Con 60 votos, la Asamblea Legislativa aprobó este miércoles disposiciones transitorias para que los aguinaldos o compensaciones hasta un límite de $1,500, tanto en empresas privadas como en el Estado, sean rentas no gravables y excluidas de dicha retención, para el año 2026.
Los aguinaldos que sobrepasen de dicho monto «estarán sujetos a la retención y al pago del Impuesto sobre la Renta», ya que se podrá deducir el valor no gravable, es decir, hasta el monto de $1,500.
La exención fue aprobada junto con un conjunto de reformas al Código de Trabajo, a la Ley sobre la compensación adicional en efectivo y a la Ley integral del sistema de pensiones, con el fin de que estos pagos puedan realizarse a partir del 1 de octubre de todos los años. El plazo límite para pagar aguinaldos, sin embargo, siempre será el 20 de septiembre.
El decreto fue aprobado con dispensa de trámites y con votos de todos los partidos políticos. Iniciará su vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial.
El decreto se denomina «Disposiciones transitorias que declaran para el ejercicio fiscal de 2026, como renta no gravable y en consecuencia excluidas de la retención respectiva, el aguinaldo a que se refiere el Código de Trabajo y la Ley sobre la compensación adicional en efectivo hasta un límite de $1,500».
Todos los proyectos de decreto fueron conocidos públicamente la tarde de este miércoles, minutos antes de ser aprobados.

Deja una respuesta