Los imputados que sean detenidos por delitos sancionables con pena perpetua, como homicidio, feminicidio y violación, además de pertenecer a una organización terrorista, serían sobreseídos definitivamente si la Fiscalía no presenta una acusación formal en un plazo de aproximadamente 24 meses.
El proceso penal que explica el artículo 416-F del Código Procesal Penal reformado detalla el procedimiento legal que seguirían los imputados luego de ser detenidos administrativamente por delitos sancionables con pena perpetua.
Primero, la Fiscalía solicitará el inicio del proceso por cuaquiera de los delitos y el juez impondrá la medida cautelar “con la sola vista de la solicitud”.
Después, según la reforma, en un máximo de 12 meses o un año, la Fiscalía deberá presentar la acusación ante el juez de lo criminal. Pasado ese plazo, la Fiscalía podrá solicitar ampliar el plazo por un periodo de 12 meses; deberá hacerlo 10 días antes de que finalice el plazo “de manera motivada”.
Si la Fiscalía no presenta dictamen de acusación en el plazo definido, es decir, en los 12 meses adicionales, dice la reforma que el juez intimará al fiscal superior para que presente la acusación en no más de 24 horas.
“De no existir acusación, sin más trámite, dictará sobreseimiento definitivo a favor del imputado y dejár sin efecto la medida cautelar”, establece.
Recibida la acusación, el juez resolverá dentro de los tres días siguiente el día y la hora de la audiencia de juicio, en un plazo que no exceda de 30 días.
Así sería el proceso penal que enfrentarían los acusados de delitos de homicidio simple, homicidio agravado, feminicidio, feminicio agravado, violación, violación en menor o incapaz, violación agravada, violación en menor o incapaz agravada y el nuevo delito de pertenecia de organización terrorista.
Estos delitos tendrán como pena única la cadena perpetua, si hay condena, pero la misma reforma establece una revisión obligatoria de la misma a partir de los 25 años de prisión si es menor, desde los 30 años si es adulto con un delito, desde los 35 años si fue condenado por dos o más delitos y desde los 40 años se revisará obligatoria la pena perpetua de los que han cometido delitos con agravantes. También, podrán someterse a proceso abreviado y así reducir su pena.
La reforma fue rechazada por la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de las Naciones Unidas porque se aplicará a jóvenes a partir de los 12 años, ante lo cual el presidente de la República, Nayib Bukele, contestó que se lleven “sus experimentos” a otros países.

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