Categoría: Politica

  • Pena perpetua aplicaría a autores y «cómplices necesarios» de pandillas, homicidios, feminicidios y violaciones

    Pena perpetua aplicaría a autores y «cómplices necesarios» de pandillas, homicidios, feminicidios y violaciones

    Las penas perpetuas en El Salvador aplicarían a «cómplices necesarios» y «autores» de los delitos de homicidio, homicidio agravado, violación, violación en menor o incapaz, violación sexual agravada, pertenencia a organización criminal o terrorista, feminicidio y feminicidio agravado, según los proyectos de reforma que la Comisión Política de la Asamblea Legislativa dictaminó el martes.

    Para los delitos tentados, de dichos delitos, la sanción sería distinta y estaría equiparada de acuerdo a los tiempos que establecerá el artículo 92-B para la revisión de las penas perpetuas.

    La última modificación realizada en Comisión Política deja claro que los cómplices necesarios recibirán penas de prisión perpetua y en todos los casos “será la misma” que la que sea impuesta a los autores.

    El inciso final del artículo 66 del Código Penal quedó así: “La pena para los cómplices necesarios en los delitos en los que aplique prisión perpetua será la misma que se imponga a los autores”.

    En su intervención ayer en la Comisión Política, la diputada Marcela Villatoro, de Alianza Republicana Nacionalista (Arena), cuestionó por qué el autor y el cómplice del mismo delito tendrá la misma pena perpetua.

    «Aquí se le está dando la misma pena al autor de un homicidio, una violación, entre otras cosas, que a la persona que sea cómplice, pero ahí es como que si ambos tuvieran el mismo nivel de actuación en el proceso, por eso el Código Penal establece las diferencias en ambos casos». Marcela Villatoro, diputada y jefa de fracción de Arena.

    La legisladora cuestionó por qué autores y cómplices tendrán la misma pena en estos delitos.

    El diputado Caleb Navarro respondió que se refiere a «cómplice necesario». Leyó la definición del artículo 36 del Código Penal: «Los que presten al autor o autores una cooperación, de tal modo necesaria, que sin ella no hubiere podido realizarse el delito».

    «Esa es la reforma, porque aquel que ayudó y que su ayuda fue imprescindible para cometer el delito tiene que recibir la misma pena». Caleb Navarro, subjefe de fracción de Nuevas Ideas.

    Según Navarro, un colaborador fuera de la estructura como los llamados «postes», «esa persona» siempre estará detenido pero será incorporado en el Plan Cero Ocio.

    Además, la diputada Villatoro preguntó qué pasaría si la complicidad se realizó mediante una amenaza y pidió agregar en el artículo

    «Los jueces tienen la claridad cuando son este tipo de casos, que haya alguna coacción, hay personas que las obligaban a hacer un viaje los pandilleros ‘y si no te matamos’, son casos especiales, que sea el juez con esa claridad que pueda dar su fallo. Si en las pruebas hay algún tipo de claridad que hubo coacción para esa persona para actuar, me imagino que según la sana crítica que aplique el juzgador tendría que haber alguna exclusión de eso, incluso de responsabilidad penal pero ya será un juez que pueda determinar eso», dijo Navarro.

    Navarro propuso agregar «necesario» a «cómplice».

    Pero la diputada Villatoro también propuso excluir expresamente a las personas que cumplan las condiciones de los artículos 153 y 154 del Código Penal, que castigan los delitos de coacción y amenazas. «Nosotros no legislamos para el momento. Cuando la ley no queda clara, es un problema para los juzgadores», argumentó. Esta propuesta no fue apoyada por Nuevas Ideas, ni sus aliados.

    Complicidad de pertenencia

    Sin embargo, no quedó claro cómo se aplicará la complicidad del nuevo delito de “pertenencia a organizaciones terroristas”, un nuevo delito que será incluido en un nuevo artículo 344-A y que dice “el que pertenezca a una organización criminal o terrorista, entendida según lo establecido en el artículo de la Ley contra el Crimen Organizado será sancionado con pena de prisión perpetua”.

    Según la abogada Roxana Cardona, aquí queda una laguna jurídica que al final quedaría a decisión del juez, ya que la pertenencia podría definirse por la ficha de la persona o su lugar de residencia. Cuestionó cómo quedaría en este caso la «complicidad de un hecho que no se ha cometido” dado que el nuevo delito es pertenencia.

    Delitos tentados

    Cuando los delitos castigados con pena perpetua sean “tentados”, es decir, intento de homicidio, feminicidio, violación o del delito de pertenencia, “la sanción para los delitos tentados cuya pena de prisión sea perpetua se establecerá desde la mitad del plazo previsto para la primera revisión de la pena de prisión perpetua según correspondiente de acuerdo a los plazos establecidos en el artículo 92-B de este Código”, según el inciso final del artículo 68 dictaminada el martes.

    La Comisión Política aprobó cinco dictámenes favorables este martes: la ratificación de la reforma al artículo 27 de la Constitución y un paquete de reformas al Código Penal, a la Ley especial contra actos de terrorismo, a la Ley especial integral para una vida libre de violencia para las mujeres y a la Ley Penal Juvenil, con el fin de legislar sobre la aplicación de la pena perpetua. Mientras las reformas son criticadas por organizaciones o señaladas de innecesarias, el Gobierno asegura que buscan una sanción más severa frente a conductas violentas.

    La pena perpetua tendría la opción de libertad controlada para el condenado si así lo decide «el juez competente» según la reforma al Código Penal dictaminada. Esta revisión sería obligatoria a partir de los 25 años de prisión si el condenado es menor de edad, a partir de los 30 años si el adulto fue condenado por un delito, a partir de los 35 años si fue condenado por varios delitos y a partir de los 40 años si fue condenado por delito con agravante.

  • Inicia vigencia de reformas para la micro y pequeña empresa

    Inicia vigencia de reformas para la micro y pequeña empresa

    Ya están vigentes las reformas a la “Ley de fomento, protección y desarrollo para la micro y pequeña empresa” que modifican los requisitos para la inscripción en el Registro MYPE de la Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Conamype), entre otras modificaciones.

    Las reformas a la ley de fomento para las MYPE fueron publicadas en el Diario Oficial del 16 de marzo de 2026, por lo que su vigencia inició el 24 de marzo de 2026.

    Con los cambios se exigirá a las micro y pequeñas empresas que quieran estar acreditadas en el Registro MYPE de Conamype que presenten declaración de renta o de ingresos por ventas, pero también ordena al sistema financiero que flexibilicen el requisito de historial crediticio para las MYPE y elimina la responsabilidad personal de titulares de las instituciones públicas que se atrasen en el pago a los proveedores MYPE por bienes y servicios proveídos.

    En el artículo 20-A, establece que las personas naturales deberán presentar obligatoriamente su declaración de impuesto sobre la renta o una declaración jurada de ingresos para inscribirse en el Registro MYPE. Asimismo, las empresas deberán actualizar los datos de su registro cada dos años para mantener su certificación.

    En el artículo 45, se establece que el sector financiero deberá ofrecer servicios financieros, no financieros y de desarrollo de mercados de capitales que respondan a las necesidades de las MYPE, y que estos servicios deberán contar con un “enfoque de riesgo diferenciado” que incluya la flexibilización de requisitos como el historial crediticio y el tiempo de operación en el mercado, con el objetivo de facilitar el acceso a fondos y la formalización de estas empresas.

    Con los pagos a los proveedores contratadas por el Estado, se aprobó una reforma en el artículo 32 para que el Ministerio de Hacienda establezca “mecanismos” para priorizar la cancelación de las cuentas por pagar a las MYPE presentadas por los jefes de las unidades financieras institucionales o quienes desempeñen esas funciones. Sin embargo, en este tema se derogaron los artículos 33 y 33-A de la ley, que responsabilizaban del pago a los titulares de las instituciones del Estado.

    Las modificaciones también ajustaron levemente los montos de ingresos utilizados para definir la clasificación de las MYPE, que será base para políticas de simplificación de trámites, agilización de la formalización, costos de trámites o tarifas preferenciales.
    Las reformas incluyeron al Ministerio de Hacienda y excluyeron a las universidades en directiva de Conamype y en los consejos de administración de Fecamype y Programype (artículo 52-C).

  • Organizaciones Movir y SHJ dicen que cadena perpetua perjudicará a inocentes presos

    Organizaciones Movir y SHJ dicen que cadena perpetua perjudicará a inocentes presos

    Voceros de las organizaciones Movimiento de Víctimas del Régimen (Movir) y del Socorro Jurídico Humanitario (SJH) rechazan la reforma constitucional que levanta la prohibición de la cadena perpetua en El Salvador porque consideran que no hay juicios justos y también la revisión de la pena perpetua beneficiará a pandilleros.

    «¿A quién afecta en realidad?, a los grandes delincuentes, no, sino a los inocentes. Aquí el beneficiado es el pandillero, al final todo un juego que beneficia otra forma de pacto, a ellos les está dando la oportunidad de revisión y los inocentes van a pagar por lo menos 30 años», criticó Ingrid Escobar, directora del SJH.

    Escobar aseguró que es crítica de la medida porque en el país «hay una cooptación de poderes, no hay garantías judiciales para nadie, no hay debido proceso, derecho de audiencia, defensa, juicio justo, ni presunción de inocencia» y que hay un margen de error reconocido por el Gobierno de 8,000 personas liberadas que la organización sostiene son inocentes.

    Según Escobar, las reformas podrían buscar «esconder los muertos» que ha habido en los centros penales de detenidos durante el régimen de excepción, «condenándolos a todos, incluso metiéndoles cadena perpetua, para que nunca se enteren de estas muertes».

    Por su parte, Samuel Ramírez, representante del Movir, cree que en el país «todo es arbitrario» y no hay juicios justos, por lo que la pena perpetua podría aplicarse a inocentes.

    «Creemos que en este país donde las personas son capturadas arbitrariamente, no podemos creer que esta ley se va a aplicar para las personas que se han cometido delitos, existe el temor que se cometan más injusticias», dijo.

    Ramírez indicó es justo «si se les va a aplicar a los verdaderos asesinos» como los autores de la masacre de San Juan Opico. «Es justo que sí se les aplique esa pena», dijo. Sin embargo, consideró que desde que inició el régimen de excepción hay «facultades para poder capturar a la gente sin el debido proceso».

    «Una persona se puede capturar de dos formas, una es que haya cometido un delito, la otro es que se capture en flagrancia, pero aquí el régimen ha permitido capturas sin que se cumplan los dos requisitos», opinó.

    Según el representante de Movir, la reforma de la cadena perpetua «fue una reacción a un informe que expertos y expertas internacionales hicieron a El Salvador, que determinaron que hay crímenes de lesa humanidad».

    El régimen de excepción cumplirá cuatro años este viernes 27 de marzo, el último reporte público del Ministerio de Seguridad daba cuentas de un total de 91,300 personas capturadas, incluyendo señalados de ser cabecillas y miembros de pandillas; destacan que el régimen de excepción sacó a la mayor parte de las pandillas en las calles del país y que acumulan más de 1,170 días sin homicidios durante la gestión de Nayib Bukele, desde junio de 2019 hasta marzo de 2026.

    Por su parte, las organizaciones alegan que ha habido capturas arbitrarias, falta de cumplimiento de órdenes judiciales de libertad por parte de Centros Penales, torturas y la muerte de 488 personas detenidas bajo custodia policial.

    El vicepresidente Félix Ulloa ha dicho que es necesario «reducir» el margen de error del régimen de excepción. El Gobierno ha dicho que ha habido 8,000 personas liberadas; según Ulloa estas «probaron» que no tenían vinculación con las pandillas.

  • Cadena perpetua: dictaminan ratificación de reforma constitucional y cambios a cuatro leyes

    Cadena perpetua: dictaminan ratificación de reforma constitucional y cambios a cuatro leyes

    La Comisión Política de la Asamblea Legislativa aprobó este martes el dictamen favorable de la reforma al artículo 27 de la Constitución de la República para permitir la cadena perpetua en El Salvador para homicidas, terroristas y violadores”.

    El dictamen fue aprobado con nueve votos, por unanimidad de los presentes, de Nuevas Ideas, PCN, PDC y Arena.

    “Se prohíbe la prisión por deudas, las infamantes, las proscriptivas y toda especie de tormento. La pena perpetua solo se impondrá a los homicidas, violadores y terroristas”, reza el inciso segundo reformado del artículo 27 de la Constitución salvadoreña.

    Los diputados de la Comisión Política también votaron a favor de otros cuatro dictámenes: reformas al Código Penal, a la Ley especial contra actos de terrorismo, a la Ley especial integral para una vida libre de violencia para las mujeres y a la Ley Penal Juvenil, con el fin de legislar sobre la aplicación de la pena perpetua.

    Las reformas establecen penas perpetuas para los delitos de homicidio, homicidio agravado, violación, violación en menor o incapaz, violación sexual agravada, pertenencia a organización criminal o terrorista, feminicidio y feminicidio agravado.

    Con la reforma al Código Penal dictaminada este martes, se introduce la revisión obligatoria de las penas perpetuas, luego de 25 años de prisión para los menores y después de 30 años o más de prisión para los adultos.

    El único cambio se dio a la propuesta de reforma al Código Penal para, en primer lugar, establecer expresamente que la pena perpetua se aplicará a “cómplices necesarios”, así como a los autores; y, en segundo lugar, para regular las sanciones que se aplicarían si estos delitos son «tentados», es decir, un intento.

    Para regular estas sanciones, la reforma hace un parangón con los plazos de revisión de penas perpetuas que busca regular en el artículo 92-B del Código.

    Así, según la nueva redacción leída en la Comisión Política, para los delitos «tentados», las penas se aplicarían «desde la mitad del plazo» de revisión, es decir, desde la mitad de 25 años para delitos cometidos por menores (12.5 años); la mitad de 30 años si es un solo delito (15 años); la mitad de 35 años si son dos o más delitos (17.5 años); y la mitad de 40 años si hay agravante (20 años).

    ¿Cómo quedaron los artículos modificados?

    El diputado Caleb Navarro, de Nuevas Ideas, pidió cambiar la reforma al artículo 66 del Código Penal, con el fin de establecer que las penas perpetuas se apliquen a cómplices necesarios, eliminando que la primera revisión de su pena perpetua se haga desde la mitad del plazo de prisión establecido en el proyecto para la “revisión obligatoria” de la pena perpetua a autores de delitos.

    El inciso final del artículo 66 del Código Penal quedó así: “La pena para los cómplices en los delitos en los que aplique prisión perpetua será la misma que se imponga a los autores”.

    Navarro también pidió cambiar la reforma al artículo 68 del Código Penal, que en el proyecto regulaba la pena para los condenados por delitos “tentados”.

    El inciso final del artículo 68 quedó así: “La sanción para los delitos tentados cuya pena de prisión sea perpetua se establecerá desde la mitad del plazo previsto para la primera revisión de la pena de prisión perpetua según correspondiente de acuerdo a los plazos establecidos en el artículo 92-B de este Código”.

    Antes de la modificación al proyecto original, los artículos 66 y 68 parecían buscar que para los cómplices, así como para homicidios tentados, no se aplicara pena perpetua, sino que estas se establecieran «desde la mitad del plazo hasta el plazo» de la revisión de la pena.

    Estos son los dos artículos en el proyecto original antes de la modificación realizada este martes en Comisión Política: 

    El proyecto original del Código Penal permitía que, para los cómplices, la revisión de la pena se hiciera a la mitad del plazo ordinario. Con el cambio, se aplicará igual que como se establece para los autores.
  • Arzobispo de San Salvador sugiere cambiar el sistema tributario y establecer el impuesto a patrimonio

    Arzobispo de San Salvador sugiere cambiar el sistema tributario y establecer el impuesto a patrimonio

    En el 46 aniversario del martirio de monseñor Óscar Arnulfo Romero, el arzobispo de San Salvador, monseñor José Luis Escobar, reconoció este martes los avances en seguridad del país, abogó por los inocentes presos y exhortó a cambiar el sistema tributario de El Salvador, quitando el Impuesto al Valor Agregado (IVA) al menos a las medicinas y creando el impuesto al patrimonio.

    En su homilía, en la misa del mediodía de este martes, el líder religioso recordó las palabras del Papa Juan Pablo II que indicaban “solo el amor salva, la barbarie no mejora la sociedad, no se eliminan los contrastes, ni se construye el mañana, la violencia destruye nada más”.

    Así, Escobar aseguró que reconocen “como un gran logro en nuestro país la supresión de la violencia, violencia que hizo tanto mal a nuestro pueblo, gracias a Dios ha sido superada”, pero agregó: “Abogamos como lo hemos hecho siempre por los inocentes que todavía están en prisión para que se les administre pronta justicia, dándoles la libertad a la que siempre han sentido derecho, son inocentes”.

    Agregó que, “si bien la seguridad nacional es un gran avance, aún queda mucho por hacer”. Insistió en la derogatoria de la ley que levantó la prohibición de la minería metálica en El Salvador aunque celebró que se haya “detenido” el proyecto de explotación en el país.

    El religioso exhortó a tener en El Salvador un nuevo sistema tributario que “no sea regresivo” ya que el IVA es un “impuesto indirecto que lo terminando pagando el pueblo”. Sugirió eliminar el tributo en los productos básicos o al menos en las medicinas.

    “Impide el progreso económico de los trabajadores, porque los impuestos siempre han estado cargados contra el pobre, impidiendo el desarrollo de este y del pueblo. Este es el momento de cambiar ese sistema nefasto, tal es el caso del impuesto del IVA, es un impuesto indirecto que lo termina pagando el pueblo. Conviene que se restablezca el impuesto al patrimonio, como lo teníamos antes, como lo tienen Estados Unidos y Europa, para que los que más tienen paguen más, favoreciendo al más pobre”, exhortó.

    Durante el año 2025, los ingresos tributarios de El Salvador sumaron $7,986.1 millones, un 47.8 % de la recaudación en concepto del IVA, que sumó $3,817.6 millones; mientras que la recaudación de Impuesto sobre la Renta (ganancias de cada contribuyente) sumó $3,328.3 millones.

  • Roberto Aquino dice buscaría reelección como alcalde de Sonsonate en 2027

    Roberto Aquino dice buscaría reelección como alcalde de Sonsonate en 2027

    El alcalde de Sonsonate Centro, Roberto Aquino, buscará su reelección en el municipio en las elecciones del 28 de febrero de 2027, publicó la radio YSKL.

    “Hasta el momento, lo que pinta es que vamos solos. El TSE ya ha convocado a las elecciones interas, cada instituto lo hace de acuerdo a su disponibilidad, a nosotros se nos ha comunicado que cada departamento programe su convocatoria, nosotros estamos trabajando con las afiliaciones para los registros pertinentes”, indicó Aquino, según un video publicado este martes por la YSKL en X.

    Las elecciones internas se realizarían entre junio y julio según el alcalde y han decidido no realizar coalición.

    Sonsonate Centro comprende cinco distritos: Nahulingo, Santo Domingo de Guzmán, San Antonio del Monte, Sonzacate, Sonsonate. Según el alcalde, con la unión de municipios y su conversión en distritos, ahora es necesario implementar planes de austeridad y maximizar el recurso económico.

    En un reciente video publicado por el funcionario municipal en Facebook, Aquino aseguró que su experiencia le ha mostrado que si el alcalde es de un partido político y el funcionario de otro, se debe hacer amigo con todos, a raíz de comentarios sobre la ampliación de una carretera realizada por el Ministerio de Obras Públicas y Transporte (MOPT). “Si este mundo es de tomarnos de la mano y caminar juntos”, afirmó.

    Roberto Aquino ha sido alcalde de Sonsonate desde el año 2006, fue comentarista deportivo, exgobernador de Sonsonate. Durante tres periodos fue alcalde por el partido Alianza Republicana Nacionalista (Arena) pero renunció a Arena en abril de 2022 y anunció su incorporación al PDC.

    En las elecciones de 2024, Roberto Aquino superó los votos de su contendiente principal, el alcalde y extenista Rafael Arévalo, de Nuevas Ideas. Aquino ganó con 23,211 votos sobre 16,744 votos de su contrincante.

    En esas elecciones, en Sonsonate Centro con una población de 145,953 habitantes, ejercieron su voto 43,593 personas, es decir, hubo una participación del 26 % de la población.

  • Organizaciones marchan en vía crucis al Centro Histórico y piden libertad para inocentes

    Organizaciones marchan en vía crucis al Centro Histórico y piden libertad para inocentes

    Miembros de organizaciones marcharon este martes en un vía crucis hacia el Centro Histórico de San Salvador en donde pidieron libertad para personas inocentes y para presos políticos.

    “Debemos promover la justicia, la igualdad y la defensa de la vida, como iglesias debemos estar acompañando al verdadero pueblo que sufren las injusticias. Dice la escritura que si nosotros nos callamos las piedras gritarán”, dijo un sacerdote que participaba en la marcha.

    “Libertad para Enrique Anaya. Libertad para los presos inocentes, libertad para Ruth López, libertad para todos los presos políticos, vivan los movimientos sociales, vivan las iglesias consecuentes”, fueron algunas de las consignas expresadas por miembros de organizaciones como el Movimiento de Víctimas por el Régimen (Movir) y el Bloque de Resistencia y Rebeldía Popular (BRP).

    Las organizaciones también exigieron la búsqueda de Carlos Ernesto Santos Abarca, joven desaparecido el 1 de enero de 2022.

    El vía crucis partió de la Capilla La Divina Providencia, lugar en donde fue asesinado al celebrar la misa el 24 de marzo de 1980 el entonces arzobispo de San Salvador, monseñor Óscar Arnulfo Romero, declarado santo el 14 de octubre de 2018.

    La segunda estación se realizó en la Plaza Salvador del Mundo, la tercera en el Parque Cuscatlán y la cuarta se realizaría en el Centro Histórico de San Salvador, en el lugar en donde la ciudadana Jessica Solís fue asesinada por un disparo accidental de un militar, frente al Palacio Nacional del Centro Histórico; para posteriormente asistir a una misa en la cripta de la Catedral Metropolitana de San Salvador, en donde se encuentran los restos de monseñor Romero.

    En la marcha, transmitida por la cuenta de Sara Monroe sv en YouTube, Samuel Ramírez, del Movir, calificó que la aprobación de la pena perpetua es una “acción arbitraria del gobierno” en un proceso judicial “que no funciona”. “Muchos inocentes van a ser condenados perpetuamente en el país”, indicó. Ramírez aseguró que está bien que se le condene a los delincuentes pero no a personas que no han cometido delitos.

  • Nuevas Ideas dice pena perpetua se aplicaría a adolescentes y jóvenes, no a niños

    Nuevas Ideas dice pena perpetua se aplicaría a adolescentes y jóvenes, no a niños

    Diputados de Nuevas Ideas aseveraron ayer que la pena perpetua no aplicaría a niños, sino a adolescentes y jóvenes, luego de que dos magistrados de la Corte Suprema de Justicia señalaran que la Ley Penal Juvenil se aplica a menores desde los 12 hasta los 18 años de edad.

    La diputada Suecy Callejas, de Nuevas Ideas, preguntó a magistrados de la Corte Suprema de Justicia a partir de qué edad aplicaría la pena de prisión perpetua propuesta en las reformas.

    El presidente de la Sala de lo Penal, magistrado Alejandro Quinteros, señaló que la Ley Penal Juvenil se aplica a menores desde los 12 hasta los 18 años, pero advirtió que la CSJ realizará una propuesta al respecto.

    “Este tipo de delitos de extrema gravedad sería aplicable; por ahí hemos hecho alguna consideración que queremos hacérsela llegar por escrito, algunas observaciones para que ustedes puedan estimarlas con relación a ese punto en particular, pero la Ley Penal Juvenil está prevista desde los 12 hasta los 18 años de edad”, respondió Quinteros.

    La legisladora de Nuevas Ideas aseguró que le interesaba aclarar que “en ningún punto será una aplicación de cadena perpetua para niños, ni niñas, sino que estamos hablando de adolescentes en conflicto con la ley, jóvenes en conflicto con la ley, como se puede encontrar en la doctrina, y que la Ley Penal Juvenil lo define claramente, que son aquellos mayores de 12 años y menores de 18”.

    El magistrado José Fernando Marroquín Galo respondió que, como Corte, tienen una sugerencia de “especificación en coherencia con lo que” la legisladora expresó “sobre el alcance de la pena aplicable a adolescentes y jóvenes, y no a niños”.

    Por su parte, el diputado Caleb Navarro, subjefe de fracción de Nuevas Ideas, reiteró la aseveración de que la pena perpetua se aplicaría únicamente a adolescentes y jóvenes. “Estamos hablando de adolescentes prácticamente de 12 y menores de 18 años”, dijo.

    La Comisión Política de la Asamblea Legislativa continuará este martes el análisis de la ratificación de la reforma constitucional para levantar la prohibición de la cadena perpetua en El Salvador y poder aplicarla a pandilleros, violadores y homicidas. Posteriormente deberá analizar una reforma penal que busca legislar su aplicación, creando la posibilidad de que los condenados a cadena perpetua puedan optar por una libertad controlada. La revisión de su pena sería obligatoria a partir de los 25 años de prisión para los menores y a partir de los 30 años de prisión para los adultos.

  • Arena insiste en castración química adicional ante posible liberación de violadores con pena perpetua

    Arena insiste en castración química adicional ante posible liberación de violadores con pena perpetua

    La diputada Marcela Villatoro, del partido opositor Arena, insistió ayer, en la Comisión Política de la Asamblea Legislativa, en aprobar una ley de castración química para los condenados por el delito de violación además de imponerles la pena perpetua, argumentando que estos tendrían la posibilidad de obtener la libertad controlada según la propuesta de reforma al Código Penal presentada por el Gobierno.

    “Imagínense, es un violador, le ponen su cadena perpetua y, de repente, él decide ‘reconformarse’ siguiendo todos los procedimientos, hace las cosas bien, sale, aunque sea un psicólogo que lo analice, lo dejan libre y vuelve a cometer un delito igual. Y eso pasa, ustedes como juzgadores lo han visto. Él ya no va a ser un problema para la sociedad, afuera, porque ya va a (tener) su proceso de castración química”, expresó, ante dos magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que ayer defendieron la propuesta de la cadena perpetua presentada por el Ministerio de Seguridad y Justicia.

    Los magistrados no opinaron sobre la factibilidad de imponer la castración química como una medida adicional a los condenados a pena perpetua por el delito de violación. Sin embargo, ante una pregunta del diputado Reinaldo Carballo, del PDC, partido aliado del Gobierno, uno de los magistrados respondió que optaría por la pena perpetua si tuviera que escoger entre esta sanción y la castración química.

    El diputado Carballo preguntó al magistrado Alejandro Quinteros, presidente de la Sala de lo Penal, que, si él fuera juez qué sentencia le daría a un violador, castrarlo o cadena perpetua.

    “A partir de lo que hemos analizado, la propuesta de reforma constitucional, sin duda la pena perpetua, por las circunstancias a las que hace referencia la ley fundamental, la Constitución, el fin utilitario, la posibilidad de resocialización”, respondió Quinteros.

    El magistrado mencionó que él personalmente ha visto casos “gravísimos de violaciones, incluso de mutilaciones”. “Me acuerdo de un atleta de la zona paracentral, donde participaron menores de edad también, casos dantescos que da incluso escozor mencionárselos al pueblo salvadoreño y eso es lo que justifica la propuesta de reforma constitucional, la posibilidad de ratificación”, defendió la propuesta.

    Al consultarla al respecto, Villatoro explicó que su propuesta es «adicional» a la pena perpetua.

    En la Comisión, la legisladora de Arena subrayó que su partido respalda la propuesta de la pena perpetua y, aunque la propuesta del Gobierno establece una revisión obligatoria de dicha cadena perpetua en todos los casos, incluso pandilleros, aseguró que quieren que “se queden en la cárcel para siempre”.

    “Muchas veces se dice que nosotros queremos que los pandilleros salgan libres, por lo menos de este grupo parlamentario, del cual represento, no es el caso nuestro, sino que al contrario, que todo el que le ha hecho daño a la población salvadoreña pague y se quede en la cárcel para siempre, que es la idea”, afirmó en la Comisión.

    La Asamblea Legislativa está por ratificar una reforma constitucional que levanta la prohibición de la cadena perpetua en El Salvador para violadores, homicidas y terroristas; y también podría aprobar un paquete de reformas a cuatro leyes, uno de los cuales plantea que la pena perpetua deberá revisarse obligatoriamente al cumplirse 25 años de pena para los menores y 30 años o más para los adultos.

    Antes de dictaminar, los diputados han recibido opiniones, a favor de la reforma, de los ministros de Seguridad y Defensa, fiscal general y ayer de magistrados de la Corte Suprema de Justicia. Arena ha solicitado citar al director del Instituto de Medicina Legal para consultarle sobre las pruebas que deben incluir para los casos de violación sexual.

  • Corte pide un plazo para evaluar conversión de jueces ante reforma sobre pena perpetua

    Corte pide un plazo para evaluar conversión de jueces ante reforma sobre pena perpetua

    La Corte Suprema de Justicia (CSJ) solicitó ayer un plazo de al menos 30 días para que inicie la vigencia de la cadena perpetua en El Salvador con el fin de que puedan evaluar una posible conversión de juzgados para aplicarla.

    La propuesta de reforma al Código Penal presentada por el Ministerio de Seguridad y Justicia a la Asamblea Legislativa plantea en su artículo 92-C que “el juez competente” realizará el procedimiento de revisión de la pena perpetua y que este “deberá motivar la existencia de un pronóstico individualizado favorable de reinserción social del condenado”.

    Una vez cumplido el plazo para la revisión obligatoria, “a requerimiento del juez y en el plazo de un mes”, el Consejo Criminológico Regional emitirá un informe sobre la peligrosidad y la probabilidad de reinserción del condenado, el juez realizará una audiencia y resolverá a favor o en contra de la libertad controlada.

    El magistrado Alejandro Quinteros, presidente de la Sala de lo Penal, manifestó que en la reforma convergen el “juzgamiento de menores de edad que hayan cometido delitos de extrema gravedad”, conocidos por la jurisdicción especializada para una vida libre de violencia para las mujeres, “feminicidio y agravado, y además delitos de violación, simple, agravada, violación en menor o incapaz y agravada”; “estamos en una competencia diversa. Ante eso, consideramos que es importante garantizar la especialización”, observó.

    Explicó que “uno de los grandes cuestionamientos en los delitos sexuales es el tiempo de demora de un proceso, puede reincidir en la revictimización”. “Si el proceso dura mucho tiempo, es revictimizante”, “por tanto los procesos deben acelerarse”, advirtió.

    Agregó que, si se valorara “un juez competente”, tendrían que “valorar la posibilidad de convertir sedes, a través de la figura de la conversión, para optimizar la capacidad disponible”.

    “En nombre de la Corte, si este órgano de Estado, la posibilidad de una vacatio legis por lo menos de 30 días” para asumirlo con la capacidad instalada, eso pasa por una evaluación a través de la Comisión de Jueces, solicitó, para “acceder a servicios de justicia que sean más ágiles”.

    El diputado Caleb Navarro, de Nuevas Ideas, dijo que estaba “bastante coherente” la solicitud para la “organización interna y administrativa”, “es una buena medida que debe analizarse”.

    La reforma constitucional que aprobaría El Salvador levantaría la prohibición de la pena perpetua y la propuesta de reforma al Código Penal establece una revisión obligatoria de la pena perpetua a partir de 25 años para menores, a partir de 30 años a adultos condenados por un delito, a partir de 35 años por varios delitos y desde los 40 años si tiene agravante.

    Magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) respaldaron ayer la reforma constitucional y penal y que no violaría tratados internacionales como la Convención de Derechos del Niño, porque se plantea como una pena perpetua “revisable” y no cerrada.