Como primer decreto aprobado este miércoles, la Asamblea Legislativa revivió una ley de exoneración de Impuesto sobre la Renta por la venta de servicios u obras de arte de los artistas, si se identifican como tales, una disposición que durará un periodo de cinco años. Fue aprobada con 58 votos, de Nuevas Ideas, sus aliados y de la diputada Claudia Ortiz, de Vamos.
La exención será aplicada a rentas desde los $0.01 hasta $15,000 para las personas naturales y de $0.01 hasta $25,000 para las personas jurídicas. La vigencia del decreto iniciará el día de la publicación del decreto en el Diario Oficial,.
La aplicación a la exención se realizará en cada ejercicio fiscal, es decir, en los ingresos declarados de enero a diciembre de cada año. Las personas que contraten a los artistas o les compran sus obras no deberán retener el impuesto pero sí deberán informar los montos pagados por dichas compras.
«Así podrán disponer de un mayor parte de recursos generados con su trabajo para continuar preparándose», leyó, en su intervención, la diputada Sharon Salazar, diputada y artista del partido Nuevas Ideas.
El diputado Reynaldo López Cardoza, del Partido de Concertación Nacional (PCN), dijo que «el país no ha sido un activo fuerte para apoyar a los artistas nacionales». «Hay artistas que de verdad necesitan esto y que ahora nuevamente se va a hacer efectivo», expresó, dado que una ley de exención idéntica estuvo vigente de 2021 a 2026.
Por su parte, la diputada Suecy Callejas, de Nuevas Ideas, explicó que las personas que contraten los servicios de los artistas o les compren obras deberán llenar «unos formularios para reportar la no retención» del Ministerio de Hacienda. «El arte es un trabajo, los artistas son profesionales y también forman parte del Producto Interno Bruto de El Salvador… El talento salvadoreño sí existe… Son unos de los gremios más beneficiados por la seguridad, por el turismo en el país… Espero que de verdad puedan aprovecharlo», afirmó.
El dictamen favorable estaba pendiente de aprobar desde que fue avalado el lunes 14 de septiembre luego de la explicación del jefe de la división jurídica de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) del Ministerio de Hacienda, Gerardo Ramos, quien explicó que el artista deberá informar los «montos exentos» y «en todo lo demás, el monto que sigue a continuación, va a ser gravado por el impuesto”. Es decir, los artistas pagarán impuestos a partir de sus rentas recibidas al excedente de los $15,000 anuales o $25,000 anuales.
EL decreto legislativo 154, publicado en el Diario Oficial del 29 de septiembre de 2021, era una disposición transitoria similar por cinco años, con la diferencia de que este permitía una retención de 10 % por la venta de servicios y obras de arte.

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