Con 57 votos, la Asamblea Legislativa aprobó este jueves una reforma a la Ley especial para el ejercicio del sufragio que elimina la asignación automática de los votos de los salvadoreños en el exterior a la circunscripción del departamento de San Salvador.
En la ley estaban asignados automáticamente a San Salvador los votos de los salvadoreños que residen en el extranjero “y cuyo domicilio según Documento Único de Identidad sea fuera del territorio nacional”. Con la reforma, “asignarán su voto a la circunscripción en el extranjero”.
Así mismo, modificó el inciso que asignaba los votos de los salvadoreños que ejercieran su voto usando su pasaporte: antes se asignaba a la circunscripción del departamento de San Salvador y hoy se asignará a la circunscripción en el extranjero.
Con la reforma a esta normativa, no cambia la asignación de los votos de los salvadoreños que residen en el extranjero pero que tienen DUI con domicilio en territorio nacional, ya que sus votos se asignarán siempre al domicilio de su documento.
La reforma a la ley del voto en el exterior también reafirma el derecho de los salvadoreños domiciliados en el extranjero a “postularse” para elecciones de presidente de la República, diputados de la Asamblea Legislativa y concejos municipales, y elimina la mención del Parlamento Centroamericano (Parlacen), cuya participación está siendo eliminada de la Constitución y de todas las leyes del país.
El Legislativo reformó, además, el Código Electoral y la Ley de partidos políticos, con el fin de asignarle seis escaños legislativos o diputaciones a la circunscripción de salvadoreños en el exterior, restándolos del departamento de San Salvador y de La Libertad, en una redistribución considerada como avance democrático por el partido oficial, Nuevas Ideas, pero que la oposición consideró inconstitucional y distorsionada.
Antes de las reformas electorales, fue aprobada y ratificada una reforma constitucional al primer inciso del artículo 79 para dar representación legislativa a los salvadoreños en el exterior.

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