El Consejo Superior del Trabajo (CST) aprobó este jueves la creación de una comisión técnica que analizará las propuestas para modificar las jornadas laborales.
Rolando Castro, ministro de Trabajo y presidente del CST, explicó que el Consejo tiene una “lluvia de ideas” sobre posibles esquemas y que, de momento, es prematuro definir un nuevo sistema de jornadas laborales.
Entre las propuestas mencionadas por Castro se encuentra una que plantea jornadas de 11 horas diarias durante cuatro días a la semana, con tres días de descanso.
Otra propuesta contempla cuatro días de trabajo y cuatro días de descanso, con turnos rotativos.
“Todavía es muy prematuro mencionar qué sistema va a quedar porque es apenas el inicio del debate. Ya salieron otras propuestas más, pero al final será una comisión técnica la que dará seguimiento con un cronograma de trabajo”, dijo Castro.
¿Qué establece actualmente el Código de Trabajo?
El artículo 161 del Código de Trabajo establece que la semana laboral diurna no excederá de 44 horas semanales, con jornadas de ocho horas diarias, mientras que la nocturna tiene un límite de 39 horas, con siete horas diarias.
El mismo artículo establece que la jornada diurna comprende de las 6:00 a. m. a las 7:00 p. m., mientras que la nocturna va de las 7:00 p. m. a las 6:00 a. m. del día siguiente.
El ministro Castro insistió en que la comisión técnica analizará las propuestas mediante consultas con diferentes sectores vinculados al mercado laboral.
Para ello, definirá un cronograma de reuniones con gremiales empresariales, la academia, organismos —como la Organización Internacional del Trabajo (OIT)—, representantes de carteras de Estado vinculadas al mercado laboral, la Secretaría de Comercio, el Ministerio de Economía (Minec) y la Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Conamype).
La comisión tendrá un plazo de dos meses para presentar los primeros resultados. Los cambios, añadió Castro, deberán ser aprobados por unanimidad y posteriormente seguir el proceso de modificación ante la Asamblea Legislativa.

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