¿Cuánto de nuestro acceso a la salud depende de nuestra capacidad de pago, a pesar de que la Constitución la reconoce como un derecho y un bien público?

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La semana pasada estuve visitando un centro hospitalario privado de San Salvador. Mi médico ordenó una serie de exámenes de laboratorio, que nunca supe cuánto costarían hasta que me tocó pagar, $320 dólares en total. Pero también mi médico ordenó exámenes de imagen, el precio de la resonancia solamente me fue facilitada el día del examen, a pesar de que lo pregunté en varias ocasiones previas a la visita al laboratorio del hospital. El precio total de los tres exámenes (cada resonancia, fueron dos y una radiografía de tórax se paga por separado) fue de $880. Reflexionando sobre no solo el costo de estos exámenes sino de la accesibilidad financiera y la transparencia, cada día me convenzo más que la tecnología médica privada es cada vez más sofisticada, pero el consumidor tiene dificultades para saber cuánto le costará y mucho menos comparar precios antes de realizarse el examen.

En El Salvador, el precio de un examen médico no siempre es un precio: muchas veces es una cotización. Mientras una institución pública el costo de un hemograma en $8.61 o una TAC promocional en $150, otras obligan al paciente a solicitar individualmente el precio. La falta de una estructura pública y comparable de tarifas dificulta que el paciente pueda ejercer algo tan básico como escoger dónde realizarse un examen.

En un sistema donde el diagnóstico oportuno condiciona la posibilidad de tratamiento, la falta de transparencia sobre los precios de laboratorios e imágenes en el sector privado convierte una necesidad clínica en una incertidumbre financiera para los hogares. En El Salvador, la medicina privada ofrece una amplia red de hospitales, laboratorios y centros de imágenes. Esa diversidad puede ser una ventaja: más opciones, tecnología disponible y mayor rapidez para obtener resultados. Pero también plantea una pregunta elemental que debería poder responderse con facilidad: ¿cuánto cuesta, realmente, un mismo examen en distintos establecimientos?

La respuesta casi nunca está a la vista. La mayoría de los proveedores, con la excepción de algunos como Pro-Familia, publican los diferentes servicios, horarios, pero no publican aranceles completos para pacientes particulares. Esta falta de información no es un detalle administrativo. Cuando un paciente necesita hacerse un examen, por lo regular esto no sucede en condiciones ideales: el paciente siente dolor, hay preocupación, una orden medica en mano, y muchas veces urgencia.

Estoy angustiado por un evento fuera de mi control, donde otro ser humano con conocimientos y habilidades especiales toma el control total de mi salud y muchas veces de mi vida. En ese momento, llamar a cinco lugares para averiguar si una tomografía incluye contraste, informe radiológico, material, interpretación y cargos adicionales puede ser una tarea difícil. Más difícil todavía para una familia que depende de un ingreso limitado y paga todo de su bolsillo.

En El Salvador, la salud no es simplemente un servicio que se compra en el mercado. La Constitución la reconoce como un bien público y la Sala de lo Constitucional ha establecido expresamente que el derecho a la salud está reconocido en el artículo 65. Al mismo tiempo, la Constitución protege la libertad económica y la iniciativa privada, lo que permite legítimamente la existencia de hospitales, laboratorios y centros de diagnóstico privados.

El problema aparece cuando ambos principios se encuentran frente al paciente. Exámenes de imagen sofisticados como una resonancia magnética, pueden tener costos que limiten el acceso a una familia de ingresos modestos. En estas situaciones cuales son los deberes del estado para proteger el derecho a la salud de esta familia. ¿Facilitar el ingreso de compañías mexicanas que ganan millones de dólares a costa de nuestros pacientes?

El costo de la salud en el ámbito privado está teniendo un boom en nuestro país, pero ¿quién lo está pagando? Esto no significa que la Constitución obligue a los hospitales privados a prestar gratuitamente todos sus servicios. Significa algo más fundamental: que la salud tiene una dimensión que trasciende al mercado. El sector privado puede prestar servicios y cobrar por ellos; pero el Estado conserva la responsabilidad de garantizar que la capacidad económica de una persona no determine, en última instancia, si puede acceder a un diagnóstico necesario. Una pregunta que todos deberíamos plantearnos es: ¿Hasta qué punto el sistema de salud salvadoreño convierte la capacidad de pago en un determinante del acceso a la atención medica?

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