Salvadoreños tienen hasta el 30 de abril para declarar renta 2025

Los salvadoreños tienen hasta el 30 de abril para presentar la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente a 2025, indicó el Gobierno a través de redes sociales.

“Recuerde que ya se puede realizar la declaración de la renta, con un proceso en línea que es práctico y rápido. El periodo finaliza el 30 de abril”, indicó la Secretaría de Prensa en una publicación el pasado 5 de marzo.

Como en años anteriores, la declaración se realiza en línea en el área de la Dirección General de Impuestos Internos. Para recibir asesoría tributaria también puede llamar al 2237-3444.

1. ¿Quiénes están obligados a declarar?
– Personas naturales con rentas gravables superiores al monto exento establecido por ley.
– Con la reforma aprobada en 2025, los ingresos anuales hasta $6,600 ($550 mensuales) quedaron exentos del impuesto. Esto significa que, en términos generales, el impuesto comienza a aplicarse a partir de ingresos superiores a ese umbral.
– Los sujetos que estén obligados a llevar contabilidad formal.
– Todo sujeto a quien se le hubiere retenido el impuesto, ya sea total o parcialmente.
– Los que hubiesen declarado en el ejercicio anterior.
– Todos los sujetos registrados como contribuyentes del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), aunque no hayan percibido ingresos.

2. ¿Qué ingresos debe declarar el contribuyente?
Los contribuyentes deben declarar todos los ingresos obtenidos por utilidades, efectivo o provenientes de cualquier fuente, como el trabajo, actividad comercial o inversiones de capital.

3. Deducciones
La ley permite deducciones por hasta $800 en gastos médicos y $800 por gastos de educación, así como cuando un negocio tiene renta diversa.

4. ¿Cuánto tiempo se deben guardar las facturas médicas y de estudios?
Para poder aplicar la deducción, el contribuyente debe conservar las facturas para evitar futuros problemas con Hacienda. El artículo 33 de la Ley de Impuesto sobre la Renta establece que las personas naturales deben conservar las facturas por gastos médicos y de educación por un período de seis años, mientras que a los contribuyentes con rentas diversas se les recomienda mantenerlas por 10 años.

5. ¿Si alquilo vivienda puedo deducir ese gasto?
Es deducible el precio del arrendamiento de los bienes muebles o inmuebles utilizados en la producción de ingresos gravables con el ISR. Sin embargo, no aplica para las cantidades invertidas en arrendamiento de vivienda para el uso personal del contribuyente, según el artículo 29 de la ley.

6. ¿Qué pasa si debo declarar y no lo hago?
No presentar la declaración de ISR es sancionado con una multa equivalente al 40 % del impuesto que se determine, la cual en ningún caso podrá ser inferior a un salario mínimo mensual, según el Código Tributario.
Además, el contribuyente podría quedar en estado de insolvencia y, en consecuencia, no podría realizar ciertos actos para los cuales la solvencia tributaria es requerida.

7. ¿Qué pasa si debo declarar y no lo hago?
No presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta cuando existe obligación puede acarrear sanciones. El Código Tributario de El Salvador establece una multa equivalente al 40 % del impuesto que se determine, la cual no puede ser inferior a un salario mínimo mensual del sector comercio y servicios.
Además, el contribuyente no podrá obtener la solvencia tributaria emitida por el Ministerio de Hacienda de El Salvador, documento que suele ser requerido para realizar diversos trámites administrativos, financieros o para participar en contrataciones con el Estado.

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