Los contribuyentes del municipio de La Libertad Sur que mantienen deudas por tasas e impuestos municipales podrán acceder a una exoneración de intereses moratorios y multas durante un período de 30 días, según una ordenanza transitoria que entró en vigor el 24 de julio de 2026.
La medida, publicada en el Diario Oficial el 16 de julio, busca facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias pendientes mediante la dispensa de recargos por mora para personas naturales y jurídicas.
La ordenanza avala una exoneración del 100 % de intereses y multas cuando el pago de la deuda se realice de forma total, ya sea en efectivo, cheque certificado o mediante tarjeta de débito o crédito.
Quienes opten por suscribir un plan de pago podrán acceder a una exoneración del 75 % de los intereses y multas si el convenio contempla entre 2 y 6 cuotas, mientras que los planes de entre 7 y 12 cuotas tendrán un beneficio del 50 %.
El beneficio aplica para propietarios de inmuebles con obligaciones pendientes, contribuyentes que no hayan inscrito oportunamente sus bienes y cuya deuda haya generado mora, y a poseen derechos sobre locales en centros comerciales municipales Central, Dueñas y Comasagua, y cementerios municipales. También podrán aplicar quienes mantienen un plan de pago vigente con la posibilidad de suscribir uno nuevo.
La municipalidad aclaró que quedan excluidas de la dispensa las multas por inscripción extemporánea de inmuebles y establecimientos, las sanciones por presentar fuera de plazo obligaciones tributarias formales, las multas derivadas de procesos de fiscalización por incumplimientos formales y los casos regulados por la Ordenanza Reguladora de los Medios de Pago permitidos para solventar deudas con el municipio de Santa Tecla.
Las personas interesadas deberán realizar el trámite en las oficinas administrativas de la Alcaldía de La Libertad Sur o en sus dependencias descentralizadas, donde podrán efectuar el pago o formalizar el plan correspondiente. En caso de existir procesos administrativos o judiciales relacionados con la deuda, el contribuyente deberá desistir expresamente de ellos para acceder al beneficio.
La ordenanza establece que los planes de pago perderán su vigencia si el contribuyente deja de cancelar dos cuotas consecutivas, situación que hará exigible el saldo pendiente con los intereses moratorios.
El beneficio estará disponible durante 30 días calendario contados a partir del 24 de julio de 2026. Finalizado el plazo, la dispensa dejará de aplicarse para quienes no hayan regularizado su situación, salvo para quienes hayan concretado un plan de pago en la vigencia de la ordenanza.

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