Una reforma a la “Ordenanza de cobro por servicios para el desarrollo territorial en el municipio de Nuevo Cuscatlán”, departamento de La Libertad, que se aplicará en La Libertad Este, crea una tasa especial de $50 mensuales durante la duración de un proyecto de construcción, remodelación o demolición mayor a los 200 metros cuadrados por daños a bienes públicos como calles y aceras.
“Se establece una tasa especial mensual de USD $ 50.00 pagadera durante toda la duración de los proyectos de construcción, remodelación o demolición igual o superior a 200 metros cuadrados, por el daño a los bienes públicos tales como calles y aceras, como resultado de acción del personal encargado del proyecto o la acción de terceros relacionados directa o indirectamente con el mismo, así como por la entrada y salida de transporte pesado y maquinaria, además de cancelar la tasa especial el propietario o responsable estará en la obligación de resarcir o reparar el daño o menoscabo sufrido”, reza el nuevo inciso tercero del artículo 18 de la reforma, que actualmente se compone de un solo inciso.
En el artículo 5, se agrega que cuando se tramite el permiso de proyecto de una obra, como construcción, remodelación o demolición, el propietario o responsable deberá informar a la municipalidad del plazo, número de obreros, si usará maquinaria pesada o especial, y se deberá instalar un letrero visible con esa información, para conocimiento del público, fuera del proyecto.
En el artículo 18 de la reforma, también se requiere un horario para las labores de construcción y se da la posibilidad de extenderlo “en casos justificados” para lo cual se deberá solicitar autorización. El horario permitido es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
Así mismo, se agrega como infracción nueva obstruir o impedir el ingreso de inspectores de la municipalidad a los proyectos o complejos residenciales. Serían sancionados según el artículo 57 de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana y Contravencional de de La Libertad Este.
Para homologar la ordenanza a las exigencias de la Dirección de Ordenamiento Territorial (DOT), se exige que el director de obra, arquitecto o ingeniero civil esté inscrito en esa Dirección.
La reforma a la ordenanza fue publicada en el Diario Oficial del 30 de abril de 2026 e inicia su vigencia ocho días hábiles contados a partir de su publicación, es decir, este miércoles 13 de mayo.

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