Categoría: Politica

  • Amnistía para pago de deudas de vendedores de San Salvador Centro

    Amnistía para pago de deudas de vendedores de San Salvador Centro

    El concejo municipal de San Salvador Centro aprobó una ordenanza de amnistía para el pago de deudas en el pago de tasas por uso de espacios de venta en los mercados municipales de los distritos de San Salvador, Ayutuxtepeque, Mejicanos, Ciudad Delgado y Cuscatancingo.

    La dispensa de los intereses moratorios estará vigente desde el próximo martes 25 de febrero, ya que fue publicada en el Diario Oficial del lunes 17 de febrero de 2025.

    La “Ordenanza transitoria de dispensa de intereses moratorios generados por omisión o extemporaneidad de pago de las tasas por uso de espacios de venta en los mercados municipales de San Salvador Centro” fue aprobada el 4 de diciembre de 2024.

    Esta tiene por objetivo “dispensar el 100 % de los intereses moratorios” a los vendedores que se encuentren en situación de mora por los espacios de venta en los mercados municipales.

    Pueden aplicar: usuarios registrados en la Administración Municipal de Mercados, usuarios reales que ocupen cualquier tipo de espacio de venta y quieran legalizarse, usuarios con proceso de cobro administrativo y usuarios con plan de pago vigente.

    Los planes de pago serán los siguientes:

    > 12 cuotas para deudas de 100 a 2,500 dólares.
    > 18 cuotas para deudas de 2,500.01 a 5,000 dólares.
    > 24 cuotas para deudas de 5,000.01 a 7,500 dólares.
    > 30 cuotas para deudas de 7,500.01 a 10,000 dólares.
    > 36 cuotas para deudas de 10,000.01 dólares en adelante.

    El trámite del pago pueden realizarlo en las oficinas centrales de la Administración Municipal de Mercados o en las oficinas administrativas de cada mercado periférico. Si el usuario no paga dos cuotas consecutivas, el beneficio se desactiva y la alcaldía puede exigir el saldo total de la deuda.

    La alcaldía reclasificó también el presupuesto de la Administración Municipal de Mercados, mediante el decreto número 37 del 18 de diciembre de 2021.

  • OIT evalúa despidos de sindicalistas en El Salvador «de forma especial» según dirigente

    OIT evalúa despidos de sindicalistas en El Salvador «de forma especial» según dirigente

    Un grupo de sindicalistas salvadoreños presentó esta semana una serie de demandas en la sede regional de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) por el despido de sindicalistas de instituciones del gobierno durante los últimos meses, por lo que aseguran que el tema será tratado de forma especial.

    Le puede interesar: OIT pide a El Salvador terminar con «persecución» de líderes sindicales

    La secretaria general de Trabajadores de la Salud del Fondo Solidario para la Salud (Sitrasalud), Silvia Navarrete, aseguró el viernes que los casos de sindicalistas despedidos tendrán “un tratamiento especial” ante la OIT porque existe un expediente abierto sobre el despido de directivos sindicales.

    Navarrete aseguró en conferencia de prensa que la OIT «puso especial atención» en los casos de sindicalistas despedidos y que están conscientes que «los procesos en la OIT son largos», pero que la organización le dará al caso salvadoreño «un tratamiento especial».

    «Los casos en los que ha puesto más atención la OIT es precisamente en el caso de los despidos de los directivos sindicales, igualmente nosotros sabemos que los procesos en la OIT son largos, pero en el caso nuestro se le va a dar un tratamiento especial».
    Silvia Navarrete, secretaria general de Sitrasalud.

    Navarrete agregó que los casos se tratarán durante la Conferencia Internacional de la OIT en junio de 2025 en Ginebra, Suiza. «Van a asistir representantes de nuestras organizaciones para ir a defender nuestra queja», indicó la sindicalista.

    El Movimiento de Trabajadores Despedidos (MTD) reportó en enero casi 6,000 trabajadores públicos despedidos desde junio de 2024 de los cuales al menos 75 eran sindicalistas, la mayoría de la Asamblea Legislativa y de la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (Anda).

    Los casos de despidos de sindicalistas que han sido denunciados por las organizaciones sindicales en El Salvador

    • 13 sindicalistas del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (Isdemu).
    • 12 sindicalistas del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).
    • 11 sindicalistas del Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ).
    • 10 sindicalistas de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH).
    • 8 sindicalistas del Tribunal Supremo Electoral (TSE).
    • 4 sindicalistas de la Defensoría del Consumidor.
    • 4 sindicalistas del Instituto Salvadoreño de Bienestar Magisterial.
    • 3 sindicalistas del Ministerio de Salud Pública (Minsal).
    • 3 sindicalistas del Ministerio de Hacienda.
    • 3 sindicalistas de Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Conamype).
    • 3 sindicalistas de la Procuraduría General de la República (PGR).
    • 1 sindicalista del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (Mineducyt).
  • Diputado acepta disculpas públicas tras acusación errónea sobre su madre y denuncia estrategia de la oposición

    Diputado acepta disculpas públicas tras acusación errónea sobre su madre y denuncia estrategia de la oposición

    El jefe de fracción de Nuevas Ideas, Christian Guevara, escribió este sábado en su cuenta de X que aceptaba las disculpas ofrecidas por la persona que escribió en redes sociales que su madre podría estar involucrada en un accidente ocurrido en la calle a Huizúcar, el pasado jueves.

    “En nombre de mi madre y de mi familia, acepto esta disculpa pública por crear y difundir información falsa”, publicó Guevara.

    La polémica surgió luego de que un usuario en X señalara que la madre del diputado podría ser la responsable del accidente.

    El pasado jueves, un múltiple accidente de tránsito ocurrió sobre la antigua calle Huizúcar, frente a la gasolinera de Loma Linda, en San Salvador.

    Las autoridades identificaron a la conductora del vehículo que ocasionó el accidente como Laura Isabel Moreira de Ramírez, de 70 años.

    En el accidente falleció César Arquímedes Moreno, de 35 años, y dos personas resultaron lesionadas.

    Tras hacerse pública la identificación de la mujer, el diputado exigió disculpas por los señalamientos, de lo contrario, haría una demanda por $50,000.

    Ante esto, un usuario respondió: “Me disculpo públicamente por haber publicado información que circulaba en redes sociales, sin haber estado confirmada y por las molestias ocasionadas al diputado @ChrisGuevaraG, su madre y cualquier miembro de su familia”.

    En ese sentido, el diputado Christian Guevara culpó a la oposición de realizar una campaña de engaños.

    “Es parte de una estrategia de la oposición de saturar de inventos y mentiras con tal de dañar la credibilidad de funcionarios o instituciones como parte de su intento de regresar al poder”, manifestó Guevara.

    Según sostuvo, “la estrategia es sencilla: creo una mentira, la difundo y de ahí hay un ejército de abogadas, analistos, disque influencers y gente que monetiza que salen a decir que si uno no sale a defender es porque es cierta la información. Para ellos, si uno habla es malo y si una calla también es malo”.

    En el mismo mensaje, Guevara también citó al presidente Nayib Bukele, sobre las dificultades de gobernar en un ambiente en el que la oposición lanza acusaciones infundadas.

    “Es difícil gobernar si hay que estar aclarando cada mentira de la oposición. Por eso les pedimos paciencia y confianza. Allá ustedes si quieren seguir creyendo en quienes asesinaron a sus familiares y amigos”, según lo dicho por el mandatario.

    “Acá quedó claro que la oposición siempre miente. Y que rapidito cuando uno les confronta con la verdad, retroceden. Ya es decisión suya si quieren creer después de 40 años de engaños”, continuó el diputado.

    De igual forma, aseguró que dicha situación aplica para una demanda en el Juzgado Especializado de la Mujer por los delitos de expresiones de violencia y de difusión ilegal de información, que contempla sanciones penales.

  • Doble facturación y anticipo sin respaldo denuncia alcaldesa de La Paz Este en proyecto

    Doble facturación y anticipo sin respaldo denuncia alcaldesa de La Paz Este en proyecto

    La alcaldesa de La Paz Este, Marcela Pineda, anunció el viernes que recibió los resultados de la Corte de Cuentas la República sobre las obras en la calle de la comunidad Cuesta Elena etapa 2, en el cantón El Espino Abajo, del distrito de Zacatecoluca, y que la institución le informó de irregularidades como doble facturación y anticipo sin respaldos.

    El proyecto asciende a un monto superior a los $100,000.

    Pineda señaló que «se encontró doble facturación en dicho proceso» de una obra en donde «el espesor del asfalto aplicado no era el establecido en el proceso de compras», ya que hacían falta «hasta 5 centímetros de espesor».

    La funcionaria aseveró que la alcaldía entregó «más de $13,000 en concepto de anticipo los cuales se dieron sin ninguna documentación de respaldo» y, además, que «hubo destrucción de información y de documentos oficiales».

    El concejo votó de manera unánime para iniciar un proceso sancionatorio por las irregularidades. No informó si hay una responsabilidad patrimonial de los exfuncionarios municipales según la Corte de Cuentas a partir de los hallazgos de la auditoría.

    En mayo de 2024, Pineda solicitó a la CCR cinco auditorías en el municipio, una general para los tres distritos de Zacatecoluca, San Juan Nonualco y San Rafael Obrajuelo; otra auditoría a las unidades de proyectos y recursos humanos de la exalcaldía de Zacatecoluca, y otras tres auditorías a proyectos específicos.

    Pidió auditar la reconstrucción del Polideportivo Brisas de La Paz, por más de $400,000 asignados por el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública (MJSP); y la construcción de calles.

    El alcalde de San Salvador Oeste, el exdiputado José Urbina, también denunció «fuga de dinero» y borrasaldos de pagos municipales.

  • Nayib Bukele encabeza ranking de aprobación de presidentes con un 81 % según Mitofsky

    Nayib Bukele encabeza ranking de aprobación de presidentes con un 81 % según Mitofsky

    El presidente Nayib Bukele aparece con el 81 por ciento de aprobación encabezando el ranking de mandatarios de América según su aprobación, arriba de los presidentes de México, Claudia Sheinbaum; de República Dominicana, Luis Abinader; y de Costa Rica, Rodrigo Chaves, según una medición de Mitofsky y TResearch International.

    Los datos del estudio de opinión en El Salvador fueron recabados en febrero de 2025; en el resto de países, la recolección de las opiniones se realizó entre diciembre de 2024 y febrero de 2025, según la presentación del estudio compartida en redes sociales.

    El promedio mayor de calificación de los gobernantes lo tiene Centroamérica con un 56 %, seguido de Norteamérica con un 46 % y Sudamérica tiene el promedio más bajo, del 34 %.

    En Europa, Asia y Australia, los mejores evaluados son Narendra Modi, de la India, con el 75 %, seguido de los mandatarios de Suiza, Portugal y Hong Kong, con menos del 60 % de aprobación. La medición no incluye a Vladimir Putin, de Rusia. En la medición de Mitofsky de junio de 2023, en el ranking mundial, Bukele aparecía con un 93 %, seguido de Vladimir Putin con un 83 %; Narendra Modi, con un 75 %; y Rodrigo Chaves, con un 75 %.

    Ranking de aprobaciones de gobernantes de América a febrero 2025

    1. El Salvador: Nayib Bukele: 81 %

    2. México: Claudia Sheinbaum: 68 %

    3. Dominicana: Luis Abinader: 68 %

    4. Costa Rica: Rodrigo Chaves: 65 %

    5. Honduras: Xiomara Castro: 55 %

    6. Uruguay: Luis Lacalle Pou: 53 %

    7. Panamá: José Raúl Mulino: 51 %

    8. EE.UU.: Donald Trump: 49 %

    9. Argentina: Javier Milei: 43 %

    10. Brasil: Luiz Inácio Lula da Silva: 42 %

    11. Ecuador: Daniel Noboa: 41 %

    12. Nicaragua: Daniel Ortega: 41 %

    13. Paraguay: Santiago Peña: 40 %

    14. Guatemala: Bernardo Arévalo: 39 %

    15. Colombia: Gustavo Petro: 35 %

    16. Venezuela: Nicolás Maduro: 31 %

    17. Chile: Gabriel Boric: 28 %

    18. Canadá: Justin Trudeau: 22 %

    19. Bolivia: Luis Arce: 18 %

    20. Perú: Dina Boluarte: 11 %.

  • Siete decretos de reformas penales vigentes en El Salvador: ¿cuáles son?

    Siete decretos de reformas penales vigentes en El Salvador: ¿cuáles son?

    Entre jueves y sáb

    ado inició la vigencia de siete decretos de reformas aprobados desde el 7 de febrero por la Asamblea Legislativa de El Salvador para aumentar penas de prisión, crear nuevos delitos, ajustar mecanismos probatorios, extender la detención provisional de personas no condenadas y, entre otros objetivos, evitar liberaciones de acusados sin sentencias firmes.

    El jueves 20 de febrero inició la vigencia de cuatro decretos publicados en el Diario Oficial del 12 de febrero: dos reformas al Código Penal y dos reformas al Código Procesal Penal, las cuales fueron aprobadas en sesión plenaria del viernes 7 de febrero.

    Mientras, este sábado 22 de febrero, inicia la vigencia de las reformas a la Ley Penal Juvenil, Ley contra el crimen organizado y Ley penitenciaria, aprobadas entre otros para trasladar a menores acusados de delitos de crimen organizado –entre estos acusados de ser pandilleros o terroristas– a cárceles comunes y que sus penas ya no sean monitoreadas por los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, sino por los tribunales especializados encargados también de haber conocido sus procesos penales.

    Este es un resumen de las reformas aprobadas por los diputados de Nuevas Ideas y sus aliados.

    Decreto 210 de reformas al Código Penal: nuevas penas y delitos

    [aprobado en plenaria del 7 de febrero]

    1. Homicidio simple: de 25 a 35 años de prisión.

    2. Homicidio agravado: de 50 a 60 años.

    3. Privación de libertad, de 3 a 8 años.

    4. Violación: de 10 a 16 años de prisión.

    5. Violación en menor o incapaz, de 18 a 26 años.

    6. Agresión sexual en menor o incapaz, de 18 a 26 años de prisión.

    7. Estupro, de 5 a 13 años de prisión.

    8. Estupro por prevalimiento, de 8 a 16 años.

    9. Hurto, de 6 a 8 años de prisión.

    10. Hurto agravado, de 10 a 15 años de prisión.

    11. Robo, de 10 a 20 años.

    12. Robo agravado, de 20 a 30 años.

    13. Receptación, de 6 a 10 años.

    14. Conducción de mercaderías de dudosa procedencia, de 6 a 10 años.

    15. Uso ilícito de vehículo automotor, de 2 a 5 años.

    16. Estafa, de 5 a 8 años.

    17. Estafa agravada, de 8 a 15 años.

    18. Daños agravados, de 5 a 10 años.

    19. Dilaciones procesales, de 4 a 8 años de prisión.

    Decreto 211 de reformas al Código Procesal Penal: detención provisional

    [aprobado en plenaria del 7 de febrero]

    Este decreto busca extender el plazo máximo de detención o internamiento provisional en los procesos contra personas sin sentencia firme. Permite que la privación de libertad se extienda hasta media pena del delito que le es imputado por la Fiscalía o media pena del delito más grave del cual es acusado.

    Decreto 212 de reformas al Código Procesal Penal: fraude, estafa, peritos, procesos abreviados e investigación sumaria

    [aprobado en plenaria del 12 de febrero]

    1. Se exige que las víctimas de administración fraudulenta presenten o costeen las auditorías al denunciar dicho delito (artículo 27).

    2. La conciliación ya no extinguirá la acción penal contra los delitos de estafa y estafa agravada (artículo 38).

    3. Creación de la figura de peritos permanentes en la Fiscalía.

    4. Aumento de la la pena en una tercera parte de no cumplirse con las obligaciones civiles.

    5. Aprobación del “procedimiento abreviado” cuando el imputado rinda confesión judicial y señale a los copartícipes y cómplices y elementos de prueba, y que esta confesión sea valorada como prueba.

    6. Que los jueces de paz tengan competencia para conocer el “procedimiento sumario” de los delitos menos graves.

    7. La solicitud de la revisión de la detención provisional podrá realizarse 15 días después de la audiencia inicial.

    8. Se extiende el plazo de investigación sumaria a 60 días hábiles prorrogables hasta por 30 días hábiles, para autorizar “actos urgentes de comprobación que no se hayan realizado” y ofrecer “otras pruebas”.

    9. En los considerandos indica que es necesario reformar el artículo 330 para “evitar el alto riesgo de fuga del imputado durante la fase de impugnación” de la condena.

    Decreto 213 de reformas al Código Penal: delitos de corrupción

    [aprobado en plenaria del 7 de febrero]

    1. Actos arbitrarios: de 3 a 6 años de prisión.

    2. Incumplimiento de deberes: 4 a 6 años.

    3. Desobediencia: 3 a 6 años.

    4. Denegación de Auxilio: 3 a 6 años.

    5. Revelación de hechos, actuaciones o documentos secretos por empleado oficial: 6 a 9 años.

    6. Peculado: 6 a 9 años, 9 a 12 años, 12 a 15 años.

    7. Concusión: 6 a 9 años.

    8. Peculado por culpa: 3 a 6 años, 6 a 9 años.

    9. Negociaciones ilícitas: 12 a 15 años.

    10. Exacción: 3 a 6 años, 6 a 9 años.

    11. Cohecho propio: 6 a 9 años.

    12. Cohecho impropio: De 3 a 6 años

    13. Malversación: De 3 a 6 años, de 6 a 9 años, 9 a 12 años.

    14. Enriquecimiento ilícito: 5 a 15 años.

    15. Infidelidad en la custodia de registros o documentos públicos: 6 a 9, de 9 a 12 años.

    16. Ocultamiento o alzamiento de bienes producto de la corrupción: 3 a 6 años.

    17. Actos preparatorios, proposición, conspiración y asociaciones delictivas en los delitos de corrupción: tercera parte del mínimo hasta dos terceras partes del mínimo.

    18. Encubrimiento real: 3 a 6 años.

    19. Encubrimiento personal: 3 a 6 años.

    20. Omisión de denuncia o aviso: 3 a 6 años.

    21. Represalias por denuncia o aviso de corrupción: 2 a 4 años.

    22. Cohecho activo: 6 a 10 años, 3 a 6 años.

    23. Tráfico de influencias: 6 a 9 años.

    24. Testaferrato: 3 a 6 años.

    25. Agravantes y atenuantes especiales.

    Reformas a Ley Penal Juvenil, Ley contra el crimen organizado y Ley Penitenciaria

    El 12 de febrero, la Asamblea Legislativa reformó la Ley Penal Juvenil para que los menores procesados por crimen organizado puedan recluirse en centros penitenciarios administrados por la Dirección de Centros Penales «con separación de pabellones hasta que cumplan 18 años de edad».

    También reformaron la Ley contra el crimen organizado para prohibir la libertad condicional y la libertad condicional anticipada a condenados por crimen organizado.

    Y reformaron la Ley Penitenciaria para que los tribunales y cámaras de crimen organizado asuman la vigilancia del cumplimiento de las penas de condenados por delitos de crimen organizado, y definir espacios en cárceles comunes de menores de 18, entre 18 y 21, y mayores de 21 años.

  • Salvadoreños en el exterior podrán tramitar DUI en cinco países este sábado

    Salvadoreños en el exterior podrán tramitar DUI en cinco países este sábado

    El Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN) habilitará este sábado jornadas de trámite del Documento Único de Identidad (DUI) para los salvadoreños en Estados Unidos, Italia, México, España y Australia.

    El trámite del DUI en el exterior tiene un costo de $35 y el documento de identidad puede ser emitido por primera vez, renovado, repuesto o modificado. En el DUI se incluyen datos como los nombres completos, fecha y lugar de nacimiento, el número de identificación y la firma.

    Las jornadas estarán habilitadas así:

    • En Indianápolis, Estados Unidos, en la Iglesia Casa de Dios y Luz para las Naciones en el 2447 W 14th St, Indianápolis, NI, 46222. En horario de 9:00 a.m. a 12:00 del mediodía.
    • En Milán, Italia, en Piazza Santa María Beltrade 2, 20123 Milano en horario de 9:00 de la mañana a 1:00 de la tarde.
    • En Ciudad de México, México, en calle Aristóteles No. 221 colonia Polanco, en alcaldía Miguel Hidalgo 11550 en horario de 9:00 de la mañana a 1:00 de la tarde.
    • En Sevilla, España, en avenida Menéndez y Pelayo nivel no. 8 y 5, 41004 en horario de 10:00 de la mañana a 2:00 de la tarde.
    • En Canberra, Australia, en la suite 1 del nivel 4,10 Rudd St. City Act 2601, Australia. En horario de 9:00 de la mañana a 3:00 de la tarde.

    La legislación electoral establece que los salvadoreños que poseen DUI con dirección de residencia en el exterior pueden emitir el sufragio por el voto electrónico en la modalidad remota por internet. Se estima que unos 242,110 salvadoreños votaron por esta modalidad.

    Requisitos para solicitar el DUI por primera vez:

    • Pago de $35.
    • Partida de nacimiento original.
    • Presentar un documento de identidad (cédula, carné electoral, carné de minoridad, pasaporte o licencia de conducir, certificación de ficha de cédula de identidad personal, carné de residente emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME), tarjeta de residente permanente con fotografía / tarjeta de residente temporal, tarjeta de autorización para trabajar).

    Requisitos para solicitar la modificación del DUI:

    • Pagar $35.
    • Presentar DUI vigente.
    • Presentar acta de matrimonio para agregar el cónyuge.
    • Presentar acta de divorcio para añadir el divorcio.
    • Presentar acta de defunción para agregar como viudo.
    • Para agregar «conocido por» se debe presentar partida de nacimiento marginada con los nombres por los que es conocido.
    • Para agregar la profesión debe presentarse el titulo original y fotocopia.
    • Para agregar el tipo de sangre debe presentarse el comprobante emitido por un laboratorio con sello de la Junta de Vigilancia.
  • Asamblea dice reforma no crea impuesto sobre las remesas del exterior: ¿en qué consistió?

    Asamblea dice reforma no crea impuesto sobre las remesas del exterior: ¿en qué consistió?

    La Asamblea Legislativa aseveró este viernes que la reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta que aprobó en marzo de 2024 no establece impuesto sobre las remesas que los salvadoreños reciben del exterior.

    Ante aseveraciones en redes sociales, en una aclaración pública emitida hoy, la Asamblea señaló que la reforma al artículo 3 de la Ley del Impuesto sobre la Renta pretendía «eliminar cualquier tipo de gravamen a las transferencias de capital provenientes del exterior».

    El presidente legislativo, Ernesto Castro, escribió que no han aprobado «ningún impuesto para las remesas» y acusó a la oposición de intentar «manipular la opinión pública».

    «Al contrario, la reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta que nosotros aprobamos lo dice clarito: las remesas y los fondos provenientes del extranjero están excluidos de dicho pago. Punto», indicó en X.

    La reforma aprobada el 12 de marzo de 2024 por los diputados cambió el artículo 3 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, que regula los fondos que no se consideran rentas o ganancias; y derogó otras disposiciones relacionadas a las rentas obtenidas en el exterior por salvadoreños.

    Los diputados agregaron un numeral a las exclusiones del concepto de renta, así:

    Artículo 3. No constituyen rentas para los efectos de esta ley:
    «Rentas de capital productos o utilidades excluidos del concepto de renta.

    4) Todos los valores que se reciban en cualquier concepto, obtenidos en el exterior o cualquier movimiento de capital, remuneración o emolumento, en dinero o especie, generado o no por la inversión de capital nacional o extranjero, que sean nominalmente obtenidas o percibidas por personas naturales, personas jurídicas o entes sin personalidad jurídica, domiciliados o no en el país, proveniente de cualquier clase de fuente en el exterior.»

    En segundo lugar, la reforma derogó varias disposiciones del artículo 14-A, que regula las «rentas provenientes de títulos valores»; del artículo 16, que regula las «rentas obtenidas en El Salvador» y del artículo 27, que regula las «rentas provenientes de depósitos».

    La primera derogación eliminó el impuesto sobre las rentas obtenidas de títulos valores e instrumentos financieros en el exterior obtenidas por salvadoreños y suprimió disposiciones que buscaban ajustar pérdidas y ganancias en las transferencias de valores realizadas en el exterior.

    La segunda derogación suprimió la disposición que establecía que las rentas de los salvadoreños obtenidas «en otro país» por créditos en el exterior «se reputará renta gravada en el país» y que obligaba a sumar estas a la «renta imponible».

    Y también derogaron el inciso segundo del artículo 27, que obligaba a «declarar las rentas por los depósitos en instituciones financieras del exterior aunque hubiesen pagado Impuesto sobre la Renta u otro impuesto» y a «tributar el 10 %» o la diferencia si el impuesto pagado en el exterior es menor. En este último artículo, fueron derogados los incisos tercer y cuarto del artículo 27, sobre la declaración de rentas por depósitos en instituciones financieras del exterior y sobre la obligación de presentar un documento de pago del impuesto en el extranjero.

  • Inicia vigencia de decreto para extender detención provisional y otras reformas penales

    Inicia vigencia de decreto para extender detención provisional y otras reformas penales

    La vigencia del decreto 211 que permite extender el plazo de detención provisional hasta la media pena del delito imputado o del delito más grave, en procesos sin sentencia firme, inició el jueves 20 de febrero, luego de que fuera publicado en el Diario Oficial del 12 de febrero.

    La reforma realizada a los incisos 2 y 3 del artículo 8 del Código Procesal Penal indican que «la detención o internamiento provisional deberán guardar la debida proporción a la pena» y que «en ningún caso» podrá exceder los máximos «ni exceder el plazo de 12 meses» para delitos menos graves ni de 24 meses para delitos graves.

    Sin embargo, la reforma agrega que «excepcionalmente» esta regla «no se aplicará» cuando haya pericias complejas, y que también «la privación podrá extenderse mediante resolución fundada por el equivalente de la media pena dispuesta para el delito imputado» o la mitad de la pena más grave; reforma que «deberá» aplicarse «a todos los procesos penales que no cuenten con una resolución firme».

    Esta reforma al Código Procesal Penal fue aprobada el 7 de febrero en el salón de honor del Ministerio de Relaciones Exteriores y publicada en el Diario Oficial del 12 de febrero.

    Este jueves también inició la vigencia de los decretos 210 de reformas al Código Penal para aumentar las penas de prisión para delitos como homicidio, privación de libertad, violación y otros, el decreto 212 de reformas al Código Procesal Penal para exigir que las víctimas de administración fraudulenta presenten o costeen las auditorías al denunciar dicho delito, entre otros; y el decreto 213 de reformas al Código Penal, para aumentar penas para delitos de corrupción.

  • Amnistía Internacional: reforma al artículo 248 de la Constitución «profundiza riesgo de abusos de derechos humanos»

    Amnistía Internacional: reforma al artículo 248 de la Constitución «profundiza riesgo de abusos de derechos humanos»

    La organización Amnistía Internacional aseguró recientemente que la ratificación a la reforma constitucional del artículo 248 que permite que una sola Asamblea Legislativa reforme la Constitución de la República «profundiza el riesgo de abusos a derechos humanos».

    Le puede interesar: Ratifican acuerdo que permitirá que una sola Asamblea reforme la Constitución

    A través de un comunicado publicado a inicios de febrero, Amnistía Internacional asevera que este nuevo modelo de reformas constitucionales por la vía rápida ponen «en grave riesgo la protección de los derechos humanos» porque reducen «drásticamente el espacio de debate y participación ciudadana».

    La directora para las Américas de Amnistía Internacional, Ana Piquer, señaló que esta medida «marca un preocupante riesgo» de una «mayor erosión» en los derechos humanos en El Salvador tomando en cuenta que «la independencia de la justicia y el derecho a un juicio justo han sido sistemáticamente debilitados».

    «Al eliminar la obligación de que los cambios constitucionales sean aprobados por dos Asambleas Legislativas diferentes, el oficialismo se garantiza una vía expedita para modificar la Carta Magna sin procesos deliberativos adecuados ni la participación ciudadana».
    Ana Piquer, directora para las Américas de Amnistía Internacional.

    Para Piquer, esta nueva forma de reformar la Constitución de la República podría «allanar el camino para la instauración de reformas que socaven aún más los derechos humanos de la población». Aseveró que las reformas constitucionales «deben ser fruto de amplios consensos» y que deben garantizar «mecanismos de control» que le permitan a los salvadoreños «ejercer su derecho a participar efectivamente en la vida pública».

    La organización advirtió que esta vía expedita de reformas constitucionales podrían permitir que «cualquier modificación futura responda únicamente a los intereses del poder de turno» sin asegurar «un debate serio y amplio».

    «Es fundamental que la comunidad internacional mantenga un monitoreo constante sobre la situación en El Salvador y exija al Estado salvadoreño se abstenga de cualquier medida que ponga en riesgo los derechos humanos de la población o ponga en riesgo la institucionalidad que debe garantizarlos y protegerlos».
    Amnistía Internacional.

    Amnistía recuerda en su comunicado que desde mayo de 2021 «con el control absoluto» de la Asamblea Legislativa, «el partido oficialista ha impulsado reformas que han debilitado el acceso a la justicia» refiriéndose a la suspensión de derechos por la aprobación del régimen de excepción y las más de 84,000 capturadas «arbitrariamente» según la organización.

    La ratificación de la reforma constitucional para crear la vía rápida de cambiar la Constitución fue aprobada el 29 de enero con 57 votos a favor, por parte de Nuevas Ideas y sus partidos aliados. La primera reforma constitucional impulsada bajo este mecanismo fue la eliminación de la deuda política.