Autor: Yolanda Magaña

  • Dictamen: extranjeros con residencia temporal deberán permanecer al menos 90 días cada año en El Salvador

    Dictamen: extranjeros con residencia temporal deberán permanecer al menos 90 días cada año en El Salvador

    La Comisión de Relaciones Exteriores de la Asamblea Legislativa dictaminó este lunes una reforma a la Ley general de migración y extranjería, para bajar de nueve meses a 90 días la permanencia mínima a los extranjeros con residencia temporal, facilitar la nacionalización de hijos de extranjeros naturalizados y definir que la pérdida definitiva de la nacionalización será por condenas de delitos dolosos graves.

    La reforma exigirá que permanezcan en territorio nacional por un mínimo de 90 días dentro de cada año, ya sea consecutivos o acumulados. La gerente de Extranjería de la Dirección General de Migración y Extranjería, Eleonora Eizabeth de Marroquín, explicó que actualmente deben permanecer nueve meses.

    “La exigencia que tenemos hoy es nueve meses dentro del territorio y no pueden estar afuera 90 días, la propuesta es que permanezcan 90 días dentro del territorio ya sea consecutivos o acumulados dentro de un año, para que no tengan que perder su calidad como residente”, explicó a los diputados.

    La gerente de Extranjería argumentó que han visto que la migración ha ido cambiando y por ello deben ajustar nuevos procedimientos, en este caso, señaló que algunos tienen “vacíos”. Señaló que los objetivos son fortalecer la jurídica y armonizar la legislación con principios constitucionales.

    “El perfil de los extranjeros que hace 20 años venían al país ya no son los mismos que vienen ahora, ahora la mayoría son personas de negocios, inversionistas. Sus mismos tipos de trabajo necesitan moverse más seguido”, indicó.

    Un segundo cambio a la ley será facilitar la nacionalización salvadoreña de los hijos de las personas extranjeras que hayan sido nacionalizadas salvadoreñas.

    Un tercer cambio será que quienes pierdan la nacionalidad salvadoreña no podrán recuperarla si han sido condenados por “delitos dolosos graves”. Migración, como modificación al proyecto original, pidió que se agregara “graves”.

    La Constitución de la República establece en el artículo 94 que la calidad de salvadoreño naturalizado se pierde por «sentencia ejecutoriada en los casos que determine la ley» –no especifica cuáles delitos– y que «quien pierda así la nacionalidad no podrá recuperarla».

    El diputado Raúl Chamagua, de Nuevas Ideas, aseguró que “no es que los requisitos o las exigencias de lo que la ley vigentes es que se vayan a poner a menos, entiendo yo que es prácticamente lo mismo salvo ciertas flexibilizaciones” que consideró totalmente válidas. “Muchas personas que estaban en este proceso de tener la nacionalidad o la naturalización se quejaban de ese punto, que no podían sostener los 90 días consecutivos de permanencia en el territorio por muchas razones”, indicó.

    Chamagua agregó que los requisitos de la ley vigente son los mismos “con la diferencia que ahora lo especifica dentro de 90 días calendario ya sea consecutivos o acumulados”. “No es que se estén eliminando estos requisitos, hay que dejarlo muy claro”, subrayó.

  • Alcalde de San Luis Talpa dice que no buscará la reelección hacia 2027

    Alcalde de San Luis Talpa dice que no buscará la reelección hacia 2027

    El alcalde de San Luis Talpa, Salvador Meléndez, de Gran Alianza por la Unidad Nacional (Gana), anunció este lunes que no buscará la reelección en su cargo.

    «Para mí es un momento doloroso y duro. Tengo 74 años de edad y no he gozado a mi familia, no la he disfrutado porque soy un hombre de trabajo. Quisiera seguir ayudando, sirviéndole a la población, pero ya hablé con mi familia y con Dios, y no voy a buscar la reelección para este nuevo periodo, me retiro para estar con mi familia», anunció a través de su cuenta en X @AlcaldeMenendez y también en la entrevista Frente a Frente de Telecorporación Salvadoreña.

    Aclaró que, que no busque la reelección, «no significa que yo no voy a cumplir mi trabajo hasta el último día de mi mandato municipal».

    «Voy a trabajar duro todavía porque quiero dejar, además de los legados que ya están y todo lo que he hecho antes por San Luis Talpa como municipio y hoy como distrito, y con todos los demás distritos de La Paz Oeste, quiero dejar más legados», expresó el funcionario.

    El jefe edilicio citó las amenazas que denunció en julio de 2020 y que dijo haber recibido a través de teléfono celular. Aseguró que en tres ocasiones lo han intentado asesinar. «¿Por qué? ¿Qué estamos haciendo algo de malo? Nada, lo que yo estaba haciendo era tratando de ayudarle a la gente a que ya no muriese de la enfermedad de insuficiencia renal. Le dispararon a mi vehículo, una vez me dispararon casi a quemarropa. Trataron de hacerme la vida imposible, pero no me rendí, luchamos muy fuerte», dijo, en referencia a su oposición al uso de agroquímicos en la zona.

    Recientemente, el alcalde metapaneco de Santa Ana Norte, Carlos Landaverde, anunció también que no participará en las elecciones porque «muchas cosas» le quitaron su tranquilidad. Landaverde ganó la comuna con una coalición de Nuevas Ideas y Cambio Democrático (CD).

  • Aumentan salvadoreños inadmisibles y con libertad condicional en EEUU en enero 2026

    Aumentan salvadoreños inadmisibles y con libertad condicional en EEUU en enero 2026

    La cantidad de salvadoreños inadmisibles se ha triplicado en los últimos meses, de 48 en febrero de 2025 a 142 en enero de 2026 y el número de salvadoreños con libertad condicional también se ha multiplicado de 13 casos registrados en febrero de 2025 a 110 en enero de 2026, según datos publicados por el Tracreports.org.

    Los datos del sitio público de análisis migratorio tracereports.org muestran un aumento general durante los últimos meses de migrantes inadmisibles pero también de casos otorgados de libertad condicional en los puertos de entrada de Estados Unidos.

    Así, en enero de 2026, la cantidad de personas de todos los países a las que se les otorgó libertad condicional aumentó de 3,304 en febrero de 2025 a 12,639 en enero de 2026, un lapso aproximado de un año. También, los migrantes inadmisibles han aumentado de 11,973 a 20,539 en el mismo lapso.

    La gráfica de tracereports.org muestra un aumento de las decisiones de libertad condicional (paroled) en los últimos cuatro meses. Esta gráfica incluye a migrantes de todas las nacionalidades. / tracereports.org.

    El Salvador no está entre los primeros países con mayor número de migrantes con libertad condicional en Estados Unidos. Estos son: India, México, China, Canadá, Brasil, Colombia, Guatemala, República Dominicana, Reino Unido y Jamaica.

    Los primeros 10 países con mayor número de libertad condicional (paroled) solo en enero de 2026. Tomado de: tracereports.org.

    Estos son los registros de las personas que llegan a los puertos de entrada de los Estados Unidos y son inadmisibles por diferentes razones. El uso de la «expulsión acelerada» por las autoridades portuarias bajó un 12 % en los últimos 12 meses, según tracereports.org, que también advierte que ha crecido la libertad condicional, que permite a los migrantes «ingresar temporalmente y residir en los Estados Unidos» sin tener una admisión formal por «razonas humanitarias. urgentes o beneficio público significativo».

    Durante 2025, la cantidad de salvadoreños inadmisibles por las autoridades portuarias (Oficina de Operaciones de Campo, OFO) osciló entre 27 y 86 mensuales; sin embargo, en enero de 2026 subió a 142. El dato, así como los sistematizados por traceports.org, excluye al personal de tripulación «que llegan sin buscar entrada y son confinados al puerto».

    Los salvadoreños que recibieron una decisión de la OFO de «paroled» o libertad condicional oscilaban entre 3 a 17 entre febrero y septiembre de 2025; pero aumentaron a 56 en octubre, 64 en noviembre, 54 en diciembre y 110 en enero de 2026.

    Sin embargo, la tendencia general indica que las decisiones de libertad condicional en los puertos han sido altas en los años fiscales estadounidenses 2023 y 2024, con una sensible disminución a partir de 2025.

    En lo que va del año fiscal 2026, se registra 35,659 casos de todas las nacionalidades; en años anteriores han sido 44,175 en 2025, 431,786 en 2024, 381,541 en 2023, 130,016 en 2022, 29,732 en 2021, 28,076 en 2020, 35,314 en 2019, 41,856 en 2018, 74,481 en 2017, 111,675 en 2016, 91,715 en 2015, 71,340 en 2014, 53,869 en 2013 y 27,800 en 2012.

    De la misma manera, las inadmisibilidades de migrantes extranjeros en los puntos de entrada también cayeron a partir de 2025. Estas han variado desde 216,529 en 2012, aumentó a más de 1 millón en 2023 y 2024, y bajaron a 438,826 en 2025 y a 91,234 en 2026, años fiscales estadounidenses.

  • RNPN adquiere licencias para verificación biométrica y autenticación de identidad digital

    RNPN adquiere licencias para verificación biométrica y autenticación de identidad digital

    El Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN) adquirió la licencia para una plataforma de verificación biométrica y autenticación documental para login.gob.sv, el portal de identificación digital que ofrece a los salvadoreños y que ofrece agilizar trámites en línea.

    El RNPN dispone de la plataforma login.gob.sv con la finalidad de que los salvadoreños creen su identificación en línea, y ofrece agilidad en los trámites, solicitud de solvencias y obtención de otra documentación en las instituciones del Estado.

    «Se requiere mecanismos de validación a distancia para gestionar procesos donde se requiere contar con la identidad digital para brindar una identificación inequívoca y unificada en el entorno digital, para habilitar procesos en línea dotado de seguridad a las personas y entidades que consumen y ofrecen servicios digitales», detalla el anexo del contrato 32213, correspondiente a la oferta de compra 350 del 12 de diciembre de 2025 llevada a través de la Bolsa de Productos y Servicios (Bolpros).

    El contrato incluye dos ítems: una licencia de plataforma de Onboarding con prueba de vida, autenticación documental, más OTP (contraseña de un solo uso) para 4,200,000 clics»; y en segundo lugar, el servicio de implementación e integración técnica con plataforma institucional, acompañamiento especializado y seguimiento operativo.

    El primer ítem permitiría un «proceso completo de verificación de identidad» (onboarding) con la captura del Documento Único de Identidad (DUI), el pasaporte, la tarjeta de residente o DUI digital, además de la prueba de vida mediante selfi o video, y la verificación del código OTP al celular. El proceso no requerirá descargar una APP e incluiría «mecanismos contra deepfakes».

    La plataforma promete realizar una identificación segura, eficiencia y modernización de los servicios de Gobierno y simplificación de los trámites en línea. Hasta diciembre de 2024, el RNPN informó que poseía un millón de usuarios.

    El contrato para la adquisición del «Licenciamiento de verificación biométrica y autenticación documental para el portal login.gob.sv más servicios de implementación e integración» tendrá vigencia hasta el 9 de agosto de 2027, de acuerdo al contrato de compra venta publicado en el Portal de Transparencia de la institución. El valor del contrato es $1,420,014.50.

    La institución también adquirió, con vigencia hasta el 31 de enero de 2027, un «Licenciamiento de sistema de monitoreo de disponibilidad y ciberseguridad» contratado el 28 de noviembre de 2025 por $118,500.

    Según la descripción de la licencia, esta incluye detección de amenazas complejas, gestión continua de vulnerabilidades con escaneos periódicos, gestión de de superficie de ataque «para monitoreo continuo de activos digitales expuestos», entre otros. «La arquitectura incluirá agentes ligeros distribuidos, oficinas centrales, centros de datos, oficinas de enrolamiento, emisión y entrega de DUI (consulados) y duicentros», indica.

    Los servicios críticos que serán monitoreados incluye el servicio de identidad digital, el sistema REVFA con los 262 distritos, el servicio «Todos», utilizado por 40 instituciones públicas y privadas que proporciona datos de identidad basados en el DUI, entre otros.

     

  • Reforma flexibiliza historial crediticio para MYPE y elimina responsabilidad personal por atrasos en pagos a proveedores

    Reforma flexibiliza historial crediticio para MYPE y elimina responsabilidad personal por atrasos en pagos a proveedores

    Las reformas a la Ley de fomento, protección y desarrollo para la micro y pequeña empresa (MYPE), aprobadas esta semana, incorporan cambios que buscan facilitar el acceso al financiamiento del sector y también elimina la responsabilidad personal de los titulares de instituciones públicas por atrasos en pagos a proveedores.

    Uno de los cambios más relevantes se introduce en el artículo 45, donde se establece que el sector financiero deberá ofrecer servicios financieros, no financieros y de desarrollo de mercados de capitales que respondan a las necesidades de las MYPE.

    La reforma indica que estos servicios deberán contar con un “enfoque de riesgo diferenciado”, que incluya la flexibilización de requisitos como el historial crediticio y el tiempo de operación en el mercado, con el objetivo de facilitar el acceso a fondos y la formalización de estas empresas.

    Otro de los cambios es la derogación de los artículos 33 y 33-A de la ley. Este último establecía que los titulares de las distintas instituciones del Estado serían responsables de pagar oportunamente las obligaciones asumidas a través de contratos de proveeduría, particularmente con las MYPE. Con la reforma, esta responsabilidad personal queda eliminada.

    Sin embargo, la reforma incorporó en el artículo 32 que el Ministerio de Hacienda deberá establecer mecanismos para priorizar la cancelación de las cuentas por pagar a las MYPE presentadas por los jefes de las unidades financieras institucionales o quienes desempeñen esas funciones.

    El artículo 33, que regulaba la compensación a las MYPE por incumplimientos en pagos, es trasladado prácticamente al artículo 32. Esta compensación equivale al interés legal mercantil vigente sobre las sumas adeudadas.

    La reforma mantiene el plazo máximo de 30 días para que el Estado cancele pagos a sus proveedores MYPE y establece que el trámite para solicitar la compensación deberá realizarse mediante el procedimiento definido en la Ley de Compras Públicas.

    Las modificaciones también ajustan levemente los montos de ingresos utilizados para definir la clasificación de las MYPE. En el artículo 3 se añade que esta clasificación servirá de base para políticas de simplificación de trámites, agilización del proceso de formalización, costos de servicios de trámites y tarifas preferenciales, con el propósito de favorecer a estas empresas y promover su inclusión financiera. Asimismo, el artículo 21 establece que los costos de los servicios de trámites en las instituciones de Gobierno deberán ser proporcionales a la clasificación de la empresa.

    Las reformas incluyeron al Ministerio de Hacienda como miembro de la junta directiva y eliminan a los representantes de las universidades. También se retira a las universidades de los consejos de administración de los fondos Fecamype y Programype en el artículo 52-C. Sin embargo, se mantienen en el artículo 62, que establece que el Ministerio de Economía y Conamype, en coordinación con otras instituciones públicas, privadas y universidades, promoverán la calidad, innovación y el desarrollo tecnológico de las MYPE.

    Además, se crearían las “mesas técnicas representativas locales” que deberán conformar los gobiernos municipales o alcaldías junto con sectores productivos y empresariales MYPE, gremiales y otros actores, con el fin de formular planes de acción y gestionar proyectos y programas para el sector. Con esta medida se eliminarían los comités municipales y departamentales que tenía la normativa.

    La reforma también incorpora el artículo 20-A, que establece que las personas naturales deberán presentar obligatoriamente su declaración de impuesto sobre la renta o una declaración jurada de ingresos para inscribirse en el Registro MYPE. Asimismo, las empresas deberán actualizar los datos de su registro cada dos años para mantener su certificación.

  • William Soriano señala a las ONG de molestarse por Escudo de las Américas ante críticas sobre derechos

    William Soriano señala a las ONG de molestarse por Escudo de las Américas ante críticas sobre derechos

    En clara referencia a las organizaciones no gubernamentales que acusaron al Estado salvadoreño de cometer violaciones a derechos humanos en una audiencia la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el diputado William Soriano, de Nuevas Ideas, señaló a estas entidades de estar “furiosos” por el Escudo de las Américas.

    El diputado de Nuevas Ideas por La Unión aseguró que las organizaciones “jamás le perdonarán al presidente Nayib Bukele haber expuesto la industria millonaria de las ONG” y sostuvo que estas organizaciones “se alimentaban de dinero de los contribuyentes, de donantes oscuros con agendas nefastas”.

    “El Escudo de Las Américas los tiene furiosos. No le perdonarán que, a pesar de sus mil y un intentos, cada día tienen menos relevancia y necesitan activar todos sus tentáculos en un esfuerzo millonario por intentar una vez más destruir y manchar lo que ha liberado a millones de salvadoreños”, expresó en X.

    Según Soriano, las organizaciones estarían molestas con el presidente Bukele por “destruir la industria del crimen que tanto rédito les daba (premios, libros, documentales)” y por “unificar a América bajo un modelo de seguridad exitoso aclamado por millones”.

    Aunque las oenegés no participan en las elecciones presidenciales, el diputado de Nuevas Ideas expresó que, “al tener la más mínima posibilidad de recuperar el poder político y económico que una vez los hizo relevantes”, “destruirán la seguridad que ahora vive el país”. “Extrañan aquellos tiempos donde asesinaron a más de 41,000 salvadoreños y nadie hizo un esfuerzo similar para denunciarlo, o tan siquiera para detenerlo”, afirmó.

    Soriano cita un texto en el cual se asevera que “la Corte Penal Internacional, normalmente, como parte de la política criminal de este tribunal, investiga y sanciona a los más altos funcionarios del Estado que participaron” y que en el “corto, mediano o largo plazo cuando hay un cambio de Gobierno o cuando hay algún tercer país que tenga la capacidad jurídica para iniciar investigaciones de la humanidad se pueda actuar”.

    Los comentarios del legislador se dan después de una audiencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en la cual organizaciones no gubernamentales denunciaron persecución política, desapariciones forzadas, muertes de detenidos bajo custodia policial, torturas y de posibles crímenes de lesa humanidad; mientras el Gobierno rechazó los señalamientos.

  • Representante de la Organización Mundial contra la Tortura pidió a la CIDH incluir a El Salvador en lista de países con violaciones a derechos

    Representante de la Organización Mundial contra la Tortura pidió a la CIDH incluir a El Salvador en lista de países con violaciones a derechos

    Donovan Ortega, representante de la Organización Mundial contra la Tortura (OMCT), una entidad cuya sede central está en Ginebra, Suiz, pidió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) incluir a El Salvador en el capítulo IV.B de su informe anual.

    Durante su breve intervención, el representante de la OMCT pidió «que la Comisión publicite su informe de seguimiento de recomendaciones del informe del estado de excepción y derechos humanos; y evalúe la inclusión de El Salvador en el capítulo IV.B del informe anual”.

    El Capítulo IV.B es una sección del informe anual que la CIDH presenta cada año ante la Organización de los Estados Americanos (OEA) y en donde se incluye a los países del continente que considera merecen una atención especial por la situación de derechos humanos.

    La inclusión se genera, por ejemplo, cuando hay violaciones graves o sistemáticas de derechos humanos, debilitamiento del Estado de derecho, ataques a la independencia judicial, restricciones a libertades fundamentales.

    Si un país está en el Capítulo IV.B, la CIDH podría hacer un análisis detallado de la situación en ese país, recomendar medidas y hacer más monitoreo internacional.

    El Gobierno salvadoreño ha criticado los señalamientos de las organizaciones en las audiencias de la CIDH, acusando a las organizaciones de defender «únicamente» a los criminales o pandilleros, y cuestionando por qué no denuncian delitos de lesa humanidad cometidos por las pandillas.

    El representante de la OMCT, quien se presentó como parte de la sociedad civil en la audiencia, también pidió que la Comisión «inste al Estado a abstenerse de cualquier represalia, hostigamiento o criminalización» contra los participantes de la audiencia, así como a «a cesar la persecución judicial y extrajudicial de personas defensoras para silenciar las voces críticas, disuadir la protesta social o desarticular procesos organizativos comunitarios».

  • Polémica entre Gobierno y organizaciones por “crímenes de lesa humanidad”

    Polémica entre Gobierno y organizaciones por “crímenes de lesa humanidad”

    Esta semana, se generó una polémica por un informe realizado por cinco expertos internacionales que aseveraron que «existen motivos para creer que se han cometido  crímenes de lesa humanidad» durante el régimen de excepción en El Salvador.

    El artículo 7 del Estatuto de Roma define como crímenes de lesa humanidad como aquellos cometidos como «parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque», ya sea asesinato, exterminio, esclavitud, traslado forzoso, encarcelación, tortura, violación, persecución, desaparición forzada u otros actos inhumanos.

    El informe del Grupo Internacional de Expertas y Expertos para la Investigación de Violaciones de Derechos Humanos bajo el Estado de Excepción en El Salvador (GIPES), sostuvo que hay más de 89,000 personas detenidas de forma masiva y arbitraria, al menos 8,000 personas inocentes liberadas reconocidas por el gobierno, 3,000 menores privados de libertad, 400 personas fallecidas bajo custodia estatal, 540 casos documentados de desapariciones forzadas, 814 casos de tratos crueles hasta marzo de 2024, 40 periodistas desplazados, 34 defensores de derechos humanos y 18 sindicalistas detenidos por razones políticas.

    El informe también incluye casos específicos, como el de Alejandro Muyshondt, Ruth López,  Enrique Anaya, José Santos Melara, Verónica Delgado, entre otros.

    La polémica se centra en torno a la aseveración de posibles «delitos de lesa humanidad»: los autores argumentan que es una política de Estado y que los crímenes individuales no son aislados sino generalizados.

    El Gobierno rechazó esta semana, tanto el presidente Nayib Bukele, como el vicepresidente Félix Ulloa, así como diputados de Nuevas Ideas, la comisión de crímenes de lesa humanidad con diferentes mensajes en redes sociales.

    Bukele deslegitimó a las organizaciones no gubernamentales y a los expertos, señalándolos de tener una agenda coordinada y financiada desde el exterior (George Soros) y de preocuparse exclusivamente de los derechos de los delincuentes. «Únicamente defienden los derechos de los criminales», indicó en X.

    Por su parte, Félix Ulloa, vicepresidente, cuestionó por qué las organizaciones no han denunciado el «genocidio» provocado por las pandillas argumentando que este es crimen de lesa humanidad.

    Mientras, la viceministra de Relaciones Exteriores, Adriana Mira, rechazó las denuncias de criminalización de defensores de derechos humanos argumentando que la ley se aplica a todos por igual si cometen delitos. «La labor de defensa de derechos humanos no es criminalizada en El Salvador pero tampoco puede ser un carta de inmunidad», dijo en la audiencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) celebrada el miércoles para dialogar sobre la situación de los derechos de los defensores de derechos humanos.

  • Así se definirán las micro y pequeña empresa según las reformas a la ley MYPE

    Así se definirán las micro y pequeña empresa según las reformas a la ley MYPE

    Las reformas a la Ley de fomento, protección y desarrollo para la micro y pequeña empresa aprobadas el miércoles modificaron levemente los montos de ingresos por los cuales se definirán las mype.

    Esta será la clasificación oficial reconocida legalmente por la Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Conamype) para otorgar beneficios o establecer requisitos a las micro y pequeñas empresas.

    Quedaron así:

    1 – MICROEMPRESA: ventas hasta $204,400 y hasta 10 trabajadores.

    Una microempresa será aquella persona natural o jurídica que tenga un nivel de ventas brutas anuales de hasta 500 salarios mínimos ($204,400), antes era hasta 482 salarios mínimos del sector comercio y servicios. Estas tienen hasta 10 trabajadores. Se clasificarán en tres subcategorías.

    Microempresas de subsistencia: ventas desde 0 hasta $23,301.6 y hasta 2 trabajadores.

    Si el nivel de ventas brutas anuales de bienes o servicios llegan hasta 57 salarios mínimos ($23,301.6) y se mantiene que tengan hasta 2 trabajadores.

    Microempresas de acumulación: ventas desde $23,301.60 hasta $122,640 y de 3 a 4 trabajadores.

    Es decir, si el nivel de ingresos por ventas brutas anuales es mayor a 57 o llega hasta 300 salarios mínimos ($122,640), y tiene de 3 a 4 trabajadores, es una microempresa de acumulación.

    Microempresas de expansión: ventas desde $122,640 hasta $204,400, y de 5 a 10 trabajadores.

    Si el nivel de ingresos o ventas brutas anuales es mayor a 300 o llega hasta 500 salarios mínimos, y tiene de 5 a 10 trabajadores, es una microempresa de expansión.

     

    2- PEQUEÑA EMPRESA: Ventas desde más de $204,400 hasta $2,044,000.

    Una pequeña empresa será una persona natural o jurídica que tenga un nivel de ventas brutas anuales mayores a 500 salarios mínimos hasta 5,000 salarios mínimos. Antes el techo máximo era 4,817 salarios mínimos, siempre del sector comercio y servicios.

    El piso para la pequeña empresa pasa a ventas mayores a 500. Se mantiene que las pequeñas empresas tienen de 11 a 50 trabajadores.

  • Nombran a representantes por el Minec ante el Fideicomiso de Desarrollo Cooperativo Salvadoreño (Fidecosal)

    Nombran a representantes por el Minec ante el Fideicomiso de Desarrollo Cooperativo Salvadoreño (Fidecosal)

    El Ministerio de Economía nombró a sus representantes en el Fideicomiso de Desarrollo Cooperativo Salvadoreño (Fidecosal), una entidad impulsada para “las cooperativas que necesiten financiamiento y soporte técnico, así como a las intermediarias financieras correspondientes”, así como para “cooperativas de producción agrícola y para la comercialización de sus productos generados”.

    El Fidecosal se constituye de un Consejo de Administración integrado por seis miembros propietarios y sus respectivos suplentes. Uno de los representantes es nombrado por el Ministerio de Economía.

    Según el acuerdo 114 del Ministerio de Economía, el 27 de octubre de 2025 se nombró a José Adonay Molina Arias y Norma Gloria Campos de Infantozzi como miembros propietario y suplente, respectivamente, para finalizar un periodo de tres año que concluyó el 17 de febrero de 2026.

    Así, el Minec informó que acordó nombrar nuevamente a ambos como sus representantes ante el Consejo de Administración, para el periodo que inicia el 18 de febrero de 2026 y finaliza el 17 de febrero de 2029.

    Molina Arias es jefe de la División de Contabilidad y Campos de Infantozzi se desempeña como colaboradora jurídica según el mismo acuerdo, firmado por la ministra de Economía, María Luisa Hayem y publicado el 4 de marzo en el Diario Oficial.

    El Fidecosal nació con el objetivo de apoyar a familias de los cooperativistas del país con créditos para actividades productivas sostenibles.