El Salvador y Guatemala acuerdan facilitar el empleo a familiares de sus diplomáticos

La Comisión de Salvadoreños en el Exterior, Legislación y Gobierno de la Asamblea Legislativa emitió un dictamen favorable para ratificar un acuerdo entre El Salvador y Guatemala que permitirá a familiares dependientes de personal diplomático, consular, administrativo y técnico ejercer actividades remuneradas en ambos países.

El convenio, suscrito el pasado 25 de marzo, establece un mecanismo de reciprocidad para que los familiares acreditados puedan incorporarse legalmente al mercado laboral del país receptor, previa autorización de las autoridades competentes y el cumplimiento de los requisitos establecidos.

La iniciativa busca brindar mayores oportunidades de desarrollo profesional y estabilidad económica a las familias del personal diplomático destacado en el extranjero. Además, pretende fortalecer la cooperación bilateral mediante el intercambio de conocimientos, capacidades técnicas y experiencias laborales entre ambas naciones.

El acuerdo establece que serán considerados familiares dependientes el cónyuge; los hijos solteros menores de 21 años que dependan económicamente de sus padres; los hijos menores de 25 años que cursen estudios superiores; y los hijos con discapacidad física o mental que continúen bajo la dependencia económica familiar.

Las solicitudes para obtener la autorización laboral deberán ser gestionadas por medio de la misión diplomática correspondiente ante el Ministerio de Relaciones Exteriores del país receptor. En caso de que la persona autorizada cambie de empleo, deberá tramitar una nueva autorización.

El documento también establece que quienes desarrollen actividades remuneradas estarán sujetos a la legislación vigente del país donde trabajen, incluyendo obligaciones relacionadas con impuestos, seguridad social y previsión social.

Asimismo, se aclara que el convenio no implica el reconocimiento automático de títulos académicos, estudios universitarios o credenciales profesionales, por lo que cada caso deberá ajustarse a la normativa interna de cada país.

Los familiares que ejerzan actividades laborales bajo este mecanismo tampoco gozarán de inmunidad civil o administrativa en asuntos vinculados directamente con su empleo. En materia penal, el Estado acreditante podrá analizar solicitudes para renunciar a la inmunidad cuando exista una investigación o acusación relacionada con la actividad laboral desempeñada.

La autorización para trabajar concluirá, como máximo, dos meses después de que el funcionario diplomático o consular del cual depende el beneficiario finalice sus funciones en el país receptor. El acuerdo entrará en vigor una vez que ambos Estados completen sus procedimientos internos de aprobación y tendrá vigencia indefinida, aunque cualquiera de las partes podrá denunciarlo mediante notificación escrita con 90 días de anticipación.

 

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