Cuentas afines a NI promueven candidaturas a diputados por la diáspora en redes: uno aclara que no se postulará

Aunque la reforma al artículo 79 de la Constitución de la República no está ratificada, en la red social Facebook ya pueden encontrarse algunas figuras que son promovidas como posibles candidatos a diputados de la Asamblea Legislativa en representación de la diáspora salvadoreña.

Moris Gómez, uno de los mencionados, salió inmediatamente a aclarar, en Facebook, que no se postulará. «Les agradezco muchísimo… Pero es un compromiso que conlleva mucha seriedad y dedicación incluso sacrificar a la familia y es algo que yo no estoy dispuesto hacer, así que ACLARO ROTUNDAMENTE NO ME POSTULARÉ. Muchas gracias», indicó uno de los promovidos.

OTROS de los promovidos, incluso con un afiche promocional son:

  • Joel Argueta Amaya, promovido como candidato a diputado por la diáspora salvadoreña DMV.
  • Armando Rivas, promovido como candidato a diputado por la diáspora salvadoreña en Westchester, Nueva York.
  • Andrés Flores, promovido como candidato a diputado por la diáspora en el exterior, en Nueva Jersey.
  • Danny Amaya, promovido como candidato a diputado desde Maryland, por el sitio DMV Noticias.

Algunos son presentados con eslóganes. «Tu voz, tu comunidad, nuestro compromiso», dice el afiche de Andrés Flores. «Por nuestra gente, por El Salvador», indica el que propone a Joel Argueta Amaya.

En algunos promocionales ya se pide el voto. «Vota por Andrés Flores, tu voto es nuestra fuerza», indica el afiche compartido por Evar Alfaro en Facebook, a quien el aspirante le da las gracias por «nominarlo».

El Código Electoral salvadoreño establece que la propaganda electoral solo se permitirá sin convocatoria cuatro meses antes de la elección presidencial, dos meses antes para la elección de diputados –es decir, desde el 28 de diciembre de 2026– y un mes antes para concejos municipales.

Sin embargo, para las elecciones internas, la comisión electoral de cada partido será la «máxima autoridad interna en esta materia», esta realiza la convocatoria a elecciones e indica el periodo de inscripción de candidaturas, según el artículo 37-B de la Ley de partidos políticos.

Los postulantes deben llenar los requisitos establecidos en la Constitución, el Código Electoral y los estatutos de cada partido político; deben presentar su Documento Único de Identidad, constancia de afiliación, declaración jurada de no tener una inhabilidad constitucional y en el pago de pensión alimenticia.

Los electos, además, están obligados a presentar solvencia de pago de Impuesto sobre la Renta, municipal, Corte de Cuentas.

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