Extienden a seis años el plazo de las restricciones impuestas a los salvadoreños que abandonen una junta electoral

La reforma al Código Electoral aprobada esta semana introdujo una modificación que extiende de cinco a seis años el periodo de restricción máxima que puede tener el miembro de un organismo electoral por negarse sin justificación o abandonar el cargo asignado.

El artículo 242 del Código Electoral ya establece que quien se niegue sin justa causa a desempeñar los cargos de miembros de «cualquiera de los organismos electorales» o abandone dicho cargo será sancionado con una multa de $25 a $114.28, tomando en cuenta el cargo abandonado y la capacidad económica del ciudadano infractor.

Si el ciudadano no cancela la multa centro de los ocho días siguientes a su notificación, el ciudadano infractor será sujeto «por orden del Tribunal de restricción migratoria, de emisión de antecedentes penales y policiales, de reposición, renovación o modificación del Documento Único de Identidad, de refrenda de licencia de conducir». La disposición indica también que la restricción se aplicará «mientras no se cumpla con e pago de la sanción impuesta».

Luego, establece que las restricciones durarán hasta un máximo de tres años o cinco años, según el tipo de elección en que se impuso la sanción, último plazo que es extendido a seis años, al tratarse de una elección presidencial.

La ley indica que quienes estén llamados a integrar las Juntas Receptoras de Votos (JRV) y con causa justificado no comparecieron o se retiraron antes del escrutinio preliminar puede presentar las pruebas o la justificación en los tres días hábiles siguientes a la fecha de la elección, el Tribunal valorará las pruebas y resolverá.

El actual Tribunal Supremo Electoral (TSE) decidió no sancionar a los salvadoreños que se negaron a integrar organismos electorales como las JRV y las Juntas Receptoras de Votos en el Extranjero (JRVEX), donde fueron elegidos aleatoriamente al menos 103,000 personas inscritas en el padrón electoral.

En las elecciones de 2024, el TSE instaló 8,562 Juntas Receptoras de Votos en 1,595 centros de votación en territorio nacional y convocó a 102,855 ciudadanos para las JRV y 981 para las JRVEX. Los primeros cuatro miembros de las Juntas fueron propuestos por los partidos políticos con mayor cantidad de votos en la última elección, y el quinto integrante es elegido por sorteo.

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