 de noviembre, luego de ser publicada en el Diario Oficial.
Esta normativa permite que los usuarios residenciales o negocios que, por ejemplo, tengan paneles solares reciban una retribución económica por el excedente de energía que reinyecten a la red.
Así, la Superintendencia de Electricidad y Telecomunicaciones (Siget) debe emitir, a más tardar el 3 de enero de 2026, un reglamento especial que incluirá la tarifa para reconocer los excedentes de los usuarios a la red de distribución, y que incluya los procedimientos para instalar los sistemas y realizar estas inyecciones de excedentes de energía.
Actualmente el usuario no recibe un pago sino un descuento por la energía inyectada a la red de distribución.
Los beneficios fiscales, sin embargo, según la normativa, inician desde su entrada en vigor y durarán 10 años.
Con esta normativa, los usuarios de electricidad que tengan sistemas de fuentes renovables, cuando declaren su renta al Ministerio de Hacienda, podrán deducir de su renta imponible lo que hayan invertido en sus equipos, instalación o mantenimiento, por ejemplo, de paneles solares.
Los proveedores de este tipo de sistemas, además, tendrán exención de IVA y de impuestos a la importación, así como para los que realicen servicios de mantenimiento a los mismos.
La exención fiscal aplica en la adquisición instalación o mantenimiento de equipos de energía renovable en viviendas o negocios, pero no aplica para personas que tengan como fin la generación de energía.
