Autor: Yolanda Magaña

  • Polémica entre Gobierno y organizaciones por “crímenes de lesa humanidad”

    Polémica entre Gobierno y organizaciones por “crímenes de lesa humanidad”

    Esta semana, se generó una polémica por un informe realizado por cinco expertos internacionales que aseveraron que «existen motivos para creer que se han cometido  crímenes de lesa humanidad» durante el régimen de excepción en El Salvador.

    El artículo 7 del Estatuto de Roma define como crímenes de lesa humanidad como aquellos cometidos como «parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque», ya sea asesinato, exterminio, esclavitud, traslado forzoso, encarcelación, tortura, violación, persecución, desaparición forzada u otros actos inhumanos.

    El informe del Grupo Internacional de Expertas y Expertos para la Investigación de Violaciones de Derechos Humanos bajo el Estado de Excepción en El Salvador (GIPES), sostuvo que hay más de 89,000 personas detenidas de forma masiva y arbitraria, al menos 8,000 personas inocentes liberadas reconocidas por el gobierno, 3,000 menores privados de libertad, 400 personas fallecidas bajo custodia estatal, 540 casos documentados de desapariciones forzadas, 814 casos de tratos crueles hasta marzo de 2024, 40 periodistas desplazados, 34 defensores de derechos humanos y 18 sindicalistas detenidos por razones políticas.

    El informe también incluye casos específicos, como el de Alejandro Muyshondt, Ruth López,  Enrique Anaya, José Santos Melara, Verónica Delgado, entre otros.

    La polémica se centra en torno a la aseveración de posibles «delitos de lesa humanidad»: los autores argumentan que es una política de Estado y que los crímenes individuales no son aislados sino generalizados.

    El Gobierno rechazó esta semana, tanto el presidente Nayib Bukele, como el vicepresidente Félix Ulloa, así como diputados de Nuevas Ideas, la comisión de crímenes de lesa humanidad con diferentes mensajes en redes sociales.

    Bukele deslegitimó a las organizaciones no gubernamentales y a los expertos, señalándolos de tener una agenda coordinada y financiada desde el exterior (George Soros) y de preocuparse exclusivamente de los derechos de los delincuentes. «Únicamente defienden los derechos de los criminales», indicó en X.

    Por su parte, Félix Ulloa, vicepresidente, cuestionó por qué las organizaciones no han denunciado el «genocidio» provocado por las pandillas argumentando que este es crimen de lesa humanidad.

    Mientras, la viceministra de Relaciones Exteriores, Adriana Mira, rechazó las denuncias de criminalización de defensores de derechos humanos argumentando que la ley se aplica a todos por igual si cometen delitos. «La labor de defensa de derechos humanos no es criminalizada en El Salvador pero tampoco puede ser un carta de inmunidad», dijo en la audiencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) celebrada el miércoles para dialogar sobre la situación de los derechos de los defensores de derechos humanos.

  • Así se definirán las micro y pequeña empresa según las reformas a la ley MYPE

    Así se definirán las micro y pequeña empresa según las reformas a la ley MYPE

    Las reformas a la Ley de fomento, protección y desarrollo para la micro y pequeña empresa aprobadas el miércoles modificaron levemente los montos de ingresos por los cuales se definirán las mype.

    Esta será la clasificación oficial reconocida legalmente por la Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Conamype) para otorgar beneficios o establecer requisitos a las micro y pequeñas empresas.

    Quedaron así:

    1 – MICROEMPRESA: ventas hasta $204,400 y hasta 10 trabajadores.

    Una microempresa será aquella persona natural o jurídica que tenga un nivel de ventas brutas anuales de hasta 500 salarios mínimos ($204,400), antes era hasta 482 salarios mínimos del sector comercio y servicios. Estas tienen hasta 10 trabajadores. Se clasificarán en tres subcategorías.

    Microempresas de subsistencia: ventas desde 0 hasta $23,301.6 y hasta 2 trabajadores.

    Si el nivel de ventas brutas anuales de bienes o servicios llegan hasta 57 salarios mínimos ($23,301.6) y se mantiene que tengan hasta 2 trabajadores.

    Microempresas de acumulación: ventas desde $23,301.60 hasta $122,640 y de 3 a 4 trabajadores.

    Es decir, si el nivel de ingresos por ventas brutas anuales es mayor a 57 o llega hasta 300 salarios mínimos ($122,640), y tiene de 3 a 4 trabajadores, es una microempresa de acumulación.

    Microempresas de expansión: ventas desde $122,640 hasta $204,400, y de 5 a 10 trabajadores.

    Si el nivel de ingresos o ventas brutas anuales es mayor a 300 o llega hasta 500 salarios mínimos, y tiene de 5 a 10 trabajadores, es una microempresa de expansión.

     

    2- PEQUEÑA EMPRESA: Ventas desde más de $204,400 hasta $2,044,000.

    Una pequeña empresa será una persona natural o jurídica que tenga un nivel de ventas brutas anuales mayores a 500 salarios mínimos hasta 5,000 salarios mínimos. Antes el techo máximo era 4,817 salarios mínimos, siempre del sector comercio y servicios.

    El piso para la pequeña empresa pasa a ventas mayores a 500. Se mantiene que las pequeñas empresas tienen de 11 a 50 trabajadores.

  • Nombran a representantes por el Minec ante el Fideicomiso de Desarrollo Cooperativo Salvadoreño (Fidecosal)

    Nombran a representantes por el Minec ante el Fideicomiso de Desarrollo Cooperativo Salvadoreño (Fidecosal)

    El Ministerio de Economía nombró a sus representantes en el Fideicomiso de Desarrollo Cooperativo Salvadoreño (Fidecosal), una entidad impulsada para “las cooperativas que necesiten financiamiento y soporte técnico, así como a las intermediarias financieras correspondientes”, así como para “cooperativas de producción agrícola y para la comercialización de sus productos generados”.

    El Fidecosal se constituye de un Consejo de Administración integrado por seis miembros propietarios y sus respectivos suplentes. Uno de los representantes es nombrado por el Ministerio de Economía.

    Según el acuerdo 114 del Ministerio de Economía, el 27 de octubre de 2025 se nombró a José Adonay Molina Arias y Norma Gloria Campos de Infantozzi como miembros propietario y suplente, respectivamente, para finalizar un periodo de tres año que concluyó el 17 de febrero de 2026.

    Así, el Minec informó que acordó nombrar nuevamente a ambos como sus representantes ante el Consejo de Administración, para el periodo que inicia el 18 de febrero de 2026 y finaliza el 17 de febrero de 2029.

    Molina Arias es jefe de la División de Contabilidad y Campos de Infantozzi se desempeña como colaboradora jurídica según el mismo acuerdo, firmado por la ministra de Economía, María Luisa Hayem y publicado el 4 de marzo en el Diario Oficial.

    El Fidecosal nació con el objetivo de apoyar a familias de los cooperativistas del país con créditos para actividades productivas sostenibles.

  • Gobernación contratará a técnico para el control documental en el Registro de Agentes Extranjeros

    Gobernación contratará a técnico para el control documental en el Registro de Agentes Extranjeros

    El Ministerio de Gobernación abrió un proceso para contratar a un técnico de control documental de la Dirección del Registro de Agentes Extranjeros que tendría un salario de $1,000 mensuales.

    Según la publicación, Gobernación requiere que el «técnico de control documental» sea un estudiante universitario, con estudios de “Licenciatura en Historia y afines, Licenciatura en Administración de Empresas, Relaciones Internacionales, Ingeniería e Informática, etc”.

    El Gobierno requiere “un año en puestos similares” y que tenga conocimientos en la “Ley de acceso a la información pública y sus lineamientos”, normas de seguridad para manejo de archivo, y gestión documental. También requerirán la solvencia de la Policía Nacional Civil y antecedentes penales.

    El último día para presentar la documentación fue el jueves 12 de marzo de 2026.

    El Registro de Agentes Extranjeros (RAEX) del Ministerio de Gobernación y Desarrollo fue creado a raíz de la Ley de agentes extranjeros, aprobada el 20 de mayo de 2025, y es aplicada a personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras que “respondan a intereses o sean financiadas” por extranjeros, o a “mandantes extranjeros”, las personas representantes de partidos, corporaciones o personas jurídicas extranjeras.

    El RAEX tiene amplias facultades, como requerir documentos a los sujetos obligados, informes, remitir a Fiscalía un informe semestral de las actividades realizadas, colaborar con otras instituciones del Estado y decidir quiénes estarán excluidos de la ley.

    La ley establece un impuesto del 30 % sobre las donaciones extranjeras pero los agentes extranjeros pueden solicitar la exclusión.

  • Ulloa se reúne con salvadoreños residentes en Chile y les insta a compartir vivencia sobre El Salvador

    Ulloa se reúne con salvadoreños residentes en Chile y les insta a compartir vivencia sobre El Salvador

    El vicepresidente salvadoreño, Félix Ulloa, se reunió con salvadoreños residentes en Chile a quienes les expresó la importancia de la diáspora como “puente entre naciones” en relación a vínculos culturales y económicos. Ulloa realiza una visita a Chile, donde asistió a la toma de posesión de José Antonio Kast como presidente electo del país sureño.

    El encuentro con los salvadoreños en Chile pretendió fomentar la cercanía e los salvadoreños «con la realidad política, social, cultural y gastronómica de El Salvador». Según la Vicepresidencia, el funcionario instó a compartir esa vivencia dentro de las comunidades en el exterior.

    A la reunión, asistió el embajador de El Salvador en Chile, Mauricio Peñate.

    De acuerdo con el comunicado, Ulloa se refirió a la “promoción del comercio, las inversiones y el intercambio de experiencias entre ambos países».

    Señaló que El Salvador avanza «en una etapa de transformación marcada por logros concretos en materia de seguridad, acceso a vivienda y salud» y mencionó el impulso de la aplicación DoctorSV.

    El vicemandatario aseguró que la mejor manera de conocer el momento que vive El Salvador «es visitarlo y experimentar de primera mano el clima de seguridad» y de «libertad».

    Esta semana, un grupo de organizaciones y expertos manifestaron en una audiencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que hay suficientes bases para creer en que se han cometido delitos de lesa humanidad en el régimen de excepción, aprobado desde el 27 de marzo de 2022, además de denunciar capturas arbitrarias, torturas, desapariciones forzadas y muertes de detenidos en los centros penales.

    En la audiencia, sobre la situación de derechos humanos de los defensores de derechos humanos, celebrada el miércoles 11 de marzo, desde Guatemala, la CIDH preguntó al Estado salvadoreño por las medidas cautelares emitidas a favor de los abogados Ruth Eleonora López y Salvador Enrique Anaya, ambos detenidos; y recibió denuncias de casos de persecución política.

    La vicecanciller, Adriana Mira, negó en la audiencia que haya habido casos de persecución política y señaló que los defensores de derechos humanos no están bajo impunidad.

  • Salvadoreños en territorio nacional tienen hasta el 27 de abril para actualizar su dirección en DUI y Registro Electoral

    Salvadoreños en territorio nacional tienen hasta el 27 de abril para actualizar su dirección en DUI y Registro Electoral

    El Tribunal Supremo Electoral (TSE) recordó que el 27 de abril de 2026 es el último día para que los salvadoreños que residen en el territorio nacional actualicen su dirección en el Documento Único de Identidad (DUI).

    Para los salvadoreños en el extranjero, la fecha límite es el 29 de noviembre de 2026, lo cual establece siete meses más que los salvadoreños en territorio nacional para cambiar domicilio en el DUI.

    Los electores están obligados a tener su domicilio actualizado en su DUI. Además, cambiar de domicilio para votar en otra circunscripción que no le corresponde es delito electoral de acuerdo con el artículo 295 del Código Penal.

    Las fechas límites para actualizar la dirección en el DUI se establecen en función de la actualización del Registro Electoral: si los salvadoreños actualizan domicilio a tiempo son incluidos en el Registro Electoral y padrón electoral que será utilizado en las elecciones del 28 de febrero de 2027.

    Quienes no lo hagan en ese tiempo, sí logran modificar su domicilio en sus DUI pero no que este sea incluido en el Registro Electoral.

    Los salvadoreños en el extranjero, además, tendrán hasta el 29 de noviembre de 2026 para inscribirse en el Registro Electoral con el trámite de su DUI, a diferencia de los salvadoreños que residen en territorio nacional, que tienen hasta el 31 de agosto de 2026 para realizar nuevas inscripciones en el Registro Electoral 2027 tramitando su DUI por primera vez.

    Hasta el 6 de marzo, el Registro Electoral de El Salvador tenía 6,477,745 salvadoreños inscritos: 5,533,061 salvadoreños en territorio nacional y 944,684 salvadoreños en el exterior.

  • Gobierno pide reformar ley de comercialización y registro del café

    Gobierno pide reformar ley de comercialización y registro del café

    El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) entregó el miércoles un proyecto de reformas a la «Ley especial para la comercialización, registro y protección de la propiedad del café» que agrega infracciones, reduce el plazo para los permisos de exportación y establece que el resultado del análisis de calidad no será vinculante.

    El proyecto fue enviado por el viceministro de Agricultura y Ganadería, Óscar Domínguez, y fue trasladado a la Comisión de Salud, Agricultura y Medio Ambiente, que se reunirá el lunes.

    La reforma agregaría como infracción grave «realizar actividades de procesamiento de café en sus diferentes estados sin estar acreditado en el Instituto» Salvadoreño del Café (ISC); y también agrega como «infracción muy grave» las operaciones de compra o venta de café cuando haya registros vencidos.

    A los beneficiadores, pergamineros, intermediarios y exportadores se agregaría la obligación de informar sobre «los ingresos de café de terceros para su procesamiento como contratación de servicios».

    Si la reforma se aprueba, el servicio aduanero deberá remitir al ISC los permisos de exportación caducados, alterados o con los cuales se busque amparar exportaciones que no corresponden. La ley actual dice que se remite al delegado del Ministerio de Hacienda en el ISC.

    También, se establecería un plazo máximo de dos días hábiles para que la autoridad policial envíe al beneficio más cercano el café decomisado por falta de documentos del origen y destino. La ley actual, que no establece un plazo, indica que el café decomisado debe ser comercializado por el beneficio y el ISC debe custodiar el valor de la venta mientras se determina la responsabilidad.

    El proyecto también agrega a los semilleristas en la cadena productiva del café que debe inscribirse en los registros del ISC.

    Para la exportación: datos, condiciones y plazos

    Con la reforma, los exportadores tendrían un plazo de tres días hábiles para enviar la muestra de café a exportar a la unidad de control del ISC; el plazo cuenta desde la solicitud del permiso.

    En el artículo 38, se agregaría que «el resultado del análisis de calidad no será vinculante para la autorización del permiso de exportación«.

    Se permitiría a los exportadores «omitir provisionalmente» datos sobre mes de embarque, puerto de embarque y puerto de destino, si no tiene dicha información en el momento de inscripción del contrato de exportación. «Debiendo proporcionarlos al Instituto tan pronto como le sea posible obtenerlos», indica.

    También, la modificación reduciría el plazo máximo de cinco a tres días hábiles que tiene el ISC para generar un permiso de exportación luego de la inscripción del contrato.

    Se agregaría también que los permisos de exportación deben contener estado, proceso, tipo de preparación, certificación, empaque y precio FOB por kilogramo; y ya no deberá incluir la fecha de caducidad del permiso. Los permisos de exportación, según la propuesta, tendrían una vigencia de 60 días hábiles renovables a solicitud del exportador.

  • Micro y pequeñas empresas deberán presentar declaración de renta o ingresos para inscribirse en Registro MYPE

    Micro y pequeñas empresas deberán presentar declaración de renta o ingresos para inscribirse en Registro MYPE

    Una de las reformas aprobadas el miércoles a la Ley del fomento de la micro y pequeña empresa obligará a las personas naturales y jurídicas a “presentar declaración de impuesto sobre la renta o declaración jurada de sus ingresos” para inscribirse en el Registro MYPE que administra la Comisión Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Conamype).

    En la reforma se incorporó un nuevo artículo 20-A que establece que estas declaraciones deben presentarse, además del Documento Único de Identidad o el Número Único de Identificación, y si es persona jurídica, debe presentar el NIT, la matrícula de empresa, personería jurídica y credenciales vigentes.

    Además, las micro y pequeñas empresas (MYPE) deberán “actualizar sus datos cada dos años para efectos de conservar su certificación y con el propósito de constatar su nivel de desarrollo empresarial”.

    Los requisitos actuales son ser persona natural o jurídica, y contar con DUI/NIT, y tener escritura de constitución si es una sociedad. El registro actual se realiza a través de mype.miempresa.gob.sv y requiere una declaración jurada.

    Según la ley, si una MYPE no se inscribe esta no es reconocida por la Conamype como micro o pequeña empresa, y por tanto no accede a beneficios, como costos proporcionales de trámites o acceso a programas de financiamiento de los fideicomisos Progamype y Fecamype.

    El Fideicomiso Fecamype ofrece programas de financiamiento “incluyente” para micros y pequeñas empresas que tengan condiciones de exclusión financiera, es decir, que no tengan acceso a crédito por sobreendeudamiento, falta de garantía suficiente, tasa de interés alta, actividad nueva o poco tiempo de negocio, o por desconocimiento.

    Mientras, el Programa de Garantía para la Micro y Pequeña Empresa (Programype) otorga garantías crediticias a empresarios que no tengan; actualmente, se tramita en el Banco Hipotecario.

    Durante el año 2025, Conamype ha proveído un total de 9,049 servicios de formalización a las mypes; las cifra es un poco menor a las 9,382 formalizadas en 2024 y a las 13,763 formalizadas en 2023, según las cifras compartidas por el presidente de Conamype, Paul Steiner, en la Comisión de Tecnología de la Asamblea Legislativa.

    La institución sostienen que las ventas en las mypes se han incrementado en $36.5 millones y las exportaciones en $5.9 millones en 2025.

    Actualmente están registradas en Conamype un total de 16,916 pequeñas empresas, 289,508 microempresas con 4 a 10 trabajadores y 839,892 microempresas con menos de 4 trabajadores. El 68 % de mypes son lideradas por mujeres.

  • Residentes temporales deberán permanecer un mínimo de 90 días por año en territorio salvadoreño según propuesta de reforma

    Residentes temporales deberán permanecer un mínimo de 90 días por año en territorio salvadoreño según propuesta de reforma

    El ministro de Seguridad Pública y Justicia, Gustavo Villatoro, pidió a la Asamblea Legislativa una reforma a la Ley general de migración y extranjería, para homologar requisitos de permanencia mínima a las personas extranjeras con residencia temporal, facilitar la nacionalización de hijos de extranjeros naturalizados y definir la pérdida definitiva de la nacionalización por condenas de delitos dolosos.

    Actualmente, la ley de migración establece que un extranjero perderá la residencia temporal si se ausenta más de seis meses consecutivos o acumulados y que se cancelará la autorización cuando se ausente por más de tres meses consecutivos o cuatro meses acumulados en un mismo año, salvo por salud, causales familiares o excepciones de otro orden.

    La propuesta de reforma exige que permanezcan en territorio nacional por un mínimo de 90 días dentro de cada año, ya sea consecutivos o acumulados.

    La modificación facilitaría la nacionalización salvadoreña de los hijos de las personas extranjeras que hayan sido nacionalizadas salvadoreñas.

    Extranjeros con delitos dolosos

    Un tercer cambio planteado en el proyecto establece que quienes pierdan la nacionalidad salvadoreña no podrán recuperarla si han sido condenados por delitos «dolosos».

    La Constitución de la República establece en el artículo 94 que la calidad de salvadoreño naturalizado se pierde por «sentencia ejecutoriada en los casos que determine la ley» –no especifica cuáles delitos– y que «quien pierda así la nacionalidad no podrá recuperarla».

    La propuesta de reforma agrega que los extranjeros perderán la nacionalidad salvadoreña por naturalización «por sentencia ejecutoriada en aquellos casos que se obtenga una condena por la comisión de delitos dolosos» y que en esos casos «no podrá recuperarla».

    La reforma replica la otra causal constitucional de pérdida de nacionalidad salvadoreña para los extranjeros naturalizados, que es residir más de dos años consecutivos en el país de origen o por ausencia del territorio de la República por más de cinco años consecutivos.

    En el proyecto, el Gobierno argumenta que la reforma busca «dotar de seguridad jurídica» los procesos migratorios y «salvaguardar el orden constitucional y la seguridad del Estado», así como dar «certeza jurídica» sobre las causas de la pérdida de la calidad de salvadoreño por naturalización.

    La propuesta ingresó este miércoles al pleno legislativo y será recibida el lunes por la Comisión de Salvadoreños en el Exterior, Legislación y Gobierno.

  • Bukele rechaza acusaciones sobre violaciones a derechos humanos en El Salvador tras audiencia de CIDH

    Bukele rechaza acusaciones sobre violaciones a derechos humanos en El Salvador tras audiencia de CIDH

    El presidente salvadoreño Nayib Bukele rechazó hoy en X las acusaciones sobre violaciones a derechos humanos realizadas el martes en una audiencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre la situación de los defensores de los derechos humanos en El Salvador en donde un grupo de expertos aseguró que había bases para creer que se han cometido delitos de lesa humanidad durante el régimen de excepción en El Salvador.

    El mandatario señaló a las organizaciones de defender «únicamente» los derechos «de los criminales».

    «Un buen momento para recordar esto, donde, sin saberlo, respondí al 100% de las acusaciones que hoy hacen quienes ÚNICAMENTE defienden los derechos humanos de los criminales, que no niego que los tengan, pero es extraño que ellos sean la ÚNICA PRIORIDAD de estas organizaciones», expresó el presidente.

    Poco antes, había escrito en X: «Es divertido ver a todas las ONG, tanques de pensamiento, medios y periodistas tarifados de Soros atacando al unísono y de manera evidentemente coordinada. 
Me preocuparía si no fuera así. 
Significa que vamos por el camino correcto.
 Gracias a Dios».

    En el video compartido por Bukele, él asegura que el Estado «prioriza» los derechos humanos de la «gente honrada» y «trabajadora» y acusó a «estos organismos supuestamente de derechos humanos que más parecen un bufete de los delincuentes». «A todas esas denuncias que han hecho estas organizaciones les daría algún valor si hubieran hecho denuncias antes contra los que violaban, mataban, asesinaban, ponían bombas, cortaban manos, cortaban cabezas, pero no lo hicieron y ahora solo se preocupan por los delincuentes», insistió Bukele.

    La CIDH celebró una audiencia el martes en donde organizaciones como Critosal, Amnistía Internacional y la Fundación para el Debido Proceso (DPLF) expusieron que el régimen de excepción, la concentración de poder, la falta de independencia judicial y la Ley de agentes extranjeros han propiciado en El Salvador una «persecución contra personas defensoras» y que en el país hay “un esquema que busca inhibir la participación, desarticular procesos organizativos y castigar la defensa de los derechos humanos”. Citaron que, entre 2019 y 2025, se documentaron 174 casos de persecución y criminalización contra personas defensoras de derechos humanos, periodistas, operadores de justicia, sindicalistas y ambientalistas; y 55 de hostigamiento contra defensores y periodistas en 2025.

    Las organizaciones señalaron uso automático de la detención provisional, ampliaciones del plazo de la instrucción, limitaciones para acceder al expediente judicial, apertura de múltiples procesos contra una misma persona, hacinamiento grave e incomunicación prolongada de las personas defensoras que están privadas de libertad.