Vigente reforma que permite comercialización de lácteos con leche en polvo reconstituida o recombinada

La legalización del uso de leche en polvo reconstituida o recombinada en los lácteos comercializados en El Salvador está vigente fue publicada en el Diario Oficial desde hace una semana.

La reforma eliminó la siguiente prohibición que estaba incluida en el artículo 21: “Se prohíbe la comercialización de leche, crema y quesos provenientes de la reconstitución y recombinación de la leche en polvo”.

La modificación fue realizada a la “Ley de fomento de producción higiénica de la leche y productos lácteos y de regulación de su expendio” fue publicada en el Diario Oficial del 19 de junio, por lo que inició su vigencia el 26 de julio.

La reforma fue respaldada por Asociación Salvadoreña de Ganaderos e Industriales de la Leche (Asileche), Corporación de Exportadores de El Salvador (Coexport) y la Mesa Agropecuaria.

Algunos ganaderos manifestaron que perjudicará al sector porque habrá competencia a más bajos precios, aunque aseguran que, en la práctica, la leche en polvo siempre ha sido utilizada en la elaboración de lácteos, comercializados en el país.

Mientras, la asociación Proleche pidió diálogo y preguntó en un primer comunicado cómo se garantizará que los consumidores distingan claramente entre leche fresca y leche reconstituida y los productos lácteos con ambos procesos, y exhortó a la “igualdad de condiciones para toda la cadena”. Posteriormente, Proleche tuvo un encuentro con el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), aclaró que no quieren confrontación pero insistió en buscar proteger al sector ganadero.

El acuerdo comercial bilateral entre Estados Unidos y El Salvador divulgado en enero de 2026 compromete a El Salvador a facilitar la importación de productos lácteos estadounidenses y prohíbe medidas discriminatorias o no científicas para estos, siempre que tengan certificado sanitario estándar del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos.

En busca de esta facilitación del comercio de productos de origen animal, la Asamblea ha aprobado antes otros decretos como la «Ley de protección a la sanidad vegetal, salud animal e inocuidad de los alimentos no procesados de origen vegetal o animal» que en abril de 2025 amplió las facultades del MAG en ingreso de animales, alimentos no procesados de origen vegetal o animal, entre otras; y la reforma a la Ley de protección a la sanidad vegetal y animal en mayo de 2026 para otorgarle el control de la importación y exportación de los productos lácteos al MAG, dándole la potestad de otorgarles las certificaciones.

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