Autor: Yolanda Magaña

  • Gobierno pide aprobar una nueva ley de energía renovable con incentivos fiscales por 10 años

    Gobierno pide aprobar una nueva ley de energía renovable con incentivos fiscales por 10 años

    El ministro de Medio Ambiente, Fernando López, entregó a la Asamblea Legislativa un proyecto de nueva «Ley de fomento para el uso de la energía renovable» que eximirá de todo impuesto la importación, comercialización, la instalación y el mantenimiento de los sistemas de generación de energía con fuentes renovables.

    Los beneficios fiscales tendrían una vigencia de 10 años según el proyecto.

    Según la propuesta, serán beneficiados con exenciones fiscales los proveedores de los sistemas o equipos, para lo cual deberán registrarse como contribuyentes, y también los usuarios finales que adquieran dichos sistemas o contraten su instalación o mantenimiento.

    Así, los usuarios finales podrían deducir de su renta gravable el gasto que hicieron en la compra o instalación de los equipos.

    La Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (Siget), según el proyecto, regularía requisitos para los proveedores y usuarios finales; y establecería un catálogo de sistemas.

    La ley también facultaría a la Siget a que emita un pliego tarifario con «la tarifa a la cual la distribuidora deberá reconocer los excedentes de energía eléctrica inyectados a la red de distribución». Tendrá 60 días para emitir reglamento.

    En El Salvador ya existe una «Ley de incentivos fiscales para el fomento de las energías renovables en la generación de electricidad«, aprobada el 8 de noviembre de 2007, sin embargo, esta exime «durante los primeros 10 años» la importación de maquinaria, equipos o insumos para inversión en obras de energía y también exime por cinco años los ingresos por proyectos de generación de energía superiores a 10 megavatios y 10 años en proyectos de 10 o menos megavatios. Esta normativa no es mencionada en el proyecto propuesto.

    También, en agosto de 2017, la Siget emitió una norma para usuarios finales productores de energía eléctrica con recursos renovables, con el fin de que pudieran inyectar excedentes de energía a la red de distribución eléctrica.

    La “Norma para usuarios finales productores de energía eléctrica con recursos renovables”, aprobada el 22 de agosto de 2017, que no incluye incentivos fiscales, establece que todo usuario final que desee instalar una unidad de generación de energía eléctrica con fuente renovable dentro de sus instalaciones, con el fin de abastecer su consumo, deberá notificar a la distribuidora y solicitar el cambio del equipo de medición.

    En su propuesta, el gobierno consideró que, aún con esta norma, es «indispensable crear un marco legislativo».

    ¿Qué impuestos eximirían por 10 años?

    El proyecto de nueva ley plantea que busca incentivar la importación, venta o comercialización de sistemas de generación de energía eléctrica producida por fuentes renovables convencionales o no, así como incentivar la adquisición de equipo para autoconsumo y los servicios de mantenimiento a estos.

    Para ello, los incentivos fiscales que estarían vigentes por un periodo de 10 años serían:

    -Exención del Impuesto sobre la Renta o ganancias por dicha actividad o de retenciones.

    -Exención total de IVA.

    -Exención de impuestos y gravámenes a la importación, en especial los Derechos Arancelarios a la Importación, por el periodo de operación a equipos, repuestos o accesorios para la instalación de los sistemas.

     

  • Asamblea adelanta al 20 de octubre el plazo para empezar a pagar el aguinaldo en lo público y privado

    Asamblea adelanta al 20 de octubre el plazo para empezar a pagar el aguinaldo en lo público y privado

    La Asamblea Legislativa reformó el miércoles el Código de Trabajo y la «Ley sobre la compensación adicional en efectivo» para adelantar de diciembre a octubre la fecha inicial en la cual empresas privadas o instituciones públicas en El Salvador pueden entregar el aguinaldo.

    La reforma permite que los patronos realicen el pago de aguinaldos desde el 20 de octubre y mantiene como fecha límite el 20 de diciembre de cada año.

    En el Código de Trabajo, el lapso actual para pagar aguinaldos es del 12 al 20 de diciembre de cada año. En la Ley de compensación adicional en efectivo, que regula el pago de estas compensaciones de diciembre para personal militar y civil de la administración pública, establece como último día el 23 de diciembre.

    La decisión de adelantar el pago a octubre será optativa para las empresas privadas o instituciones públicas respectivas.

    En los considerandos de la reforma al Código de Trabajo, el gobierno argumentó que busca «dar la posibilidad que el pago del aguinaldo a los trabajadores pueda realizarse en fechas distintas en atención a la disponibilidad de recursos con que cuenta cada patrono»; y en la propuesta de reforma a la Ley de compensación, que busca «generar condiciones económicas a favor de todos los servidores del sector público».

    «Será una decisión de los patronos», enfatizó el diputado Caleb Navarro, de Nuevas Ideas. «Lo más seguro es que van a pagar hasta diciembre», calculó la diputada Claudia Ortiz, de Vamos, refiriéndose a los pagos de aguinaldos en el sector privado.

    Los cambios

    Uno de los cambios se hizo el artículo 200 del Código de Trabajo, así: «La prima que en concepto de aguinaldo debe entregarse a los trabajadores que tienen derecho a ella, deberá pagarse en el lapso comprendido entre el 20 de octubre y el 20 de diciembre de cada año. Será decisión de cada patrono fijar una fecha para el pago de esa prima dentro del periodo dispuesto en el inciso precedente. La definición de la fecha en la que se deberá pagar esta prima en ningún caso podrá exceder el 20 de diciembre de cada año».

    La reforma a dicha ley laboral fue aprobada con 58 votos de los diputados presentes, incluidos los tres diputados de oposición, de Vamos y Arena.

    Otra modificación al Código de Trabajo es que, si se declara «por terminado» un contrato de trabajo o el trabajador es despedido sin causa legal antes del 20 de octubre, deberá recibir el aguinaldo «de manera proporcional al tiempo trabajado»; disposición que ya existe pero que considera la terminación del contrato «antes del 20 de diciembre».

    La reforma a la Ley sobre la compensación adicional en efectivo, la normativa que regula estos pagos que recibe en diciembre el personal de la Fuerza Armada, cuerpos de seguridad pública, bomberos y personal civil y militar al servicio de la administración pública, también cambia el lapso para pagar estas compensaciones: la fecha inicial se adelanta al 20 de octubre y la fecha final se adelanta al 20 de diciembre, y ya no el 23 de diciembre, como establece la normativa actual.

    Ambos decretos fueron aprobados con dispensa de trámites, luego de que fueran solicitados por el ministro de Trabajo, Rolando Castro.

    El adelanto del lapso del pago de aguinaldos fue acompañada de la tradicional reforma legislativa de todos los años que exoneran los aguinaldos de hasta $1,500, exención que también aplica a las compensaciones que reciben empleados públicos según la Ley sobre la compensación adicional en efectivo. La exención iniciará su vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial, mientras la ampliación del plazo, ocho días después de la publicación.

    La Asamblea aprobó un transitorio de exoneración del Impuesto sobre la Renta a los aguinaldos.

  • Inicia vigencia de nueva facultad del CSSP para autorizar centros de salud privados sin aval de juntas

    Inicia vigencia de nueva facultad del CSSP para autorizar centros de salud privados sin aval de juntas

    Ya están vigentes las reformas que facultan al Consejo Superior de Salud Pública (CSSP) a autorizar establecimientos de salud privados en El Salvador sin el informe favorable o la inspección de las juntas de vigilancia de la profesión respectiva.

    Las reformas a los artículos 14, 17 y 24 del Código de Salud y al artículo 11 de la Ley del Consejo Superior de Salud y de las juntas de vigilancia de las profesiones de salud, así como la derogatoria del literal “e” del artículo 10, fueron publicadas en el Diario Oficial del miércoles 8 de octubre e iniciaron su vigencia este miércoles 15 de octubre.

    Ambas modificaciones eliminaron el “informe favorable” de la junta de vigilancia de la profesión respectiva requerido para que el CSSP autorice un establecimiento de salud del sector privado, y también se derogó la atribución de las juntas de vigilancia de “rendir informe razonado ante el Consejo” para hacer ese informe.

    La reforma facultaría al CSSP a que autorice otros servicios, como servicios médicos a domicilio y de cuidado a adultos mayores; y reincorpora a los profesionales de la Licenciatura en Trabajo Social que laboren en el sistema integrado de salud dentro de las profesiones médicas.

    CSSP establecerá requisitos

    En la facultad reformada del CSSP, esta “establecerá los requerimientos técnico-administrativos que dictarán los requisitos sanitarios a cumplir para su autorización”.

    El CSSP autoriza y registra los establecimientos de salud ante la Unidad de Registro de Establecimientos de Salud (URES), que deberán presentar su acreditación del Consejo Nacional de Especialidades Médicas (Conadem), un contrato de desechos bioinfecciosos en caso de generarlos, una autorización para realizar la notificación electrónica y si es laboratorio clínico una hoja de referencia o listado de exámenes a realizar.

    Actualmente, el proceso indica que “la Junta de Vigilancia o la Unidad Técnica de Certificación y Auditoría de Servicios de Salud realizará la inspección de ley”.

    Después de la aprobación del Consejo Directivo del CSSP se notificará al propietario del establecimiento la resolución, su certificado de licencia de funcionamiento, el sello y el diploma de regente.

    Los centros pueden ser: hospitales, clínicas, establecimiento para servicios odontológicos, médicos, laboratorios clínicos y veterinarios, servicios de enfermería en establecimiento, servicios farmacéuticos, consultorios médicos, servicios de radiología, entre otros.

  • Aguinaldos podrán pagarse desde el 20 de octubre; montos de hasta $1,500 estarán exentos

    Aguinaldos podrán pagarse desde el 20 de octubre; montos de hasta $1,500 estarán exentos

    La Asamblea Legislativa aprobó este miércoles disposiciones especiales para eximir del Impuesto sobre la Renta los ingresos de hasta $1,500 que reciban en concepto de aguinaldos los trabajadores en El Salvador, así como un cambio en el rango de fechas permitidas para pagar los aguinaldos.

    «La prima que en concepto de aguinaldo debe entregarse a los trabajadores que tienen derecho a ella deberá pagarse en el lapso comprendido entre el 20 de octubre y el 20 de diciembre de cada año», es el nuevo inciso del artículo 200 reformado del Código de Trabajo.

    Similares reformas se están realizando, este mismo miércoles, a la Ley de compensación económica por servicios prestados en el sector público, para ampliar de la misma manera el periodo de pago de aguinaldos o «compensaciones en efectivo» que reciben en diciembre. La ley actual establece como fecha límite de pago en el sector público 23 de diciembre.

    Por la exención del Impuesto sobre la Renta y por la reforma al Código de Trabajo para ampliar el plazo para pagar el aguinaldo, votaron Nuevas Ideas y sus aliados, así como diputados de Arena y Vamos. Por la reforma a la Ley de compensación en efectivo para los empleados del sector público, no votó la diputada Claudia Ortiz, de Vamos.

    Actualmente, el pago de aguinaldo en el sector privado debe ser realizada entre el 12 y el 20 de diciembre de cada año.

    El diputado Caleb Navarro, subjefe de fracción de Nuevas Ideas, dijo que con esta reforma «la empresa pueda organizarse de una mejor forma» e incluso realizar los pagos de manera «escalonada».

    La diputada Claudia Ortiz, de Vamos, pidió aumentar los aguinaldos, reformando el cálculo así: para que quienes tienen 1 a 2 años de servicio reciban los 15 días de salario como aguinaldo, pero si las personas tienen de 2 a 5 años de servicio, reciban 20 días; y si tienen más de 5 años de servicio o un salario menor al 150 % del salario mínimo, que reciban 25 días de salario como aguinaldo. La propuesta de Vamos no tuvo apoyo de Nuevas Ideas y solo tuvo 2 votos.

    Las piezas de correspondencia fueron introducidas por el jefe de fracción de Nuevas Ideas, Christian Guevara, de Nuevas Ideas, y fueron incorporadas a la agenda legislativa con 57 votos, incluido el de la diputada Marcela Villatoro, de Arena. La solicitud fue enviada por el ministro de Trabajo, Rolando Castro.

    Respecto a la exención de impuestos a los aguinaldos de hasta $1,500, todos los años se aprueba un decreto similar. En 2024, transitoriamente también se declararon “como rentas no gravables” del Impuesto sobre la Renta “los ingresos que reciban los trabajadores en concepto de aguinaldo” hasta “un monto igual y no mayor de $1,500”, “no estará sujeto a la retención del referido impuesto”. También, los aguinaldos que excedan dicho monto “estarán sujetos a la retención y al pago del Impuesto sobre la Renta”.

    Este año, la exención también aplica a las compensaciones que reciben en diciembre los empleados del sector público.

    ¿Cuánto reciben de aguinaldo los trabajadores?

    El Código de Trabajo establece los diferentes montos que deben recibir los trabajadores según su tiempo de trabajo.

    15 días: una prestación equivalente al salario de 15 días para los trabajadores que tienen un año de servicio y menos de 3 años de servicio.

    19 días: una prestación equivalente al salario de 19 días para los trabajadores que tienen entre 3 años y 10 años de servicio.

    21 días: una prestación equivalente al salario de 21 días para los trabajadores que tienen 10 años o más años de servicio.

  • Aprueban ley de fondos de inversión privados, NI dice da certeza y Vamos señala riesgo de lavado

    Aprueban ley de fondos de inversión privados, NI dice da certeza y Vamos señala riesgo de lavado

    La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó este miércoles la Ley de Fondos de Inversión Privados Alternativos, que crea una regulación distinta a la aplicada al sistema financiero salvadoreño, para regular los Fondos de Inversión Privados Alternativos (PAIF) en donde personas o «inversionistas sofisticados» podrán invertir al menos $250,000.

    Estos fondos podrán ser invertidos activos digitales como bitcoin.

    Los PAIF serán propiedad exclusiva de los inversionistas y sus fondos se podrán invertir en activos digitales, con la ventaja de que sus ganancias o sus utilidades no pagarán Impuesto sobre la Renta en El Salvador.

    Estos fondos y sus sociedades administradoras no estarán reguladas como los bancos por la “Ley de supervisión y regulación del sistema financiero”, aunque la ejecución de la supervisión sí la hará la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) y el Banco Central de Reserva (BCR), que emitirá normas técnicas para regular los requisitos de informes de auditorías o políticas de funcionamiento.

    El gobierno busca atraer inversiones con la nueva normativa, pero la oposición cuestiona los riesgos de que los fondos invertidos provengan de ilícitos.

    Nuevas Ideas: “da certeza jurídica”

    La diputada Elisa Rosales, de Nuevas Ideas, destacó que la nueva regulación da certeza jurídica a las inversiones que hagan los inversionistas sofisticados, que podrán invertir en activos digitales.

    “La legislación debe regular la actividad que ya está pasando… Es uno de los temas que los inversionistas están buscando, generar su inversión y que haya una regulación que pueda darle una certeza jurídica al capital que ellos están invirtiendo”, indicó la diputada.

    Agregó que, al regular este tipo de fondos, “se reduce el riesgo a fraudes e inestabilidad financiera” para proteger la economía salvadoreña.

    “Los PAIF no solo van a traer grandes capitales, sino que se van a canalizar recursos hacia proyectos importantes en sectores como energía renovable, desarrollos inmobiliarios, tecnología y activos digitales”. Elisa Rosales, diputada de Nuevas Ideas.

    La legisladora espera que la ley fortalezca “el ecosistema de inversiones para El Salvador” y con el tiempo “esto puede llegar el financiamiento no tradicional para los salvadoreños”.

    Según Rosales, estos fondos alternativos ya son regulados en Estados Unidos, India, Singapur, Suiza, Brasil, México, Chile y Uruguay.

    Convierte país en “paraíso” fiscal

    La diputada Claudia Ortiz, de Vamos, pidió modificar el artículo 14, sobre las facultades de la SSF para corroborar el cumplimiento de un marco de gestión de riesgos de los fondos de inversión privados alternativos.

    “Este artículo 14 dice que la Superintendencia podrá corroborar el cumplimiento de las obligaciones que tienen las administradoras de estos fondos de inversión en materia de lavado de dinero y activos; dice podrá, no dice deberá”, advirtió Ortiz.

    Si existe una exposición a riesgos o hay deficiencias en estos fondos de inversión, la SSF podría solicitarle adecuaciones pertinentes.

    El problema, según Ortiz, es que la SSF tendrá como “opción” exigir o no estas adecuaciones a las sociedades administradoras de este tipo de inversiones. Ortiz pidió que se sustituya por el verbo “deberá” para que la facultad de la SSF sea obligatoria.

    La diputada de Vamos agregó que si las inversiones incluyen los activos digitales, incluidos los servicios de proveedores de bitin, es muy importante que la entidad que supervisará “sea fuerte y no tenga una facultad discrecional, ‘podrá’, yo invito a que consideren este cambio para que el marco sea sólido”, pidió.

    La petición de Ortiz tuvo solo dos votos y en reacción la diputada calificó de pasapapeles a la Asamblea Legislativa y señaló a los diputados de Nuevas Ideas de representar a un pequeño grupo que está convirtiendo a El Salvador “en una suerte de paraíso” para inversionistas de criptoactivos y activos digitales.

    “Al final luego de siete años de gestión, el esperado milagro económico nunca llega y encima se pone en riesgo a nuestro país de tener este tipo de actividades que realmente podrían generarnos una muy mala reputación a nivel internacional”.

    Claudia Ortiz (Vamos).

    “Lamento que no se haya considerado la propuesta. Implica que estos fondos de inversión estén constituidos con activos digitales y que se genere un riesgo de que desde países donde no hay una adecuada vigilancia de lavado de dinero y activos se puedan introducir fondos que provienen de actividades delictivas, a fondos de inversión en nuestro país”, alertó.

    La diputada Dania González dijo que han propiciado seguridad jurídica en todos los proyectos de ley y leyó el artículo 63, que indica que estarán sujetos a la ley antilavado. “Esta Asamblea estuvo aprobando una nueva ley, hemos sido sumamente ordenados, de dejar cada uno de los candados específicos”, dijo.

    “El artículo 1 de la ley establece que este es un marco de regulación de fondos de inversión alternativos… La SSF tiene toda la potestad y va a poder autorizar que cumplan con los requisitos y los criterios establecidos en la presente ley. Deja todos los candados necesarios”.

    Dania González (Nuevas Ideas).

  • Aprobada amnistía fiscal para recuperar deudas tributarias, aduaneras y multas de tránsito

    Aprobada amnistía fiscal para recuperar deudas tributarias, aduaneras y multas de tránsito

    La Asamblea Legislativa aprobó este miércoles una ley que concede por un plazo de 60 días calendario para que los contribuyentes paguen sus deudas que tengan con las direcciones de impuestos internos y aduanas, y para que ciudadanos paguen sus multas de tránsito pendientes sin intereses.

    Los diputados no emitieron opinión sobre la normativa.

    El beneficio incluye las multas en cualquier institución de la administración pública y excluye las impuestas por municipalidades.

    Los que deban, en cualquier fase, Impuesto sobre la Renta, tributos o aduaneros correspondientes a periodos declaradas o liquidadas hasta el 31 de julio de 2025.

    Hacienda establecerá a los beneficiados planes de pago de hasta nueve meses aunque los casos estén en tribunales de apelaciones, en la Sala de lo Constitucional o en jurisdicción contencioso administrativa o en la Fiscalía General de la República si no hay sentencia definitiva de juez.

    La primera cuota será del 10 % y las siguientes ocho cuotas serán mensuales y sucesivas para casos de falta de omisión de presentar la declaración, no presentarla en el plazo legal establecido, que haya presentado una declaración incorrecta o con error aritmético; que no haya cumplido con la obligación de retener y enterar el impuesto.

    También se aplicará a contribuyentes según los artículos 252, 253 y 254 del Código Tributario, es decir, con sanción por defraudación tributaria, evasión no intencional o evasión intencional.

    En el resto de casos, la prima será del 20 % y pagos mensuales en los ocho meses restantes.

    El incumplimiento de los plazos de pago reactivará las multas, los intereses o recargos, y se aplicará la gestión de cobro.

    Cuando las multas se encuentran “líquidas, firmes y exigibles” solo serán beneficiados con “pago a plazo”.

    Si los contribuyentes tienen resolución de pago a plazos, solo gozarán del beneficio las cuotas pendientes de pago.

    Para aplicar a la amnistía fiscal, la ley exige que los contribuyentes desistan o renuncien parcial o totalmente demandas que hayan puesto contra Hacienda por el cobro, para ello presentarán “fotocopia de la solicitud de desistimiento o renuncia total o parcial del proceso en el que conste el sello de recepción del tribunal o instancia” que conozca el caso.

    En los casos en plazo de impugnación, el mandamiento de pago deberá ser gestionado en los “Centros de atención exprés” de San Salvador y en las oficinas regionales de Santa Ana y San Miguel.

    El beneficio también aplica cuando Hacienda determine una disminución de saldos a favor declarado por el contribuyente, lo cual tiene “calidad de deuda tributaria” según el artículo 74-A del Código Tributario.

     

    ¿Cuánto ha recuperado Hacienda en las amnistías fiscales?

    Amnistía fiscal 2021: $144 millones de 234,800 contribuyentes de Impuestos Internos y 54 de Aduanas
    Amnistía fiscal 2022: $131.3 millones de 25,000 contribuyentes
    Amnistía fiscal 2023: $100 millones de 36,000 contribuyentes
    Amnistía fiscal 2024: $105 millones de 59,493 contribuyentes
    Fuente: declaraciones de Hacienda. No hay publicación de los datos exactos.

  • SSF pide agregar facultad para valorar riesgo sistémico al autorizar fondos para inversionistas sofisticados

    SSF pide agregar facultad para valorar riesgo sistémico al autorizar fondos para inversionistas sofisticados

    La superintendenta del Sistema Financiero (SSF), Evelyn Gracias, pidió ayer que se agregara una facultad para valorar aspectos macroeconómicos que permitan valorar el riesgo sistémico al autorizar los nuevos fondos para inversores sofisticados en la Ley de Fondos de Inversión Privados Alternativos.

    La modificación se realizó a los artículos 25 y 45 del proyecto de ley que será divulgado este miércoles, luego de su aprobación, en la sesión plenaria.

    La funcionaria explicó que el objetivo de la modificación es “que la SSF dentro de su análisis valore aspectos macroprudenciales de contexto macroeconómico que pueda estar ocurriendo en el país o a nivel mundial para tener elementos adicionales que nos permitan hacer una valoración del riesgo sistémico que este tipo de productos pudiera generar en El Salvador”.

    Este tipo de fondos será regulado únicamente por esta ley que podría ser aprobada este miércoles y por normas que serán emitidas por el Banco Central de Reserva (BCR); y gozarán de exención del Impuesto sobre la Renta a todas sus utilidades o ganancias.

    En otras palabras, los Fondos de Inversión Privados Alternativos (PAIF) y sus sociedades administradoras no estarían regulados bajo la Ley de supervisión y regulación del sistema financiero de El Salvador, ni serían considerados integrantes del sistema financiero, aunque ordena que cumplirán con la ley antilavado, que en su nueva versión eliminó a los inversionistas de los sujetos obligados.

    “El BCR tiene un rol protagónico respecto al funcionamiento de los PAIF, debido a que podrá emitir normas sobre traslado, liquidación y disolución de las sociedades administradoras de PAIF y los PAIF, según corresponda, además de los requisitos técnicos”.

    Marta Solís, representante del Ministerio de Economía.

    La nueva Ley de Fondos de Inversión Privados Alternativos permitirá que personas puedan realizar, bajo su propio riesgo, inversiones de $250,000 o más en fondos que serán regulados bajo normas especiales y no bajo la ley que regula al sistema financiero salvadoreño.

  • Asociación Cristosal recibe premio de derechos humanos de organización internacional

    Asociación Cristosal recibe premio de derechos humanos de organización internacional

    La asociación Cristosal recibió ayer el Premio William D. Zabel de Derechos Humanos, otorgado por la organización Human Rights First como un reconocimiento de su “compromiso inquebrantable” por la justicia, la rendición de cuentas y la defensa de los derechos humanos.

    Cristosal cerró operaciones en El Salvador desde julio de 2025 por considerar que han sido víctimas de acoso legal, vigilancia, espionaje, campañas de difamación y más recientemente de la captura de una de sus integrantes, Ruth Eleonora López, jefa de la unidad anticorrupción de la oenegé y que es procesada por enriquecimiento ilícito, aunque en X fue acusada de peculado por la Fiscalía salvadoreña.

    «Hoy, ante la creciente represión y cierre de espacios democráticos en El Salvador, Cristosal se ve forzada a suspender sus operaciones en El Salvador y operar desde sus sedes en Honduras y Guatemala, esta decisión responde a una situación insostenible de acoso estatal, amenazas directas contra nuestro personal, la criminalización de defensores y defensoras, la imposición de marcos legales diseñados para reprimir el trabajo de la defensa de derechos humanos», dijo la mañana de este jueves el director ejecutivo de Cristosal, Noah Bullock, en una videoconferencia desde Guatemala.

    El premio fue recibido por el director ejecutivo de Cristosal, Noah Bullock, el 14 de octubre, en Gotham Hall, en Nueva York, Estados Unidos, quien en su discurso destacó el trabajo conjunto que realizaron con la organización para la libertad de migrantes venezolanos detenidos en el Centro de Confinamiento del Terrorismo (Cecot) desde marzo.

    “Cristosal se erige como un faro de integridad y coraje frente a la enorme adversidad. Su equipo no solo documenta las violaciones de los derechos humanos con un rigor extraordinario, sino que lo hacen mientras están bajo amenaza directa. Nos sentimos honrados de celebrar su trabajo para proteger a los perseguidos y defender el estado de derecho”, dijo Uzra Zeya, presidente y CEO de Human Rights First.

    Noah Bullock, director ejecutivo de Cristosal. / Cortesía.

    Bullock aseveró que recibían el premio junto con las familias desplazadas por la violencia de pandillas y narcotraficantes, y que reconstruyen sus vidas, sobrevivientes de crímenes de guerra y lesa humanidad, víctimas de detenciones arbitrarias, familias de migrantes venezolanos desaparecidos y comunidades que se atreven a denunciar la corrupción.

    “También recibimos este premio como un reconocimiento a amigos y colegas que hoy sufren persecución por su defensa de los derechos humanos (Fidel Zavala, Alejandro Henríquez, José Ángel Pérez, Ruth López, Enrique Anaya; en Guatemala, Héctor Pacheco, Luis Chaclán y líderes estudiantiles como Edmar Arriola). No pasa un solo momento sin que sintamos su encarcelamiento”.

    Noah Bullock, director de Cristosal, en Nueva York.

    El premio se otorga anualmente a un defensor u organización que valientemente persigue la justicia; y su nombre, William D. Zabel, se da en honor al campeón mundial de derechos humanos y cofundador de Human Rights First.

    Human Rights First es una organización sin fines de lucro con sede en Nueva York, Los Ángeles y Washington, D.C., Estados Unidos, centrada en áreas de autoritarismo, extremismo, injusticia sistémica y abuso de tecnología.

    Fue creada en 1978 inicialmente como Comité de abogados para los derechos humanos internacionales, por la Liga por los Derechos Humanos y el Consejo de Asociados Jurídicos de Nueva York. Trabaja en Estados Unidos y en el extranjero en la promoción del respeto de los derechos humanos y el estado de derecho.

    Participó en 1988 en la investigación y testimonios ante el Congreso en el caso del crimen contra cuatro religiosas estadounidenses asesinadas en El Salvador, luego de que sus familias recurrieran a la organización.

    La organización inició una red de abogados que creció a 8,000 de 130 países diferentes para proveer a la comunidad jurídica internacional una forma de presionar por la liberación de los abogados encarcelados.

  • Instituto Salvadoreño de Pensiones ha pagado $431.97 millones en intereses desde 2023 según BCR

    Instituto Salvadoreño de Pensiones ha pagado $431.97 millones en intereses desde 2023 según BCR

    El Instituto Salvadoreño de Pensiones (ISP) ha pagado un total de $431.97 millones en intereses desde enero de 2023 hasta agosto de 2025 según el Banco Central de Reserva.

    Estos intereses habrían sido pagados por el ISP en relación con los instrumentos de inversión que emite, los cuales le permiten endeudarse para cumplir con obligaciones vinculadas al pago de pensiones a trabajadores jubilados en El Salvador, así como otras responsabilidades previsionales.

    El ISP, fundado en 2023, debe cubrir intereses por la nueva deuda estatal en materia de pensiones que asume mediante los Certificados de Obligaciones Previsionales (COP), emitidos desde la reforma implementada ese mismo año.

    El dato se encuentra en la categoría de “ejecución del sector público no financiero”, dentro de los gastos corrientes del Estado. A partir de enero de 2025, según el BCR, se inició «la incorporación de los flujos de operaciones del Instituto Salvadoreño de Pensiones” como parte “de la ejecución financiera del Gobierno Central”.

    Paga el 7 % por la nueva deuda estatal de pensiones

    La reforma de 2022 facultó al Instituto Salvadoreño de Pensiones (ISP) a que emita Certificados de Obligaciones Previsionales (COP) o títulos para financiar el Sistema de Pensiones “tanto público como privado”.

    Estos son adquiridos obligatoriamente por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) con los ahorros para las pensiones de los trabajadores cotizantes. Los ahorros administrados por las AFP pueden ser invertidos “sin límites” en estos certificados según el artículo 82 de la nueva Ley integral del sistema de pensiones aprobada en 2022.

    Los COP son títulos que tienen valor al portador, un plazo de 50 años a partir de su emisión y devengan una tasa de interés del 7 % anual fija que paga el ISP. Así lo estableció la Ley especial para la emisión de los COP y disolución del Fideicomiso de Obligaciones Previsionales (FOP), un mecanismo similar pero ya derogado para tomar prestados fondos para las pensiones.

    Los COP se emiten en enero, abril, julio y octubre de cada año, y el capital e intereses se pagan en «cuotas semestrales de igual valor”.

    El gasto en intereses del ISP se reporta precisamente en esos mismos meses y ha oscilado entre $4.87 millones en julio de 2023 y $115.06 millones en abril de 2023.

    Desde julio de 2023, el desembolso del Estado en concepto de intereses, presumiblemente solo por la nueva deuda previsional, asciende a $236.02 millones, con pagos trimestrales que han variado entre $4.87 millones y $44.3 millones.

    Una deuda estatal de pensiones solo para pensiones

    Según la ley, la deuda estatal de pensiones por la cual se pagan estos intereses únicamente debe servir para obligaciones previsionales.

    El ISP decide emitir los certificados según las necesidades de financiamiento de las obligaciones previsionales de la Unidad de Pensiones del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (UPISSS), del ISP y del Sistema de Pensiones.

    “Las AFP deberán adquirir con los recursos de los fondos de pensiones que administran la totalidad de los COP de cada emisión”, indica el artículo 9 de la ley de emisión de los COP.

    Estos ingresos generados por la tenencia de los COP están exentos del pago del Impuesto sobre la Renta.

    Luego de la colocación de los certificados COP, el ISP entrega los fondos a la UPISSS o las AFP para cubrir las obligaciones y ocupa la diferencia para pagar pensiones de los jubilados y beneficiarios.

  • Hacienda recuperó $105 millones en amnistía fiscal 2024 de 59,493 contribuyentes

    Hacienda recuperó $105 millones en amnistía fiscal 2024 de 59,493 contribuyentes

    El Ministerio de Hacienda perdonó multas, intereses y recargos a 59,493 contribuyentes que se sometieron a la amnistía fiscal para poder pagar sus deudas con el fisco, lo cual dejó una recaudación recuperada por aproximadamente $105 millones, se concluye de los cálculos compartidos este lunes por dicha cartera de Estado.

    Para recuperar esa deuda, Hacienda perdonó multas, intereses y recargos por un total de $47.4 millones a contribuyentes de distintos tamaños.

    Los pequeños contribuyentes aportaron el 63 % de la recaudación recuperada.

    El director de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda, Marvin Sorto, dijo este lunes a diputados de la Comisión de Hacienda que la amnistía fiscal 2024 dejó recaudaciones de $66.6 millones de los pequeños contribuyentes, de $15.2 millones de grandes contribuyentes.

    El resto, $23.2 millones, correspondería a medianos contribuyentes. “Eso nos ha dejado una recaudación de $105,000 (sic)”, expresó el funcionario.

    Destacó que “el 63 % de los que se ampararon a la amnistía fiscal 2024 son pequeños contribuyentes, lo que deja ingresos de $66.6 millones”.

    Hacienda considera que las iniciativas de amnistía fiscal “han dejado un ahorro en la población salvadoreña que asciende a los $47.4 millones” y creen que equivale a una “plata inyectada a la economía porque es dinero que ha podido invertirlo en otro tipo de proyectos como capital de trabajo”.

    La cifra es menor a la recaudación de tres amnistías fiscales anteriores que Hacienda reportó: $144 millones en 2021 de 234,800 contribuyentes de Impuestos Internos y 54 empresas en Aduanas; $131.3 millones en 2022 de 25,000 contribuyentes; y $100 millones en 2023 de 36,000 contribuyentes.