Categoría: Politica

  • Funcionarios y empleados declararán bienes y deudas a Hacienda desde 2025 según proyecto anticorrupción

    Funcionarios y empleados declararán bienes y deudas a Hacienda desde 2025 según proyecto anticorrupción

    El proyecto de Ley Anticorrupción enviado por el presidente Nayib Bukele obligaría a funcionarios y empleados públicos a presentar al Ministerio de Hacienda declaraciones juradas de sus activos (lo que poseen), pasivos (sus deudas), adquisiciones y transferencias de bienes durante el periodo de declaración de renta.

    Cada «Declaración Jurada de Informe de Activos y Pasivos«, según el proyecto, será publicada por el Ministerio de Hacienda en no más de 15 días hábiles luego de su presentación, información a la cual tendrá «acceso irrestricto» la Corte de Cuentas de la República, que hará investigaciones y reportará a la Fiscalía General de la República (FGR).

    El miércoles 29 de enero, Villatoro entregó a la Asamblea Legislativa un proyecto de Ley Anticorrupción para crear un Sistema Nacional Integrado Anticorrupción (SINAC) y un Centro Nacional Anticorrupción (CNA), ambos dirigidos por la FGR, dirigida actualmente por Rodolfo Delgado, nombrado por Nuevas Ideas en la Asamblea Legislativa desde de la destitución de su antecesor el 1 de mayo de 2021.

    El CNA, según el proyecto, verificaría información de las instituciones del SINAC para investigar redes de corrupción, conexiones entre personas, instituciones y transacciones.

    El nuevo SINAC estará conformado por: Fiscalía, Ministerio de Justicia y Seguridad, Policía, Corte de Cuentas, Órgano Judicial, Ministerio de Hacienda, Superintendencia del Sistema Financiero, Comisión Nacional de Activos Digitales, Centro Nacional de Registro, Ministerio de Obras Públicas por medio del Registro Público de Vehículos, Registro Nacional de las Personas Naturales y Dirección Nacional de Compras Públicas.

    El proyecto, que pasó a estudio de la Comisión Política de la Asamblea Legislativa, presidida por el diputado Ernesto Castro, reitera que no prescriben los delitos de corrupción como peculado, peculado por culpa, concusión, negociaciones ilícitas, exacción, cohecho propio, cohecho impropio, malversación, enriquecimiento ilícito, infidelidad en la custodia de registros y documentos públicos, cohecho activo, soborno transnacional y tráfico de influencias; y considera la acción penal de orden público y aplicable independientemente de la fecha en la que se hayan cometido los hechos.

    Bukele anunció la Ley Anticorrupción la noche del miércoles, poco después de la ratificación que requería la reforma al artículo 248 de la Constitución realizada precisamente para abreviar en un solo paso, sin necesidad de ratificación, cualquier reforma a la Constitución.

    «Este día envié a la Asamblea Legislativa la propuesta de Ley Anticorrupción, un paso decisivo para continuar combatiendo este flagelo en El Salvador. Esta ley busca reforzar la transparencia y la probidad de los funcionarios públicos mediante medidas claras y contundentes», escribió el mandatario, que funge su segundo quinquenio.

    En enero de 2023, la organización Acción Ciudadana reveló que la Corte Suprema de Justicia denegó información estadística sobre las personas que habían declarado patrimonio y la cantidad de procesados por enriquecimiento ilícito.

    Puede leer: Funcionarios no presentaron más de 11,000 declaraciones patrimoniales en los dos últimos quinquenios

    Cronología de las declaraciones patrimoniales en El Salvador

    24 de julio de 2015
    El Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) ordena a la Corte Suprema de Justicia entregar la declaración patrimonial del entonces magistrado Rodolfo González a un ciudadano. La decisión vuelve públicas las declaraciones patrimoniales.

    1 de septiembre de 2015
    El IAIP ordena a la Corte Suprema de Justicia entregar a ciudadanos solicitantes las auditorías de tres expresidentes de la República. Consideró que los exámenes, auditorías, análisis o dictámenes forman un solo cuerpo con la declaración y no pueden separarse. Fue así que inició un lapso muy breve en el cual informes de patrimonios de funcionarios eran públicos.

    23 de febrero de 2016
    La Corte entrega a dos ciudadanos solicitantes las auditorías patrimoniales realizadas a los expresidentes Elías Antonio Saca y Mauricio Funes por la Sección de Probidad.

    16 de marzo de 2016
    La Corte entrega la declaración patrimonial del expresidente Francisco Flores, que constaba de 38 páginas.

    20 de junio de 2017
    La Corte reserva documentos en trámite con datos financieros, bancarios, contables y patrimoniales de funcionarios, y deliberaciones cuando no haya resolución definitiva de la CSJ o cuando dicha resolución exonere al investigado de indicios de enriquecimiento ilícito.

    30 de julio de 2019
    El IAIP ordena a la CSJ entregar versiones públicas de informes de Probidad de funcionarios investigados en 2018.

    22 de julio de 2019
    La Corte Suprema de Justicia resuelve entregar declaraciones patrimoniales del presidente pero rechaza la entrega de adendas.

    22 de junio de 2020
    El IAIP revoca la resolución de la oficial de la Corte Suprema de Justicia y le ordena entregar las adendas patrimoniales.

    4 de noviembre de 2020
    IAIP revierte orden de entregar adendas de informes patrimoniales por ser de naturaleza confidencial.

  • Funcionarios y empleados declararán bienes y deudas a Hacienda desde 2025 según proyecto anticorrupción

    Funcionarios y empleados declararán bienes y deudas a Hacienda desde 2025 según proyecto anticorrupción

    El proyecto de Ley Anticorrupción enviado por el presidente Nayib Bukele obligaría a funcionarios y empleados públicos a presentar al Ministerio de Hacienda declaraciones juradas de sus activos (lo que poseen), pasivos (sus deudas), adquisiciones y transferencias de bienes durante el periodo de declaración de renta.

    Cada «Declaración Jurada de Informe de Activos y Pasivos«, según el proyecto, será publicada por el Ministerio de Hacienda en no más de 15 días hábiles luego de su presentación, información a la cual tendrá «acceso irrestricto» la Corte de Cuentas de la República, que hará investigaciones y reportará a la Fiscalía General de la República (FGR).

    El miércoles 29 de enero, Villatoro entregó a la Asamblea Legislativa un proyecto de Ley Anticorrupción para crear un Sistema Nacional Integrado Anticorrupción (SINAC) y un Centro Nacional Anticorrupción (CNA), ambos dirigidos por la FGR, dirigida actualmente por Rodolfo Delgado, nombrado por Nuevas Ideas en la Asamblea Legislativa desde de la destitución de su antecesor el 1 de mayo de 2021.

    El CNA, según el proyecto, verificaría información de las instituciones del SINAC para investigar redes de corrupción, conexiones entre personas, instituciones y transacciones.

    El nuevo SINAC estará conformado por: Fiscalía, Ministerio de Justicia y Seguridad, Policía, Corte de Cuentas, Órgano Judicial, Ministerio de Hacienda, Superintendencia del Sistema Financiero, Comisión Nacional de Activos Digitales, Centro Nacional de Registro, Ministerio de Obras Públicas por medio del Registro Público de Vehículos, Registro Nacional de las Personas Naturales y Dirección Nacional de Compras Públicas.

    El proyecto, que pasó a estudio de la Comisión Política de la Asamblea Legislativa, presidida por el diputado Ernesto Castro, reitera que no prescriben los delitos de corrupción como peculado, peculado por culpa, concusión, negociaciones ilícitas, exacción, cohecho propio, cohecho impropio, malversación, enriquecimiento ilícito, infidelidad en la custodia de registros y documentos públicos, cohecho activo, soborno transnacional y tráfico de influencias; y considera la acción penal de orden público y aplicable independientemente de la fecha en la que se hayan cometido los hechos.

    Bukele anunció la Ley Anticorrupción la noche del miércoles, poco después de la ratificación que requería la reforma al artículo 248 de la Constitución realizada precisamente para abreviar en un solo paso, sin necesidad de ratificación, cualquier reforma a la Constitución.

    «Este día envié a la Asamblea Legislativa la propuesta de Ley Anticorrupción, un paso decisivo para continuar combatiendo este flagelo en El Salvador. Esta ley busca reforzar la transparencia y la probidad de los funcionarios públicos mediante medidas claras y contundentes», escribió el mandatario, que funge su segundo quinquenio.

    En enero de 2023, la organización Acción Ciudadana reveló que la Corte Suprema de Justicia denegó información estadística sobre las personas que habían declarado patrimonio y la cantidad de procesados por enriquecimiento ilícito.

    Puede leer: Funcionarios no presentaron más de 11,000 declaraciones patrimoniales en los dos últimos quinquenios

    Cronología de las declaraciones patrimoniales en El Salvador

    24 de julio de 2015
    El Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) ordena a la Corte Suprema de Justicia entregar la declaración patrimonial del entonces magistrado Rodolfo González a un ciudadano. La decisión vuelve públicas las declaraciones patrimoniales.

    1 de septiembre de 2015
    El IAIP ordena a la Corte Suprema de Justicia entregar a ciudadanos solicitantes las auditorías de tres expresidentes de la República. Consideró que los exámenes, auditorías, análisis o dictámenes forman un solo cuerpo con la declaración y no pueden separarse. Fue así que inició un lapso muy breve en el cual informes de patrimonios de funcionarios eran públicos.

    23 de febrero de 2016
    La Corte entrega a dos ciudadanos solicitantes las auditorías patrimoniales realizadas a los expresidentes Elías Antonio Saca y Mauricio Funes por la Sección de Probidad.

    16 de marzo de 2016
    La Corte entrega la declaración patrimonial del expresidente Francisco Flores, que constaba de 38 páginas.

    20 de junio de 2017
    La Corte reserva documentos en trámite con datos financieros, bancarios, contables y patrimoniales de funcionarios, y deliberaciones cuando no haya resolución definitiva de la CSJ o cuando dicha resolución exonere al investigado de indicios de enriquecimiento ilícito.

    30 de julio de 2019
    El IAIP ordena a la CSJ entregar versiones públicas de informes de Probidad de funcionarios investigados en 2018.

    22 de julio de 2019
    La Corte Suprema de Justicia resuelve entregar declaraciones patrimoniales del presidente pero rechaza la entrega de adendas.

    22 de junio de 2020
    El IAIP revoca la resolución de la oficial de la Corte Suprema de Justicia y le ordena entregar las adendas patrimoniales.

    4 de noviembre de 2020
    IAIP revierte orden de entregar adendas de informes patrimoniales por ser de naturaleza confidencial.

  • Economista: "Moneda de curso legal voluntario no existe"

    Economista: «Moneda de curso legal voluntario no existe»

    El economista Rafael Lemus explicó que la reforma elimina la participación de instituciones públicas en las operaciones con bitcoin y quita el carácter obligatorio en la aceptación de pagos.

    «Esto queda opcional y solamente para personas naturales o jurídicas pero privadas», dijo.

    Según Lemus, con esta reforma, el gobierno «está cumpliendo todo lo que el FMI les ha indicado, lo de moneda de curso legal de manera obligatorio eso está quitado».

    «O sea, moneda de curso legal voluntario no existe, verdad», subrayó, en referencia a que la ley mantiene la frase «curso legal» pero establece expresamente que será de «aceptación voluntaria».

    Siguiendo el acuerdo de financiamiento con el Fondo Monetario Internacional (FMI), el gobierno envió el miércoles 29 de enero por la tarde un proyecto de reformas a la Ley Bitcoin, a través de la ministra de Turismo, Morena Valdez, y la Asamblea Legislativa lo aprobó el mismo día con dispensa de trámite el mismo día.

    En la reforma, establece el bitcoin de «aceptación voluntaria» y de manejo por privados; suprime el verbo «deberá» por «podrá» al referirse a la aceptación del bitcoin como forma de pago.

    También, la reforma a la Ley Bitcoin en El Salvador derogó el artículo que permitía pagar impuestos o contribuciones tributarias en bitcoin y elimina la disposición para que el Estado contara con «convertibilidad automática e instantánea de bitcoin a dólar».

  • Gobierno pide préstamo para centro de datos y garantías para cinco créditos de CEL

    Gobierno pide préstamo para centro de datos y garantías para cinco créditos de CEL

    El Ministerio de Hacienda pidió a la Asamblea Legislativa la autorización para suscribir un préstamo por $60 millones que se pagará a un plazo de 25 años y que serviría para financiar la creación de un centro de datos en El Salvador.

    El préstamo destinado al «Programa para el desarrollo de la infraestructura de datos de El Salvador» será suscrito por el Gobierno con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Financiará la adecuación y equipamiento del edificio para el Centro de Datos del Estado y la capacitación de especialistas en infraestructura digital, con «un enfoque especial en mujeres, niñas y personas con discapacidad».

    Según la institución bancaria, el crédito, ya aprobado por el directorio ejecutivo del Banco, promete beneficiar a 57 instituciones públicas, 1,140 trabajadores de tecnologías de información y 10,000 funcionarios públicos.

    «Se espera que el programa permita que todas las instituciones del Estado accedan a la 'nube del Estado', aumentando la disponibilidad de servicios en línea y mejorando la gobernanza», detalla el BID.

    Garantías soberanas

    La Asamblea Legislativa recibió cinco solicitudes aprobación de garantías soberanas del Estado, cuatro para créditos ya suscritos en 2008, 2012, 2015 y 2022; y una de un crédito nuevo por $50 millones.

    La solicitud de las garantías crediticias con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) se debe a que la CEL gestionó financiamiento por $93 millones «con garantía soberana» con el BID para el «Programa de Acceso Universal a la Energía en El Salvador» y, en las condiciones de los préstamos, la CEL se comprometió con el BCIE a que las obligaciones de pago con este banco tendrán «la misma prioridad» que otras.

    Las garantías soberanas aprobadas para préstamos de años anteriores suman $671.5 millones. La quinta garantía soberana del Estado respaldaría un préstamo nuevo por $50 millones que adquirirá el Fondo Social para la Vivienda (FSV) con el BID para destinarlo a «vivienda social».

    Las solicitudes de préstamo serán estudiadas en la Comisión de Hacienda y Especial de Presupuesto, que se reunirá el lunes 3 de febrero.

    Estas son las garantías soberanas solicitadas por Hacienda:

    1. Garantía soberana del Estado para el préstamo 2059 del BCIE a CEL por $57.5 millones, fondos que se destinan al proyecto «Expansión de la Central Hidroeléctrica 5 de Noviembre», suscrito el 8 de junio de 2012.

    2. Garantía soberana para el crédito revolvente 2309 del BCIE a CEL por $100 millones, contrato suscrito el 30 de noviembre de 2022 para necesidades de «capital de trabajo».

    3. Garantía soberana para el préstamo 2143 del BCIE para CEL por $301 millones suscrito el 24 de septiembre de 2015 y cuyo monto aumentó el 27 de septiembre de 2017 con Inversiones Energéticas (INE), LaGeo, Empresa Transmisora de El Salvador (Etesal) y Compañía Eléctrica Cucumacayán (CEC) como codeudores.

    4. Garantía soberana del Estado para el contrato de préstamo 1865 del BCIE a CEL por $163 millones para el proyecto de la central hidroeléctrica en el río Torola, San Miguel. Fue aprobado el 19 de septiembre de 2008.

    5. Garantía soberana del Estado para el préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo por $50 millones para el Fondo Social para la Vivienda (FSV) para financiamiento para vivienda social. El préstamo no se ha suscrito, el FSV lo ha gestionado y el BID requiere la garantía.

  • Organizaciones rechazan mecanismo rápido de reforma a Constitución

    Organizaciones rechazan mecanismo rápido de reforma a Constitución

    Organizaciones no gubernamentales, algunos abogados y partidos de oposición rechazaron modificación constitucional que permitirá un mecanismo de reforma rápida a la Constitución de la República una vez inicie su vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. Consideran que genera inseguridad jurídica por falta de reglas del juego claras.

    El director ejecutivo de Acción Ciudadana, el abogado Eduardo Escobar, aseveró que la ratificación de la reforma al artículo 248 de la Constitución de la República, que agrega un procedimiento ágil de reforma constitucional, afecta la seguridad jurídica o la certeza del derecho.

    La reforma fue promovida, según el presidente Nayib Bukele y sus diputados de Nuevas Ideas, porque se pretende eliminar el artículo 210 de la Constitución que otorga el derecho a los partidos políticos a tener financiamiento estatal.

    Según Escobar, la reforma abre la posibilidad de que puedan cambiar «cualquier cosa» por dos razones: la mayoría legislativa actual de Nuevas Ideas y que el gobierno no respeta principios democráticos como, dijo, la no regresividad en los derechos.

    «Abre la posibilidad de que cambien cualquier cosa. Pueden reconfigurar el Estado, eliminando o incluyendo nuevas instituciones, pueden cambiar a un sistema mayoritario, pueden eliminar deuda política», ejemplificó.

    Puede leer: Un 60 % cree que será más difícil que funcionarios respeten la Constitución

    Según el comunicado de la AC, la reforma elimina la «certeza» de que los derechos fundamentales «no serán cambiados, disminuidos ni anulados de forma arbitraria». «Es otra acción inconstitucional que solo busca favorecer la concentración de poder», consideró.

    El abogado Enrique Anaya también consideró que el mecanismo ágil de reforma constitucional aprobado mediante el cambio al artículo 248 es «inconstitucional» porque no se siguió el proceso de reforma y no hubo debate.

    La Constitución pierde su carácter reforzado y por ende pasa a ser casi como una simple ley: deja de ser en los hechos una Constitución.
    Enrique Anaya, abogado.

    Según Anaya, la legislatura podría reformar «cualquier cosa» según lo requiera Nayib Bukele. «Potenciará inseguridad jurídica, pues el régimen autocrático le conferiría forma constitucional» a lo que quiera el mandatario, indicó el abogado, que sostiene que El Salvador vive una dictadura.

    «¿Qué implica una reforma exprés a la Constitución, la de hoy y las demás que vienen a futuro? Inseguridad jurídica. No hay reglas del juego claras para nadie, aumenta el riesgo y eso nunca es bueno a nivel económico, político y social.
    Erika Saldaña, abogada, en X.

    ¿Para qué sirve a la dictadura reformar la Constitución que nunca respetó? Da al proyecto autoritario una careta de legitimidad: podrán decir que no hacen más que cumplir la Constitución. Hará que se cumpla más rápido el capricho del dictador.
    José Marinero, abogado, en X.

    Para la Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (Fespad), la reforma «elimina la posibilidad de generar un debate público» de las aprobaciones de las reformas constitucionales.

    «Esa concentración de poder en una única legislatura podría facilitar la aprobación de reformas que respondan a intereses coyunturales o partidarios, sin el debido escrutinio popular», indica la Fundación en su comunicado. La institución exhortó a la Asamblea a «reconsiderar» la reforma.

    De forma exprés, como siempre. Sin que nadie que no sea el presidente se los haya pedido, como siempre. Violando la misma Constitución, como siempre. Gabriela Santos, Idhuca, en X.

    La diputada Marcela Villatoro, de Arena, rechazó la reforma al artículo 248 de la Constitución porque los diputados se atribuyeron la función de constituyentes sin haber sido electos como tales.

    «Ustedes se están autodenominando constituyentes este día, están violando la Constitución porque no están siguiendo el proceso de formación de ley, porque cuando ustedes hicieron esta reforma el periodo pasado ni siquiera iba dentro de sus plataformas como diputados, que es obligación porque hay una resolución de la Sala de lo Constitucional, porque así conoce la población si quiere o no votar por esta persona», reclamó Villatoro, de la opositora Alianza Republicana Nacionalista, quien votó en contra de la ratificación.

    El diputado Francisco Lira, del mismo partido, cree que Nuevas Ideas y Bukele están interesados en «comenzar la reforma de la Constitución sin consulta alguna».

    Cesia Rivas, de Vamos, con la ratificación podrán «reformar la Constitución cuando quieran y como quieran». «No derogan la Ley de la Minería pero sí quieren tocar la Constitución. No se quitan el fuero pero sí quieren tocar la Constitución», reclamó.

  • Exoneran de impuesto la venta de inmuebles para el Aeropuerto del Pacífico: será retroactivo

    Exoneran de impuesto la venta de inmuebles para el Aeropuerto del Pacífico: será retroactivo

    El Órgano Legislativo aprobó el miércoles una exoneración retroactiva de impuesto a las ganancias de capital por la venta de inmuebles que estén en la zona delimitada para construir el Aeropuerto Internacional del Pacífico.

    La reforma incorpora en el artículo 29 un inciso 1: «Exonérse del pago del Impuesto a la ganancia de capital, a que se refieren los artículos 14 y 42 de la Ley de Impuesto sobre la renta, a los propietarios de los inmuebles que los vendan a CEPA (Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma) y/o al MOPT (Ministerio de Obras Públicas y Transporte), siempre que estos inmuebles estén comprendidos dentro delo perímetro de delimitación» de la obra.

    Según el documento de decreto de la reforma, se «ha tenido conocimiento que la mayoría de las personas que están vendiendo sus inmuebles para la construcción del Aeropuerto Internacional del Pacífico, lo hacen con la finalidad que los dineros recibidos como productos de esas ventas puedan disponerlos para la adquisición de otros inmuebles», justifica el decreto.

    También, se establece que, con la finalidad de no ocasionar una afectación que impacte en los recursos que las personas que han vendido a CEPA, «recibieron o recibirán por razones de un gravamen impositivo, como es la ganancia de capital, se estima necesario, por motivaciones de orden social, no incidir impositivamente a estas personas, por lo que se vuelve necesario emitir disposiciones legales para eximir de este gravamen a estas operaciones».

    La reforma sustituyó el artículo 35 para que los efectos de la reforma aprobada sobre la Ley de Construcción, Administración, Operación y Mantenimiento del Aeropuerto Internacional del Pacífico se apliquen desde el 8 de mayo de 2022. La reforma fue aprobada con 56 votos a a favor. Vamos y Arena se absturvieron de votar.

  • Aplazan un año la contratación de docentes interinos por Ley de Salarios

    Aplazan un año la contratación de docentes interinos por Ley de Salarios

    Diputados aplazaron este miércoles, por un año, las disposiciones transitorias para la incorporación de docentes interinos para su contratación por Ley de Salarios, que estaba establecida a partir del 1 de enero de 2025.

    En diciembre de 2023, fue aprobado el decreto transitorio y facultaba en su artículo 1 al Ministerio de Educación a que los docentes que tenían acuerdo de nombramiento como interinos, con fecha de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024, fueran nombrados con plaza por Ley de Salarios a partir del 1 de enero de 2025.

    Sin embargo anoche, la Asamblea Legislativa, a petición del ministro de Educación, Mauricio Pineda, prorrogó las disposiciones transitorias para que esa designación de los interinos a plazas docentes a Ley de Salarios se aplique a partir del 1 de enero de 2026.

    El decreto aprobado anoche solo cambia la fecha de aplicación y conserva todo exactamente igual al anterior, incluso la suspensión de los numerales 1 y 2 del artículo 18 de la Ley de la Carrera docentes que establece contrataciones de docentes.

    En noviembre pasado, Paz Zetino, líder sindical de Bases Magisteriales, advirtió que, si bien el decreto aún estaba en firme, muchos maestros temían que no los pasaran a Ley de Salarios y que podrían suprimir sus plazas.

    “Mire, algunos interinos temen que no los pasen a Ley de Salarios y les supriman las plazas, a mí me preguntan si pueden suprimir sus plazas y claro que lo pueden hacer… Andan suprimiendo todas esas plazas y algunos interinos me han dicho que las matrículas en sus escuelas es pobre y me preguntan si pueden suprimir esa plaza y les digo que ‘si no se necesita, la van a suprimir”, relató Zetino a Diario El Mundo. El Ministerio de Educación no ha informado el número de docentes interinos que están en espera a pasar a Ley de Salarios y que deberán seguir esperando.

    Disposiciones suspendidas

    1) Los aspirantes a una plaza vacante presentarán al presidente del Consejo Directivo Escolar o quien lo sustituya, la solicitud respectiva y la documentación que lo acredita como docente debidamente inscrito.

    2) De haber una sola persona aspirante para ocupar la plaza, después de transcurridos cinco días hábiles contados a partir del siguiente a la fecha de haberse publicado su existencia, el Consejo Directivo Escolar podrá asignarle directamente la plaza si el aspirante reuniere los requisitos legales exigidos para ocuparla, comunicándolo así al Tribunal Calificador y a la unidad de recursos humanos del Ministerio de Educación para su nombramiento.

  • Bukele envía una propuesta de ley anticorrupción a la Asamblea Legislativa

    Bukele envía una propuesta de ley anticorrupción a la Asamblea Legislativa

    El presidente salvadoreño, Nayib Bukele, envió este miércoles una propuesta de ley anticorrupción a la Asamblea Legislativa, la cual busca «reforzar la transparencia y la probidad de los funcionarios públicos» mediante una serie de medidas.

    «Este día envié a la Asamblea Legislativa la propuesta de Ley Anticorrupción, un paso decisivo para continuar combatiendo este flagelo en El Salvador», anunció el mandatario en la red social X.

    Dicha propuesta consta de una serie de medidas, las cuales incluyen obligar a los servidores públicos y sus familias a declarar su patrimonio, endurecer las penas de delitos de corrupción y crear categoría de delitos, entre otras. Los puntos de dicha propuesta son los siguientes:

    1. Obligar a los servidores públicos y a sus familiares a presentar una declaración patrimonial junto con su declaración anual de renta, todos los años (esta declaración será publicada y accesible para cualquier ciudadano).

    2. Endurecer las penas para los delitos de corrupción.

    3. Crear una nueva categoría de delito, sancionado con prisión, para castigar el testaferrato (uso de prestanombres).

    4. Establecer un mandato anticorrupción para la Corte de Cuentas, con vínculo directo a la Fiscalía General de la República, para perseguir a los corruptos desde las auditorías.

    5. Crear el Centro Nacional Anticorrupción, que realizará labores de inteligencia con tecnología avanzada dentro de la Fiscalía General de la República.

    6. Otorgar al Centro acceso en tiempo real a bases de datos y registros públicos de propiedades, vehículos, entre otros, para detectar actividades sospechosas de inmediato.

    7. Habilitar ventanillas de denuncia anticorrupción para fomentar la participación activa de la ciudadanía.

    Bukele enfatizó que «esta ley es solo el comienzo de un esfuerzo firme para erradicar la corrupción en El Salvador, así como hicimos con las pandillas, los homicidios, las violaciones, los secuestros, la extorsión y la delincuencia, que han quedado en el pasado de nuestro país».

    Este miércoles, con 57 votos a favor, la Asamblea Legislativa ratificó el acuerdo de reforma al inciso segundo al artículo 248 de la Constitución salvadoreña, que le permitirá aprobar cualquier reforma constitucional en un solo paso, sin necesidad de que sea ratificada por una segunda legislatura.

    Hubo tres votos en contra: dos de Arena y uno de Vamos.

    La agenda para introducir ambas iniciativas fue modificada con 57 votos y la dispensa de trámites también fue aprobada con 57 votos.

    hasta hoy una reforma constitucional debe ser aprobada por dos legislaturas, la primera aprueba un acuerdo de reforma constitucional que debe ser ratificada por una segunda legislatura.

    Pero, luego de la ratificación, cualquier reforma a la Constitución exigiría solo una votación de una sola legislatura, con tres cuartas partes de los votos, es decir, 45 de los 60 votos de la próxima legislatura. Nuevas Ideas y sus aliados tienen 57 votos.

    Minutos después del cambio definitivo al artículo 248 de la Constitución de la República, que agregó un mecanismo rápido de reforma constitucional, Bukele celebró la eliminación de la deuda política, la primera reforma constitucional que se aprobaría bajo este nuevo método.

    El mandatario pidió eliminar el financiamiento público de los partidos políticos, lo que exige una reforma constitucional. El diputado Caleb Navarro, subjefe de fracción de Nuevas Ideas, argumentó que pretendían ratificar la reforma para eliminar la deuda política.

  • Asamblea reforma Ley Bitcoin y elimina la obligación de aceptar pagos con la criptomoneda

    Asamblea reforma Ley Bitcoin y elimina la obligación de aceptar pagos con la criptomoneda

    La Asamblea Legislativa aprobó este miércoles ocho reformas a la Ley Bitcoin, con dispensa de trámites y 54 votos a favor, que aprueba una «aceptación voluntaria» del bitcoin en los pagos, así como para que únicamente los privados puedan realizar operaciones de bitcoin.

    La reforma responde a las exigencias de un acuerdo entre el gobierno y el Fondo Monetario Internacional (FMI) anunciado en diciembre pasado.

    La solicitud de aprobación de las reformas fue enviada por el presidente de la República, Nayib Bukele, por medio de Morena Valdez, ministra de Turismo, encargada del Despacho del Ministerio de Economía.

    Las reformas pretenden, según el gobierno, «asegurar su mejor aplicabilidad de cara a las necesidades de la población, garantizando su eficacia y permanencia como curso legal y facilitando la práctica en su implementación».

    Las reformas fueron aprobadas con 53 votos a favor de Nuevas Ideas, PDC y PCN, los partidos Arena y Vamos no votaron.

    Las reformas

    Carácter voluntario

    Se reforma el inciso primero del Art. 1 eliminando la palabra «moneda», el carácter «irrestricto» y se agrega con «aceptación voluntaria» quedando de la siguiente forma:

    «Art. 1. La presente ley tiene como objeto la regulación del bitcoin como curso legal, definido por su poder liberatorio y limitado, con aceptación voluntaria por las personas naturales o jurídicas con total participación privada únicamente en cualquier transacción y a cualquier título que requieran realizar.»

    También se reformó el artículo 3, eliminando la palabra «expresado» y se agrega «convertido». «Art. 3. Todo precio podrá ser convertido en Bitcoin.»

    Así mismo, se reformó el artículo 5, para que «los intercambios en Bitcoin» no sean «sujetos a impuestos sobre la ganancia de capital».

    También, se reforma el artículo 7, para que solo privados puedan aceptar bitcoin de forma voluntaria como forma de pago, así: «Únicamente las personas naturales o jurídicas con total participación privada podrán aceptar bitcoin como forma de pago cuando así les sea ofrecido, por quien adquiere un bien o servicio o para el pago de cualquier obligación monetaria».

    Así mismo, se reforma el artículo 12, garantizando el pago de deudas del Estado en las monedas en las que fueron contraídas: «Art. 12. Las obligaciones monetarias del Estado, domésticas y externas, deberán ser pagadas en las monedas que fueron contraídas».

    También, se derogaron los artículos 4, 8 y 9 de la Ley Bitcoin, es decir, ya no aceptará el Estado pago de tributos en bitcoin, tampoco tiene obligación de promover capacitación y mecanismos a la población para el uso de bitcoin y tampoco estarán especificadas en el reglamento alternativas de conversión automática de bitcoin a dólar por el Estado.

    La reforma iniciará su vigencia 90 días después de su publicación en el Diario Oficial.

    ¿Cuáles fueron los artículos derogados?

    Art. 4.- Todas las contribuciones tributarias podrán ser pagadas en Bitcoin.

    Art. 8.- Sin perjuicio del accionar del sector privado, el Estado proveerá alternativas que permitan al usuario llevar a cabo transacciones en Bitcoin, así como contar con convertibilidad automática e instantánea de Bitcoin a Dólar en caso que lo desee. El Estado promoverá la capacitación y mecanismos necesarios para que la población pueda acceder a transacciones en Bitcoin.

    Art. 9.- Las limitaciones y funcionamiento de las alternativas de conversión automática e instantánea de bitcoin a dólar provistas por el Estado serán especificadas en el Reglamento que al efecto se emita.

  • Aprobado perdón de multas de tránsito del 20 de diciembre al 26 de enero: ¿y si ya las pagaron?

    Aprobado perdón de multas de tránsito del 20 de diciembre al 26 de enero: ¿y si ya las pagaron?

    Con 56 votos, la Asamblea Legislativa aprobó este miércoles un decreto de perdón de las multas de tránsito impuestas del 20 de diciembre de 2024 hasta el 26 de enero de 2025, periodo que según el gobierno «ha servido para que los conductores tengan un periodo de adaptación».

    La diputada Cesia Rivas, de Vamos, votó en contra porque la Constitución prohíbe al Ejecutivo o Legislativo perdonar las deudas con el fisco.

    Si los conductores ya pagaron las multas, «tendrán derecho a gestionar la gestión de esos montos». La Dirección General de Tesorería hará la devolución, para lo cual se emitirán lineamientos.

    El decreto iniciará su vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial y caducará hasta que la condonación se cumpla totalmente.

    Han existido más de 12,000 conductores que han pagado infracciones registradas gracias al sistema de fotomultas, lo que ha considerado una suma de $1.2 millones.
    Dania González, Nuevas Ideas.

    La dispensa de pago, que había sido prometida por el presidente Nayib Bukele, aplica a «la totalidad de las multas» impuestas por infracciones a la Ley de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial, durante ese periodo.

    Para gozar del beneficio de condonación de multas de tránsito, no será necesario interponer un escrito de impugnación. Si hay inconformidades en trámite, aclara el decreto, la autoridad «declarará la improcedencia correspondiente en virtud del beneficio».

    La dispensa no perdona los procedimientos judiciales por el delito de conducción peligrosa ni los procesos de suspensión de licencia relacionados.

    «Podrán acogerse al presente decreto los conductores propietarios o poseedores de vehículos que haya sido infraccionados por la Policía Nacional Civil o por el Viceministerio de Transporte durante el periodo y condiciones a que se refiere el artículo que antecede», indica la reforma.

    Vamos señala viola artículo 232 de la Constitución

    La diputada Dania González, de Nuevas Ideas, dijo que esto «no es un tema de recaudación», en referencia a la aprobación de la reforma de tránsito que aumentó la máxima multa de tránsito de $57.14 a $150.

    La diputada Cesia Rivas, de Vamos, anunció que no votaría porque el artículo 232 de la Constitución «es claro»: «Ni el órgano Legislativo ni el Ejecutivo podrán dispensar del pago de las cantidades reparadas a los funcionarios que manejen fondos fiscales o municipales, ni de las deudas a favor del fisco o de los municipios».

    La legisladora opositora aseguró que cuando los ciudadanos pagan las multas de tránsito «va a parar al Ministerio de Hacienda» por lo cual «proceder con esta propuesta es hacer algo inconstitucional».