Autor: Yolanda Magaña

  • Un millón de usuarios residenciales podrían aplicar a beneficios de ley de energía renovable

    Un millón de usuarios residenciales podrían aplicar a beneficios de ley de energía renovable

    El director de energía, hidrocarburos y minas, Daniel Álvarez, calcula que el potencial de la aplicación de la «Ley de fomento para el uso de la energía renovable», que exime de impuestos la compra de equipo o su mantenimiento para este tipo de energía, es de un millón de usuarios residenciales de un total de dos millones en El Salvador.

    Además de los proveedores de estos sistemas, podrán aplicar solo usuarios finales, ya sea residenciales o empresas, que tendrán el derecho de reinyectar los excedentes de energía eléctrica que generen o almacenen a cambio de una tarifa. Un usuario final adquiere la energía para su uso propio.

    El diputado William Soriano, de Nuevas Ideas, le preguntó al titular de la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas (DGEHM) cuál es el potencial que podría implementarse en El Salvador «a nivel de hogares». El funcionario calculó que es al menos un millón de hogares.

    «Es autoconsumo para nuestras casas aprovechando la radiación solar y que eso genere un dinamismo en la economía. ¿Cuánto potencial tenemos? Bueno, son dos millones de usuarios residenciales, de los cuales un millón tienen más o menos este consumo, va enfocado a estos, a los que tienen ese consumo y que realmente tengan una… eh, que sean autosostenibles y que tengan un incentivo para poder tener este tipo de tecnología».

    Daniel Álvarez, director de Energía, Hidrocarburos y Minas.

    Según Álvarez, la ley busca fomentar el autoconsumo de energía renovable y la transferencia de excedentes a la red de distribución a la que deberán conectar sus sistemas.

    El precio del excedente lo pondrá la Superintendencia de Electricidad y Telecomunicaciones (Siget) a través de un pliego tarifario que pondrá en un reglamento.

    La ley, que podría ser aprobada este martes, beneficiará con exenciones fiscales a estos usuarios finales cuando adquieran sistemas de energía renovable para su consumo, contraten su mantenimiento.

    El beneficio fiscal se extiende también para los proveedores de estos sistemas o servicios de mantenimiento.

    La exención de IVA y aranceles será verificada por la Defensoría del Consumidor. Sin embargo, las exenciones no se podrán aplicar para directivos, socios o personal de las empresas beneficiarias, sus familiares o las empresas relacionadas a las mismas. Esta ley tampoco podrá beneficiar a empresas generadoras de energía.

    Requisitos para proveedores y usuarios

    Los proveedores beneficiados deberán estar inscritos en Hacienda como contribuyentes de IVA, deberán estar solventes y recibir la calificación de la Siget.

    Los proveedores deberán llevar un «registro completo del uso de los incentivos fiscales» y presentar las respectivas declaraciones tributarias, en las cuales podrán realizar comprobaciones de declaraciones de los beneficiarios.

    Mientras, los usuarios finales deberán anexar el documento tributario que le haya extendido el proveedor de equipo o de servicio de instalación o mantenimiento, para la comprobación de la deducción de su renta gravable, en la declaración del Impuesto sobre la Renta.

    La Dirección de Impuestos Internos como la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda emitirán lineamientos.

    Uno de los objetivos, según el director de Energía, es que los hogares aprovechen la radiación solar para su consumo y que los excedentes sean utilizados por la red de distribución.

    La energía renovable es la que se obtiene por medio de recursos como hidroeléctrico, geotérmico, eólico, solar, biomasa o biogás.

    Norma actual: un «descuento» en la facturación

    Actualmente, el usuario final productor no recibe ningún tipo de pago por la energía eléctrica inyectada a la red de distribución, ya que la distribuidora calcula la energía consumida y, si se inyectan excedentes, se refleja «un descuento en la facturación».

    Sin embargo, según la «Norma para usuarios finales productores de energía eléctrica con recursos renovables», emitida el 22 de agosto de 2017, el usuario puede firmar un contrato de venta de excedentes de energía que «excepcionalmente inyecte a la red».

    Esta norma indica que el usuario final que quiere instalar una unidad de generación de energía de fuente renovable para su consumo debe notificar a la empresa distribuidora y solicitarle el cambio de equipo de medición.

    Uno de los requisitos es que la producción de la unidad debe ser menor que el consumo promedio mensual; de lo contrario, la Siget presume que la instalación busca comercializar los excedentes de energía.

    Dicha norma, que sería actualizada con la aprobación de la nueva ley, si el objetivo es comercializar parte o la totalidad de la energía, el usuario debe inscribirse como operador generador o como operador comercializador.

     

  • MAG reemite acuerdo sobre parcelaciones agrícolas, Hacienda le notificó que pliego tarifario es competencia legislativa

    MAG reemite acuerdo sobre parcelaciones agrícolas, Hacienda le notificó que pliego tarifario es competencia legislativa

    El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) aprobó un nuevo instructivo que regula la aprobación de lotificaciones y parcelaciones, autorizando que los trámites se realicen de manera gratuita hasta que un decreto legislativo regule el cobro de las tasas por el servicio.

    El MAG aprobó el acuerdo ministerial número 152 el 23 de septiembre de 2025 y derogó el acuerdo número 117 del 30 de julio de 2025. Se trata de un nuevo “Instructivo regulador para aprobación de lotificaciones y parcelaciones agrícolas”, que incluyó como uno de los requisitos del trámite la presentación de la factura de pago en la colecturía de la Dirección General de Ordenamiento Forestal de Cuencas y Riego (DGFCR).

    El Ministerio de Hacienda, sin embargo, le informó al MAG que no es viable la inclusión de dichos servicios en el pliego tarifario, ya que es competencia de la Asamblea Legislativa. El MAG le había solicitado al Ministerio de Hacienda “la inclusión de dicho servicio al Pliego Tarifario para la venta de bienes y servicios del Fondo de Actividades Especiales (FAE) de la DGFCR.

    Sin embargo, según el considerando VII del acuerdo, Hacienda les respondió que según la sentencia 110-2013 de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, del 26 de octubre de 2015, “no es viable la inclusión de tales servicios en el pliego tarifario, ya que es competencia exclusiva de la honorable Asamblea Legislativa”.

    Por ello, el MAG aprobó un nuevo instructivo sin el cobro con aplicación retroactiva, y argumentó que es “necesario” someter a consideración un anteproyecto de regulación de tasas por servicios ante la Secretaría Jurídica de la Presidencia.

    “El presente instructivo tendrá efectos retroactivos a partir de su entrada en vigencia para las solicitudes ingresadas previos a su aprobación”, indica el artículo 12 del nuevo instructivo, publicado en el Diario Oficial del 13 de octubre de 2025.

    La “Ley de creación de la Dirección General de Ordenamiento Territorial y Construcción (DOT)” excluyó de la aplicación de dicha normativa las las lotificaciones o parcelaciones agrícolas, función que estableció “serán competencia del MAG”, que delegó a la DGFCR.

    El instructivo define una parcelación agrícola como división de un inmueble para venderlo o arrendarlo por lotes con el fin de destinarlo a la producción de hortalizas, frutales o plantas medicinales, cereales o para la producción agropecuaria.

    La lotificación o parcelación debe tener un área mínima de dos manzanas o 13,977.92 metros cuadrados, y cada parcela debe ser igual o mayor a una manzana; y el instructivo no permite subparcelaciones o sublotificaciones de los inmuebles.

    Esta modificación se realizó al artículo 33 del proyecto de ley, que regula las «exclusiones de la aplicación de esta ley», una de las cuales es las «lotificaciones o parcelaciones agrícolas», a esta exclusión le fue agregado «las cuales serán competencia del MAG».

  • Avalan ley de energía renovable para incentivar que usuarios instalen paneles solares y se conecten a la red

    Avalan ley de energía renovable para incentivar que usuarios instalen paneles solares y se conecten a la red

    La Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión de la Asamblea Legislativa aprobó este lunes un dictamen favorable de la “Ley de fomento para el uso de la energía renovable”, que exime de todo tipo de impuestos la compra y la importación de equipo para este tipo de energía o de su mantenimiento.

    El beneficio no es para productores de energía sino para usuarios finales, ya sea residenciales o empresas.

    En resumen, la ley exime de Impuesto sobre la Renta y su retención, IVA e impuestos a la importación para la importación, venta o comercialización de sistemas o equipamiento de energía eléctrica producidas por fuentes renovables convencionales o no, adquisición y equipamiento de dichos sistemas para autoconsumo de usuarios finales, y servicios de mantenimiento o equipamiento.

    El director general de energía, hidrocarburos y minas, Daniel Álvarez, explicó a los diputados que la ley busca “incentivar a los usuarios finales, residenciales e industriales para la instalación de paneles solares” u otros medios de generación de energía renovable, así como para sus sistemas de almacenamiento de dicha energía.

    “Si una casa, apartamento o negocio o empresa desea colocar un panel solar siempre deberá estar conectado a la red de la distribuidora eléctrica para garantizar el suministro permanente. El panel solar nada más reducirá el consumo durante el mayor tiempo posible del día”.

    Daniel Álvarez, director de Energía y de CEL.

    El funcionario reconoció que ya existe una norma para que los usuarios inyecten sus excedentes de energía a la red de distribución eléctrica pero explicó que lo quieren “elevar a rango de ley”: “Si bien existe normativa técnica que incentive esta actividad, queremos elevar esta normativa a rango de ley para que se puedan establecer beneficios finales claros, derechos de los usuarios finales y obligaciones para todos los actores a fin de garantizar el espíritu de la ley”.

    La exención tendrá una duración de 10 años. En El Salvador existe una «Ley de incentivos fiscales para el fomento de las energías renovables en la generación de electricidad», aprobada en 2007 pero la exención se daba «los primeros 10 años» y por cinco años los ingresos por proyectos de generación de energía.

    La Defensoría del Consumidor deberá velar por que “los beneficios dados sean reflejados en los precios a los usuarios finales”.

    No podrá ser usado por generadores

    El dictamen fue aprobado con una modificación sugerida por el director de Energía al artículo 6 para dejar claro que los «parámetros, criterios técnicos y financieros» se establecerán en un reglamento especial que será emitido por la Superintendencia de Electricidad y Telecomunicaciones (Siget).

    La Siget establecerá «un pliego tarifario» con las tarifas para reconocer los excedentes de energía eléctrica inyectados a la red de distribución.

    “Para que no haya confusión y no haya abuso de parte de otros que lo vengan a querer utilizar como un generador, sino realmente lo que es, es autoconsumo, para nuestras casas, aprovechando la radiación solar que tenemos y que eso genere un dinamismo en la economía”, explicó Álvarez el cambio.

    El diputado William Soriano, de Nuevas Ideas, aseguró que entendía que “actualmente o en tiempos anteriores el excedente se perdía de alguna reforma” y preguntó cómo se dará al excedente por ley. Álvarez le respondió que el reglamento dará los parámetros.

    “Esto va específicamente para todos aquellos que en nuestra casa querramos tener este tipo de tecnología, no es que estemos creando microgeneradores. Sin embargo, si hay un excedente, que sea reconocido en la tarifa”, explicó.

    La diputada Dania González, de Nuevas Ideas, también preguntó si el beneficio es “solo para las empresas que van a importar o los salvadoreños van a tener este beneficio”. “Sí, de hecho esto es para ambos”, le respondió.

    El también director de la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL) ejemplificó que en California se puede ver desde el avión que todas las viviendas tienen paneles solares. “Es para ambos, tanto para el usuario como las empresas”, reiteró.

    La Dirección de Energía calcula que aproximadamente un millón de usuarios residenciales podrían aplicar a este tipo de tecnología e incentivó a las empresas a adquirir este tipo de tecnología, ya que aseveró los paneles solares han bajado de precio a la vez que la tecnología en baterías ha mejorado.

    La diputada Claudia Ortiz, de Vamos, pidió aclarar si este decreto será un transitorio. «Si aquí al 2035 una persona o empresa compra un mecanismo de paneles solares, va a tener solo un año para gozar de esos incentivos. No queda claro, creo que habría que analizar si es un transitorio o quien compra los paneles tiene 10 años para gozar de esto. Creo que debería quedar claro», sugirió.

    La diputada Dania González solo respondió: «Se toma nota» y luego sometió a votación el dictamen favorable por el cual votaron diputados de Nuevas Ideas y la diputada de Vamos. «Se aprueba por mayoría de los presentes», expresó la diputada González, quien preside la Comisión.

  • Dictaminan préstamo de $150 millones del BID para escuelas, educación a distancia y retornados

    Dictaminan préstamo de $150 millones del BID para escuelas, educación a distancia y retornados

    La Comisión de Hacienda de la Asamblea Legislativa dictaminó este lunes la ratificación del préstamo “Programa de trayectorias educativas completas y su resiliencia al cambio climático” del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) por $150 millones que se pagará en un plazo de 25 años.

    La subdirectora de inversión y crédito público, Delia Reyes, explicó a los diputados que el préstamo incluye la ampliación, la rehabilitación y la construcción de centros escolares.

    El crédito incluye una prueba piloto de transporte escolar pero también comprende el “fortalecimiento de modalidades flexibles de educación”, como “la educación a distancia o virtual, semipresencial y acelerada.

    El préstamo buscaría facilitar la incorporación de estudiantes “retornados” o deportados que interrumpieron sus estudios por “procesos migratorios”, así como de madres jóvenes o adolecentes embarazadas que han suspendido sus estudios.

    El proyecto no incluye contratación de más cantidad docentes, aunque sí incluye la formación y capacitación del personal docente.

    Según la presentación, el préstamo los cuatro objetivos específicos son: incrementar el acceso a servicios educativos inclusivos para estudiantes con discapacidad; mejorar prácticas pedagógicas para contribuir a la calidad educativa; incrementar la oferta educativa “con la dotación de mayor y mejor infraestructura escolar”; incrementar la reinserción de niños y adolescentes retornados (deportados); y fortalecer las capacidades de gestión educativa.

    La firma del contrato del préstamo fue autorizada por la Asamblea Legislativa el 27 de agosto de 2025. La suscripción fue realizada el 6 de octubre.

    El préstamo se pagará en un plazo de 25 años con 5.5 años de periodo de gracia. El objetivo general del préstamo es “contribuir a la consolidación de trayectorias educativas completas desde el nivel de parvularia hasta el bachillerato de los estudiantes del sector público a nivel nacional mediante el mejoramiento de acceso, cobertura y calidad de educación”.

    Con este préstamo, la Asamblea Legisaltiva sumaría un total de $1,795,747,394 –$1,795 millones– en créditos autorizados y ratificados desde enero de 2025, de un total de $1,992 millones recibidos.

    La reunión de la Comisión se hizo con la asistencia de los diputados propietarios Christian Guevara, William Soriano, Dania González, Geovanny Zaldaña y Edgardo Mulato. Caleb Navarro fue sustituido por Roxana López, Suecy Callejas por Sandra Calderón, Mauricio Ortiz por Boris Platero, Reynaldo López por Rebeca Rodríguez, y Reinaldo Carballo se encontraba ausente, luego de la presentación fue sustituido por Mario Espinal.

  • Manuel “Chino” Flores, del FMLN, critica el Nobel de la Paz para María Corina Machado

    Manuel “Chino” Flores, del FMLN, critica el Nobel de la Paz para María Corina Machado

    El secretario general del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), Manuel Flores, criticó este lunes en conferencia de prensa que el Comité Nobel noruego haya otorgado el Premio Nobel de la Paz 2025 a María Corina Machado, líder de la oposición venezolana, como una valiente defensora de la paz y de la democracia.

    El Comité Nobel calificó a Machado como valiente defensora de la libertad que se levanta y resiste “cuando los autoritarios se hacen con el poder”.

    Flores, conocido como el “Chino Flores”, aseguró que uno de los mandatos que dieron los militantes del FMLN en su Congreso Nacional finalizado el 10 de octubre fue “el acompañamiento” del partido “a los pueblos en lucha” y en ese sentido el dirigente aseguró que serán un partido que se organiza “contra el imperialismo, el fascismo” y sus “expresiones, caras y tentáculos” que están “en corporaciones de periodismo” que “se han conglomerado para felicitar” a Machado, a quien tildó de “guerrerista”.

    “Es una organización mundial que incluso se han conglomerado para felicitar a una guerrerista, a una persona que pidió invasión para su país para que le den el premio Nobel de la Paz”, fueron las palabras del dirigente del partido de izquierda.

    Se quejó de la entrega de los últimos cinco Nobel de la Paz. “Son opositores. Opositor ruso, opositor iraní, opositor venezolano, opositor bielorruso, premios Nobel políticos, agente de la CIA, del imperio”, expresó.

    El FMLN, un partido aliado del régimen de Nicolás Maduro, rechazó en septiembre pasado la presencia militar de Estados Unidos frente a Venezuela, “nos hemos posicionado contra el intervencionismo militar estadounidense en Venezuela y lo vamos a seguir haciendo hoy y mañana”, dijo en esa ocasión Flores.

    En agosto pasado, se pronunció sobre la reelección presidencial indefinida habilitada en El Salvador por la actual Asamblea Legislativa, diciendo que es “un proyecto autoritario y abusivo que busca eternizar en el poder a una sola persona” y que “es el entierro de la República, la legalización de la dictadura”.

    “Serán recordados como los que vendieron la República”, exclamó en esa ocasión.

    En esa ocasión evitó hacer comparaciones con las dictaduras de países como Venezuela y Nicaragua. “Estoy en El Salvador y voy a hablar de El Salvador, la autodeterminación de los pueblos y el respeto a sus procesos en la consolidación futura de las relaciones con el mundo entero, cada país va a resolver sus problemas”, dijo en esa ocasión.

    En El Salvador el presidente funge su segundo periodo quinquenal presidencial consecutivo desde 2019. El FMLN solo tiene una diputada en el Parlamento Centroamericano (Parlacen) y no tiene escaños en la Asamblea Legislativa.

  • ISP pagó $1,974 millones en pensiones e intereses mientras reportó $2,575 millones en deuda de COP

    ISP pagó $1,974 millones en pensiones e intereses mientras reportó $2,575 millones en deuda de COP

    El Instituto Salvadoreño de Pensiones (ISP) tiene un saldo de emisiones de Certificados de Obligaciones Previsionales (COP) por $2,575 millones, mientras ha reportado que ha pagado en el mismo periodo $1,974 millones en pensiones e intereses, según datos preliminares publicados por el Banco Central de Reserva (BCR).

    La diferencia es $600.49 millones de nueva deuda de pensiones emitida respecto al pago de pensiones e intereses que el ISP hizo en el mismo periodo de 32 meses desde que inició la reforma de pensiones.

    En la base de ejecución de gastos estatales, el BCR registra $1,542.78 millones en pago de pensiones y $431.97 de pago de intereses desde enero de 2023 hasta agosto de 2025.

    Durante el mismo periodo, de enero de 2023 hasta agosto de 2025, hay un saldo de Certificados de Obligaciones Previsionales por $2,575.24.

    Los certificados COP son instrumentos financieros emitidos por el Estado a través del ISP para que las Administradoras de Fondos para Pensiones (AFP) los adquieran a cambio de un interés anual fijo del 7 % que el ISP paga; el ISP usa ese dinero, proveniente del ahorro de los cotizantes de las AFP, para pagar pensiones y otras obligaciones previsionales, según la Ley integral del sistema de pensiones.

    Aún no hay explicación oficial del ISP sobre esta diferencia o si se trata de un desfase en los pagos.

    Consultado al respecto, Carlos Acevedo, expresidente del BCR, aseguró que su sospecha es que la diferencia podría deberse al dinero que “el gobierno ha tomado prestado de los fondos de pensiones para cubrir otros gastos no relacionados con el pago de pensiones”, pero aclaró que esa “es una mera hipótesis”.

    Un informe de la compañía financiera Barclays, cuya sede está en Londres, del 5 de marzo de 2024, aseveró que “el ISP está emitiendo más COP de los necesarios” y estimó que mientras el déficit de las pensiones en 2023 fue $800 millones, la emisión de COP en 2023 fue de $1,098 millones, una diferencia de $300 millones. “Lo que significa que casi $300 millones de los fondos se utilizaron para fines distintos a financiar el déficit pensional”, indicó Barclays.

    Este informe reportó que el ISP adquirió instrumentos públicos en Hencorp y, citando a la Bolsa de Valores de El Salvador, aseguró que el Banco Hipotecario emitió bonos para colocarlos por aproximadamente $225 millones en 2023 y “los fondos de pensiones han sido los principales compradores de estos instrumentos”.

     

  • Algunas alcaldías contrataron seguros privados para empleados municipales para 2025

    Algunas alcaldías contrataron seguros privados para empleados municipales para 2025

    Algunas alcaldías, así como instituciones de gobierno, adquirieron para el año 2025 seguros de vida y hospitalarios colectivos para sus empleados municipales.

    El municipio de San Salvador Este comprende los distritos de Ilopango, Soyapango, San Martín y Tonacatepeque, adquirió un programa de seguros de vida colectivos para sus empleados por la cantidad de $124,583.63, contrato adjudicado a finales de 2024.

    Otras alcaldías que tienen contratados seguros privados para el presente año fueron Sonsonate Oeste, San Vicente Sur, Santa Ana Norte y Cuscatlán Sur, según se puede verificar en el sitio web de Comprasal.

    En San Vicente Sur, se contrataron seguros colectivos de vida para todos los empleados que conforman el municipio, por $96,317.28.

    En Cuscatlán Sur, también se contrató un seguro de personas y daños para la alcaldía, por $62,300.

    En Santa Ana Norte, la municipalidad tiene contratado un seguro de vida para empleados por $50,000 según el registro de Comprasal.

    El acceso y la carga de información en el sitio web de Comprasal sobre los beneficiarios finales de los contratos adjudicados a finales de marzo de 2025 fue uno de los compromisos que asumió el gobierno en su acuerdo de Servicio Ampliado del Fondo (SAF) con el Fondo Monetario Internacional (FMI). El registro no divulga los contratos.

    Según datos del Ministerio de Hacienda, para el año 2024, los montos aprobados para seguros, comisiones y gastos bancarios de distintas municipalidades sumaron $598,026.20.

    En años anteriores, el gasto reportado por las municipalidades en compra de seguros era mayor: $994,513.47 en 2022, $2.6 millones en 2018 y $3.6 millones en 2013 según el Portal de Transparencia Fiscal.

    Sin embargo, la compra de seguros privados en las instituciones públicas, incluidas las municipales, aún persiste, y dicho gasto se concentra en el Gobierno Central.

    En las diferentes instituciones del Estado, incluidas descentralizadas y empresas públicas, el monto programado modificado para el año 2025, en la cuenta de «seguros, comisiones y gastos bancarios» –que contiene la contratación de seguros de vida, hospitalarios o de bienes– suma $75,934,739.27, de los cuales se han comprometido $54.3 millones.

    Las entidades del Gobierno Central tienen programado $49.4 millones, de los cuales ya se comprometieron $37.7 millones para el rubro.

  • 82,078 capturados en régimen de excepción aún sin condena dice FGR a diputados

    82,078 capturados en régimen de excepción aún sin condena dice FGR a diputados

    De 89,875 personas capturadas durante el régimen de excepción y acusadas por la Fiscalía General de la República de ser miembros de pandillas, hay un total de 82,078 que están en proceso de instrucción y aún no tienen condena según la institución.

    “Actualmente hemos iniciado 590 causas en los tribunales contra crimen organizado, en los cuales estamos procesando a 81,818 adultos, 260 menores de edad, que nos da un total de imputados que todavía no han recibido sentencia condenatoria de 82,078 personas”, dijo el fiscal general, Rodolfo Delgado, a diputados de la Comisión de Hacienda, este viernes.

    Las investigaciones están a cargo de 291 profesionales, incluyendo a jefes de oficinas coordinadores, fiscales y personal de intervenciones telefónicas, según el funcionario, un 30 % del personal total de la institución.

    Según el reporte sobre el régimen de excepción, detalló que la unidad de análisis de la FGR ha procesado “25,412 evidencias” de las cuales 19,658 corresponden al régimen de excepción y el resto “corresponde a otros casos”.

    496,945 casos resueltos y 144,200 activos según FGR

    El fiscal aseguró que tiene un poco más de 28,000 casos de las anteriores gestiones pero han resuelto casi 500,000 casos.

    Según sus datos, desde enero hasta el 30 de septiembre del año 2025, llevan “81,530 casos iniciados” y han atendido a “80,752 víctimas” e investigado 79,807 delitos; y se han procesado 96,374 personas imputadas.

    Sin embargo, hizo un análisis desde que tomó posesión de su cargo el 1 de mayo de 2021 luego de la polémica destitución de su antecesor, Raúl Melara, quien fue removido en la misma sesión plenaria que Nuevas Ideas sustituyó a los magistrados de la Sala de lo Constitucional.

    “El 1 de mayo de 2021, al momento de sentarme en la silla de fiscal general, recibí la institución con una carga activa, casos que no se habían trabajado, de 174,986 expedientes. Desde ese periodo hasta septiembre de 2025, hemos recibido 466,169 denuncias más, es decir que durante este periodo se han diligenciado 641,145 expedientes, de los cuales hemos resuelto 496,945 casos, para lo cual la Fiscalía a la fecha tiene una carga activa de 144,200 expedientes de los cuales 28,480 corresponden a los casos que recibí el 1 de mayo de 2021”, aseveró ante los legisladores. Con esas cifras, dijo que había una reducción de 83.7 % de la mora existente.

    En su presentación, incluyó una tasa de casos resueltos por cada 100 expedientes iniciados por cada año, así:

    2021: 87
    2022: 117
    2023: 104
    2024: 104
    2025: 114

    “Con la reorganización, con la inyección de recursos que realizó este órgano de Estado a iniciativa del órgano Ejecutivo ha ido mejorando la productividad de la Fiscalía”, les dijo a los legisladores.

    Durante el régimen de excepción, aprobado desde el 27 de marzo de 2022 para facilitar las capturas en El Salvador, organizaciones de derechos humanos, como Cristosal y Socorro Jurídico Humanitario, recibieron más de 6,500 denuncias de violaciones a derechos humanos sobre capturas arbitrarias, malos tratos o torturas.

    Los decretos del régimen de excepción mantienen suspendidos tres derechos constitucionales en el país relacionados al tiempo máximo de detención administrativa de 72 horas, el derecho de defensa y la privacidad de las telecomunicaciones.

  • Inicia vigencia de nueva ley de prevención de lavado de activos en El Salvador

    Inicia vigencia de nueva ley de prevención de lavado de activos en El Salvador

    Una nueva Ley para la prevención, control y sanción del lavado de activos está vigente en El Salvador desde este viernes, luego de que la Asamblea Legislativa aprobara la nueva normativa el 7 de octubre y derogara la regulación que había sido aprobada en 1998.

    La ley antilavado fue publicada en el Diario Oficial del 9 de octubre e inició su vigencia ocho días después, es decir, el viernes 17 de octubre.

    La ley reduce los sujetos obligados, prohíbe la exclusión financiera para personas en noticias o listas internas o con antecedentes relacionados con lavado, y crea el Comité Interinstitucional para la Prevención y Control del Lavado de Activos (CIPLAFT).

    También mantiene la vigencia del reglamento contra el lavado de dinero y de activos, así como el instructivo aprobado mediante decreto ejecutivo el 21 de enero de 2000, mientras no se emitan nuevos instrumentos.

    ¿Quiénes conformarán el Comité?

    El CIPLAFT, que será una instancia encargada de aprobar una estrategia nacional contra el lavado de activos, la prevención del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas, sería una instancia integrada por la Fiscalía General de la República, el presidente de la Asamblea Legislativa, el presidente de la Corte Suprema de Justicia y ministros del Poder Ejecutivo.

    Así, según la normativa, también se integrará por el ministro de Seguridad Pública y Justicia, el ministro de Hacienda, el ministro de Defensa Nacional, el ministro de Economía.

    También, dice la nueva normativa, el CIPLAFT lo integrarán el presidente de la Comisión de Activos Digitales, el presidente del Banco Central de Reserva (BCR) y el superintendente del Sistema Financiero (SSF).

    Este Comité también tendría como atribución aprobar “lineamientos” para cumplir la estrategia antilavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo y las armas de destrucción masiva.

    Prohíbe “exclusión financiera”

    La nueva “Ley especial para la prevención, control y sanción del lavado de activos, financiamiento al terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva» prohíbe negar productos financieros sin una evaluación individualizada de riesgo.

    En su artículo 10, la nueva ley prohíbe que los sujetos obligados apliquen una exclusión financiera a personas basados en noticias o en listas internas o que tengan antecedentes relacionados con lavado de activos. Un diputado de Nuevas Ideas aseguró en el pleno que no se referían a antecedentes delictivos, sino en «noticias».

    La nueva normativa redujo a 10 los sujetos obligados que deben reportar movimientos sospechosos a la Fiscalía, suprimiendo a los inversionistas nacionales e internacionales, las sociedades o empresas nacionales o extranjeras. Tampoco serán sujetos obligados las asociaciones, consorcios y gremios empresariales, e instituciones privadas o de “economía mixta y sociedades mercantiles”.

    También, se excluyen abogados que no laboren con actividades financieras, importadores y exportadores agropecuarios y de vehículos, empresas de seguridad, importadoras o comercializadoras de armas, droguerías, laboratorios, farmacias, hoteles, agencias de viajes, empresas de transporte aéreo, terrestre y marítimo, y también se excluyen las empresas de construcción.

    Los 10 sujetos obligados serán instituciones financieras, sociedades de ahorro y crédito, prestamistas, casinos, intermediarios inmobiliarios, comerciantes de metales y piedras preciosas, abogados, contadores y auditores que realicen actividades financieras para sus clientes, personas dedicadas a transporte de dinero o de valores, proveedores de servicios de activos digitales y de bitcoin, y partidos políticos.

  • Fedemed reforma estatutos para abrir afiliaciones a profesiones de la salud y no solo a médicos

    Fedemed reforma estatutos para abrir afiliaciones a profesiones de la salud y no solo a médicos

    La Federación de Profesionales de la Medicina (Fedemed) reformó sus estatutos ampliando el objetivo de afiliación para “todas las asociaciones de las profesiones de la salud” sin limitarlo a la profesión médica.

    La reforma fue aprobada el 16 de junio de 2024 por la junta directiva de Fedemed, una sociedad que respaldó la aprobación de la “Ley de especialidades para las profesiones médicas” y que ha sido crítica del Colegio Médico.

    El 26 de junio de 2024, en asamblea general cambió por unanimidad sus estatutos para sustituir el literal “a” con el fin de que “sean considerados todos los profesionales de la salud y no solo los profesionales médicos”.

    El artículo 4 establecía como primer objetivo de Federación «afiliar en una sola organización nacional a todas las asociaciones de la profesión médica y a los que se formen en el futuro”.

    La reforma sustituyó el objetivo por “afiliar en una sola organización nacional a todas las asociaciones de las profesiones de la salud y a las que se formen en el futuro”.

    La modificación fue aprobada por el Ministerio de Gobernación el 16 de mayo de 2025 y ha sido publicada en el Diario Oficial de fecha 10 de octubre de 2025.

    El objetivo: afiliarlos «en un sola organización»

    El primer objetivo de la nueva Federación es afiliar «en una sola organización» a todas las asociaciones de las profesiones de la salud de El Salvador.

    Como objetivo estatutario, la Federación también busca “participar en los procesos de certificación y recertificación periódica de los profesioanles de la medicina en la República de El Salvador” y “vigilar que la práctica del ejercicio profesional de los profesionales certificados sea acorde a la normativa ética”.

    La Federación, crítica del Colegio Médico, promovió la aprobación de la Ley de Especialidades de las Profesiones Médicas, la cual otorgó al Consejo Nacional de Especialidades Médicas (Conadem) la competencia de certificar las especialidades y subespecialidades médicas en el país. La normativa, respaldada por Nuevas Ideas y el gobierno actual, fue considerada inconstitucional por el Colegio Médico, gremial que argumentó que la competencia era del Consejo Superior de Salud Pública (CSSP).

    La Fedemed fue constituida en San Salvador el 9 de octubre de 2023 por los médicos Carlos Omar Durán Solórzano, Lourdes Michelle Martínez Salinas, Carlos Alberto Brizuela Alvarenga, Óscar Wilfredo López Barillas, Juan Carlos Portillo Donado y Adriana Jeruzza Rosales Morales. Se define como una entidad apolítica, no lucrativa ni religiosa, científica, académica, cultural y gremial.

    El primer objetivo de la Fedemed quedó así en sus estatutos.