La Asamblea Legislativa reformó la Ley especial de estadísticas y censos, que rige la actividad estadística y censal de El Salvador, para introducir los conceptos de «ronda censal» e incluir las encuestas encargadas por el presidente de la República dentro de la categoría de «encuestas especiales».
En la «ronda censal» siempre fueron incluidos los censos nacionales, de población y vivienda, económico, agropecuario; en esta categoría fueron agregados el de pesca y Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares. Antes, la categoría solo era definida como «censos nacionales».
El artículo 2 de la ley define los rubros estadísticos de la función estadística y censal que funge el Banco Central de Reserva (BCR) en El Salvador.
La categoría de «estadísticas continuas» no fue modificada y siempre se incluyeron las sociodemográficas, género, salud, educación, culturales, empleo, previsión social, distribución del ingreso y costo de la vida, entre otras, así como las reguladas en la ley del BCR.
También, de las encuestas continuas fueron suprimidas las «encuestas especiales», las cuales no eran definidas y siempre quedaron como encuestas continuas las «sociales, demográficas, económicas, de precios, entre otras».
Dentro de las categorías, se introdujo el literal «e» de «encuestas especiales» que se definirán así: «en esta categoría se incluyen las encuestas solicitadas por el presidente de la República, así como otras que sean identificadas por el BCR y las requeridas por otras instituciones, por su relevancia para la formulación o evaluación de políticas públicas, que no estén comprendidas en los rubros anteriores. Estas últilas requerirán la declaración de interés previa por el Consejo Directivo del BCR».
Argumentó, primero, que la «ronda censal» es un término técnico estadístico internacional.
Según el BCR, “las encuestas especiales se han venido ejecutando» pero ahora necesitan que quede «específicamente detalladas en la ley».
Del artículo 14 de la ley actual, aprobada en 2023, ya se consideraba que el BCR podía realizar “encuestas nacionales que sean de interés general solicitados por el presidente de la República”, dicha disposición fue suprimida.

Deja una respuesta