Autor: Yolanda Magaña

  • ISP pagó $1,974 millones en pensiones e intereses mientras reportó $2,575 millones en deuda de COP

    ISP pagó $1,974 millones en pensiones e intereses mientras reportó $2,575 millones en deuda de COP

    El Instituto Salvadoreño de Pensiones (ISP) tiene un saldo de emisiones de Certificados de Obligaciones Previsionales (COP) por $2,575 millones, mientras ha reportado que ha pagado en el mismo periodo $1,974 millones en pensiones e intereses, según datos preliminares publicados por el Banco Central de Reserva (BCR).

    La diferencia es $600.49 millones de nueva deuda de pensiones emitida respecto al pago de pensiones e intereses que el ISP hizo en el mismo periodo de 32 meses desde que inició la reforma de pensiones.

    En la base de ejecución de gastos estatales, el BCR registra $1,542.78 millones en pago de pensiones y $431.97 de pago de intereses desde enero de 2023 hasta agosto de 2025.

    Durante el mismo periodo, de enero de 2023 hasta agosto de 2025, hay un saldo de Certificados de Obligaciones Previsionales por $2,575.24.

    Los certificados COP son instrumentos financieros emitidos por el Estado a través del ISP para que las Administradoras de Fondos para Pensiones (AFP) los adquieran a cambio de un interés anual fijo del 7 % que el ISP paga; el ISP usa ese dinero, proveniente del ahorro de los cotizantes de las AFP, para pagar pensiones y otras obligaciones previsionales, según la Ley integral del sistema de pensiones.

    Aún no hay explicación oficial del ISP sobre esta diferencia o si se trata de un desfase en los pagos.

    Consultado al respecto, Carlos Acevedo, expresidente del BCR, aseguró que su sospecha es que la diferencia podría deberse al dinero que “el gobierno ha tomado prestado de los fondos de pensiones para cubrir otros gastos no relacionados con el pago de pensiones”, pero aclaró que esa “es una mera hipótesis”.

    Un informe de la compañía financiera Barclays, cuya sede está en Londres, del 5 de marzo de 2024, aseveró que “el ISP está emitiendo más COP de los necesarios” y estimó que mientras el déficit de las pensiones en 2023 fue $800 millones, la emisión de COP en 2023 fue de $1,098 millones, una diferencia de $300 millones. “Lo que significa que casi $300 millones de los fondos se utilizaron para fines distintos a financiar el déficit pensional”, indicó Barclays.

    Este informe reportó que el ISP adquirió instrumentos públicos en Hencorp y, citando a la Bolsa de Valores de El Salvador, aseguró que el Banco Hipotecario emitió bonos para colocarlos por aproximadamente $225 millones en 2023 y “los fondos de pensiones han sido los principales compradores de estos instrumentos”.

     

  • Algunas alcaldías contrataron seguros privados para empleados municipales para 2025

    Algunas alcaldías contrataron seguros privados para empleados municipales para 2025

    Algunas alcaldías, así como instituciones de gobierno, adquirieron para el año 2025 seguros de vida y hospitalarios colectivos para sus empleados municipales.

    El municipio de San Salvador Este comprende los distritos de Ilopango, Soyapango, San Martín y Tonacatepeque, adquirió un programa de seguros de vida colectivos para sus empleados por la cantidad de $124,583.63, contrato adjudicado a finales de 2024.

    Otras alcaldías que tienen contratados seguros privados para el presente año fueron Sonsonate Oeste, San Vicente Sur, Santa Ana Norte y Cuscatlán Sur, según se puede verificar en el sitio web de Comprasal.

    En San Vicente Sur, se contrataron seguros colectivos de vida para todos los empleados que conforman el municipio, por $96,317.28.

    En Cuscatlán Sur, también se contrató un seguro de personas y daños para la alcaldía, por $62,300.

    En Santa Ana Norte, la municipalidad tiene contratado un seguro de vida para empleados por $50,000 según el registro de Comprasal.

    El acceso y la carga de información en el sitio web de Comprasal sobre los beneficiarios finales de los contratos adjudicados a finales de marzo de 2025 fue uno de los compromisos que asumió el gobierno en su acuerdo de Servicio Ampliado del Fondo (SAF) con el Fondo Monetario Internacional (FMI). El registro no divulga los contratos.

    Según datos del Ministerio de Hacienda, para el año 2024, los montos aprobados para seguros, comisiones y gastos bancarios de distintas municipalidades sumaron $598,026.20.

    En años anteriores, el gasto reportado por las municipalidades en compra de seguros era mayor: $994,513.47 en 2022, $2.6 millones en 2018 y $3.6 millones en 2013 según el Portal de Transparencia Fiscal.

    Sin embargo, la compra de seguros privados en las instituciones públicas, incluidas las municipales, aún persiste, y dicho gasto se concentra en el Gobierno Central.

    En las diferentes instituciones del Estado, incluidas descentralizadas y empresas públicas, el monto programado modificado para el año 2025, en la cuenta de «seguros, comisiones y gastos bancarios» –que contiene la contratación de seguros de vida, hospitalarios o de bienes– suma $75,934,739.27, de los cuales se han comprometido $54.3 millones.

    Las entidades del Gobierno Central tienen programado $49.4 millones, de los cuales ya se comprometieron $37.7 millones para el rubro.

  • 82,078 capturados en régimen de excepción aún sin condena dice FGR a diputados

    82,078 capturados en régimen de excepción aún sin condena dice FGR a diputados

    De 89,875 personas capturadas durante el régimen de excepción y acusadas por la Fiscalía General de la República de ser miembros de pandillas, hay un total de 82,078 que están en proceso de instrucción y aún no tienen condena según la institución.

    “Actualmente hemos iniciado 590 causas en los tribunales contra crimen organizado, en los cuales estamos procesando a 81,818 adultos, 260 menores de edad, que nos da un total de imputados que todavía no han recibido sentencia condenatoria de 82,078 personas”, dijo el fiscal general, Rodolfo Delgado, a diputados de la Comisión de Hacienda, este viernes.

    Las investigaciones están a cargo de 291 profesionales, incluyendo a jefes de oficinas coordinadores, fiscales y personal de intervenciones telefónicas, según el funcionario, un 30 % del personal total de la institución.

    Según el reporte sobre el régimen de excepción, detalló que la unidad de análisis de la FGR ha procesado “25,412 evidencias” de las cuales 19,658 corresponden al régimen de excepción y el resto “corresponde a otros casos”.

    496,945 casos resueltos y 144,200 activos según FGR

    El fiscal aseguró que tiene un poco más de 28,000 casos de las anteriores gestiones pero han resuelto casi 500,000 casos.

    Según sus datos, desde enero hasta el 30 de septiembre del año 2025, llevan “81,530 casos iniciados” y han atendido a “80,752 víctimas” e investigado 79,807 delitos; y se han procesado 96,374 personas imputadas.

    Sin embargo, hizo un análisis desde que tomó posesión de su cargo el 1 de mayo de 2021 luego de la polémica destitución de su antecesor, Raúl Melara, quien fue removido en la misma sesión plenaria que Nuevas Ideas sustituyó a los magistrados de la Sala de lo Constitucional.

    “El 1 de mayo de 2021, al momento de sentarme en la silla de fiscal general, recibí la institución con una carga activa, casos que no se habían trabajado, de 174,986 expedientes. Desde ese periodo hasta septiembre de 2025, hemos recibido 466,169 denuncias más, es decir que durante este periodo se han diligenciado 641,145 expedientes, de los cuales hemos resuelto 496,945 casos, para lo cual la Fiscalía a la fecha tiene una carga activa de 144,200 expedientes de los cuales 28,480 corresponden a los casos que recibí el 1 de mayo de 2021”, aseveró ante los legisladores. Con esas cifras, dijo que había una reducción de 83.7 % de la mora existente.

    En su presentación, incluyó una tasa de casos resueltos por cada 100 expedientes iniciados por cada año, así:

    2021: 87
    2022: 117
    2023: 104
    2024: 104
    2025: 114

    “Con la reorganización, con la inyección de recursos que realizó este órgano de Estado a iniciativa del órgano Ejecutivo ha ido mejorando la productividad de la Fiscalía”, les dijo a los legisladores.

    Durante el régimen de excepción, aprobado desde el 27 de marzo de 2022 para facilitar las capturas en El Salvador, organizaciones de derechos humanos, como Cristosal y Socorro Jurídico Humanitario, recibieron más de 6,500 denuncias de violaciones a derechos humanos sobre capturas arbitrarias, malos tratos o torturas.

    Los decretos del régimen de excepción mantienen suspendidos tres derechos constitucionales en el país relacionados al tiempo máximo de detención administrativa de 72 horas, el derecho de defensa y la privacidad de las telecomunicaciones.

  • Inicia vigencia de nueva ley de prevención de lavado de activos en El Salvador

    Inicia vigencia de nueva ley de prevención de lavado de activos en El Salvador

    Una nueva Ley para la prevención, control y sanción del lavado de activos está vigente en El Salvador desde este viernes, luego de que la Asamblea Legislativa aprobara la nueva normativa el 7 de octubre y derogara la regulación que había sido aprobada en 1998.

    La ley antilavado fue publicada en el Diario Oficial del 9 de octubre e inició su vigencia ocho días después, es decir, el viernes 17 de octubre.

    La ley reduce los sujetos obligados, prohíbe la exclusión financiera para personas en noticias o listas internas o con antecedentes relacionados con lavado, y crea el Comité Interinstitucional para la Prevención y Control del Lavado de Activos (CIPLAFT).

    También mantiene la vigencia del reglamento contra el lavado de dinero y de activos, así como el instructivo aprobado mediante decreto ejecutivo el 21 de enero de 2000, mientras no se emitan nuevos instrumentos.

    ¿Quiénes conformarán el Comité?

    El CIPLAFT, que será una instancia encargada de aprobar una estrategia nacional contra el lavado de activos, la prevención del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas, sería una instancia integrada por la Fiscalía General de la República, el presidente de la Asamblea Legislativa, el presidente de la Corte Suprema de Justicia y ministros del Poder Ejecutivo.

    Así, según la normativa, también se integrará por el ministro de Seguridad Pública y Justicia, el ministro de Hacienda, el ministro de Defensa Nacional, el ministro de Economía.

    También, dice la nueva normativa, el CIPLAFT lo integrarán el presidente de la Comisión de Activos Digitales, el presidente del Banco Central de Reserva (BCR) y el superintendente del Sistema Financiero (SSF).

    Este Comité también tendría como atribución aprobar “lineamientos” para cumplir la estrategia antilavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo y las armas de destrucción masiva.

    Prohíbe “exclusión financiera”

    La nueva “Ley especial para la prevención, control y sanción del lavado de activos, financiamiento al terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva» prohíbe negar productos financieros sin una evaluación individualizada de riesgo.

    En su artículo 10, la nueva ley prohíbe que los sujetos obligados apliquen una exclusión financiera a personas basados en noticias o en listas internas o que tengan antecedentes relacionados con lavado de activos. Un diputado de Nuevas Ideas aseguró en el pleno que no se referían a antecedentes delictivos, sino en «noticias».

    La nueva normativa redujo a 10 los sujetos obligados que deben reportar movimientos sospechosos a la Fiscalía, suprimiendo a los inversionistas nacionales e internacionales, las sociedades o empresas nacionales o extranjeras. Tampoco serán sujetos obligados las asociaciones, consorcios y gremios empresariales, e instituciones privadas o de “economía mixta y sociedades mercantiles”.

    También, se excluyen abogados que no laboren con actividades financieras, importadores y exportadores agropecuarios y de vehículos, empresas de seguridad, importadoras o comercializadoras de armas, droguerías, laboratorios, farmacias, hoteles, agencias de viajes, empresas de transporte aéreo, terrestre y marítimo, y también se excluyen las empresas de construcción.

    Los 10 sujetos obligados serán instituciones financieras, sociedades de ahorro y crédito, prestamistas, casinos, intermediarios inmobiliarios, comerciantes de metales y piedras preciosas, abogados, contadores y auditores que realicen actividades financieras para sus clientes, personas dedicadas a transporte de dinero o de valores, proveedores de servicios de activos digitales y de bitcoin, y partidos políticos.

  • Fedemed reforma estatutos para abrir afiliaciones a profesiones de la salud y no solo a médicos

    Fedemed reforma estatutos para abrir afiliaciones a profesiones de la salud y no solo a médicos

    La Federación de Profesionales de la Medicina (Fedemed) reformó sus estatutos ampliando el objetivo de afiliación para “todas las asociaciones de las profesiones de la salud” sin limitarlo a la profesión médica.

    La reforma fue aprobada el 16 de junio de 2024 por la junta directiva de Fedemed, una sociedad que respaldó la aprobación de la “Ley de especialidades para las profesiones médicas” y que ha sido crítica del Colegio Médico.

    El 26 de junio de 2024, en asamblea general cambió por unanimidad sus estatutos para sustituir el literal “a” con el fin de que “sean considerados todos los profesionales de la salud y no solo los profesionales médicos”.

    El artículo 4 establecía como primer objetivo de Federación «afiliar en una sola organización nacional a todas las asociaciones de la profesión médica y a los que se formen en el futuro”.

    La reforma sustituyó el objetivo por “afiliar en una sola organización nacional a todas las asociaciones de las profesiones de la salud y a las que se formen en el futuro”.

    La modificación fue aprobada por el Ministerio de Gobernación el 16 de mayo de 2025 y ha sido publicada en el Diario Oficial de fecha 10 de octubre de 2025.

    El objetivo: afiliarlos «en un sola organización»

    El primer objetivo de la nueva Federación es afiliar «en una sola organización» a todas las asociaciones de las profesiones de la salud de El Salvador.

    Como objetivo estatutario, la Federación también busca “participar en los procesos de certificación y recertificación periódica de los profesioanles de la medicina en la República de El Salvador” y “vigilar que la práctica del ejercicio profesional de los profesionales certificados sea acorde a la normativa ética”.

    La Federación, crítica del Colegio Médico, promovió la aprobación de la Ley de Especialidades de las Profesiones Médicas, la cual otorgó al Consejo Nacional de Especialidades Médicas (Conadem) la competencia de certificar las especialidades y subespecialidades médicas en el país. La normativa, respaldada por Nuevas Ideas y el gobierno actual, fue considerada inconstitucional por el Colegio Médico, gremial que argumentó que la competencia era del Consejo Superior de Salud Pública (CSSP).

    La Fedemed fue constituida en San Salvador el 9 de octubre de 2023 por los médicos Carlos Omar Durán Solórzano, Lourdes Michelle Martínez Salinas, Carlos Alberto Brizuela Alvarenga, Óscar Wilfredo López Barillas, Juan Carlos Portillo Donado y Adriana Jeruzza Rosales Morales. Se define como una entidad apolítica, no lucrativa ni religiosa, científica, académica, cultural y gremial.

    El primer objetivo de la Fedemed quedó así en sus estatutos.
  • Gobierno pide aprobar una nueva ley de energía renovable con incentivos fiscales por 10 años

    Gobierno pide aprobar una nueva ley de energía renovable con incentivos fiscales por 10 años

    El ministro de Medio Ambiente, Fernando López, entregó a la Asamblea Legislativa un proyecto de nueva «Ley de fomento para el uso de la energía renovable» que eximirá de todo impuesto la importación, comercialización, la instalación y el mantenimiento de los sistemas de generación de energía con fuentes renovables.

    Los beneficios fiscales tendrían una vigencia de 10 años según el proyecto.

    Según la propuesta, serán beneficiados con exenciones fiscales los proveedores de los sistemas o equipos, para lo cual deberán registrarse como contribuyentes, y también los usuarios finales que adquieran dichos sistemas o contraten su instalación o mantenimiento.

    Así, los usuarios finales podrían deducir de su renta gravable el gasto que hicieron en la compra o instalación de los equipos.

    La Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (Siget), según el proyecto, regularía requisitos para los proveedores y usuarios finales; y establecería un catálogo de sistemas.

    La ley también facultaría a la Siget a que emita un pliego tarifario con «la tarifa a la cual la distribuidora deberá reconocer los excedentes de energía eléctrica inyectados a la red de distribución». Tendrá 60 días para emitir reglamento.

    En El Salvador ya existe una «Ley de incentivos fiscales para el fomento de las energías renovables en la generación de electricidad«, aprobada el 8 de noviembre de 2007, sin embargo, esta exime «durante los primeros 10 años» la importación de maquinaria, equipos o insumos para inversión en obras de energía y también exime por cinco años los ingresos por proyectos de generación de energía superiores a 10 megavatios y 10 años en proyectos de 10 o menos megavatios. Esta normativa no es mencionada en el proyecto propuesto.

    También, en agosto de 2017, la Siget emitió una norma para usuarios finales productores de energía eléctrica con recursos renovables, con el fin de que pudieran inyectar excedentes de energía a la red de distribución eléctrica.

    La “Norma para usuarios finales productores de energía eléctrica con recursos renovables”, aprobada el 22 de agosto de 2017, que no incluye incentivos fiscales, establece que todo usuario final que desee instalar una unidad de generación de energía eléctrica con fuente renovable dentro de sus instalaciones, con el fin de abastecer su consumo, deberá notificar a la distribuidora y solicitar el cambio del equipo de medición.

    En su propuesta, el gobierno consideró que, aún con esta norma, es «indispensable crear un marco legislativo».

    ¿Qué impuestos eximirían por 10 años?

    El proyecto de nueva ley plantea que busca incentivar la importación, venta o comercialización de sistemas de generación de energía eléctrica producida por fuentes renovables convencionales o no, así como incentivar la adquisición de equipo para autoconsumo y los servicios de mantenimiento a estos.

    Para ello, los incentivos fiscales que estarían vigentes por un periodo de 10 años serían:

    -Exención del Impuesto sobre la Renta o ganancias por dicha actividad o de retenciones.

    -Exención total de IVA.

    -Exención de impuestos y gravámenes a la importación, en especial los Derechos Arancelarios a la Importación, por el periodo de operación a equipos, repuestos o accesorios para la instalación de los sistemas.

     

  • Asamblea adelanta al 20 de octubre el plazo para empezar a pagar el aguinaldo en lo público y privado

    Asamblea adelanta al 20 de octubre el plazo para empezar a pagar el aguinaldo en lo público y privado

    La Asamblea Legislativa reformó el miércoles el Código de Trabajo y la «Ley sobre la compensación adicional en efectivo» para adelantar de diciembre a octubre la fecha inicial en la cual empresas privadas o instituciones públicas en El Salvador pueden entregar el aguinaldo.

    La reforma permite que los patronos realicen el pago de aguinaldos desde el 20 de octubre y mantiene como fecha límite el 20 de diciembre de cada año.

    En el Código de Trabajo, el lapso actual para pagar aguinaldos es del 12 al 20 de diciembre de cada año. En la Ley de compensación adicional en efectivo, que regula el pago de estas compensaciones de diciembre para personal militar y civil de la administración pública, establece como último día el 23 de diciembre.

    La decisión de adelantar el pago a octubre será optativa para las empresas privadas o instituciones públicas respectivas.

    En los considerandos de la reforma al Código de Trabajo, el gobierno argumentó que busca «dar la posibilidad que el pago del aguinaldo a los trabajadores pueda realizarse en fechas distintas en atención a la disponibilidad de recursos con que cuenta cada patrono»; y en la propuesta de reforma a la Ley de compensación, que busca «generar condiciones económicas a favor de todos los servidores del sector público».

    «Será una decisión de los patronos», enfatizó el diputado Caleb Navarro, de Nuevas Ideas. «Lo más seguro es que van a pagar hasta diciembre», calculó la diputada Claudia Ortiz, de Vamos, refiriéndose a los pagos de aguinaldos en el sector privado.

    Los cambios

    Uno de los cambios se hizo el artículo 200 del Código de Trabajo, así: «La prima que en concepto de aguinaldo debe entregarse a los trabajadores que tienen derecho a ella, deberá pagarse en el lapso comprendido entre el 20 de octubre y el 20 de diciembre de cada año. Será decisión de cada patrono fijar una fecha para el pago de esa prima dentro del periodo dispuesto en el inciso precedente. La definición de la fecha en la que se deberá pagar esta prima en ningún caso podrá exceder el 20 de diciembre de cada año».

    La reforma a dicha ley laboral fue aprobada con 58 votos de los diputados presentes, incluidos los tres diputados de oposición, de Vamos y Arena.

    Otra modificación al Código de Trabajo es que, si se declara «por terminado» un contrato de trabajo o el trabajador es despedido sin causa legal antes del 20 de octubre, deberá recibir el aguinaldo «de manera proporcional al tiempo trabajado»; disposición que ya existe pero que considera la terminación del contrato «antes del 20 de diciembre».

    La reforma a la Ley sobre la compensación adicional en efectivo, la normativa que regula estos pagos que recibe en diciembre el personal de la Fuerza Armada, cuerpos de seguridad pública, bomberos y personal civil y militar al servicio de la administración pública, también cambia el lapso para pagar estas compensaciones: la fecha inicial se adelanta al 20 de octubre y la fecha final se adelanta al 20 de diciembre, y ya no el 23 de diciembre, como establece la normativa actual.

    Ambos decretos fueron aprobados con dispensa de trámites, luego de que fueran solicitados por el ministro de Trabajo, Rolando Castro.

    El adelanto del lapso del pago de aguinaldos fue acompañada de la tradicional reforma legislativa de todos los años que exoneran los aguinaldos de hasta $1,500, exención que también aplica a las compensaciones que reciben empleados públicos según la Ley sobre la compensación adicional en efectivo. La exención iniciará su vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial, mientras la ampliación del plazo, ocho días después de la publicación.

    La Asamblea aprobó un transitorio de exoneración del Impuesto sobre la Renta a los aguinaldos.

  • Inicia vigencia de nueva facultad del CSSP para autorizar centros de salud privados sin aval de juntas

    Inicia vigencia de nueva facultad del CSSP para autorizar centros de salud privados sin aval de juntas

    Ya están vigentes las reformas que facultan al Consejo Superior de Salud Pública (CSSP) a autorizar establecimientos de salud privados en El Salvador sin el informe favorable o la inspección de las juntas de vigilancia de la profesión respectiva.

    Las reformas a los artículos 14, 17 y 24 del Código de Salud y al artículo 11 de la Ley del Consejo Superior de Salud y de las juntas de vigilancia de las profesiones de salud, así como la derogatoria del literal “e” del artículo 10, fueron publicadas en el Diario Oficial del miércoles 8 de octubre e iniciaron su vigencia este miércoles 15 de octubre.

    Ambas modificaciones eliminaron el “informe favorable” de la junta de vigilancia de la profesión respectiva requerido para que el CSSP autorice un establecimiento de salud del sector privado, y también se derogó la atribución de las juntas de vigilancia de “rendir informe razonado ante el Consejo” para hacer ese informe.

    La reforma facultaría al CSSP a que autorice otros servicios, como servicios médicos a domicilio y de cuidado a adultos mayores; y reincorpora a los profesionales de la Licenciatura en Trabajo Social que laboren en el sistema integrado de salud dentro de las profesiones médicas.

    CSSP establecerá requisitos

    En la facultad reformada del CSSP, esta “establecerá los requerimientos técnico-administrativos que dictarán los requisitos sanitarios a cumplir para su autorización”.

    El CSSP autoriza y registra los establecimientos de salud ante la Unidad de Registro de Establecimientos de Salud (URES), que deberán presentar su acreditación del Consejo Nacional de Especialidades Médicas (Conadem), un contrato de desechos bioinfecciosos en caso de generarlos, una autorización para realizar la notificación electrónica y si es laboratorio clínico una hoja de referencia o listado de exámenes a realizar.

    Actualmente, el proceso indica que “la Junta de Vigilancia o la Unidad Técnica de Certificación y Auditoría de Servicios de Salud realizará la inspección de ley”.

    Después de la aprobación del Consejo Directivo del CSSP se notificará al propietario del establecimiento la resolución, su certificado de licencia de funcionamiento, el sello y el diploma de regente.

    Los centros pueden ser: hospitales, clínicas, establecimiento para servicios odontológicos, médicos, laboratorios clínicos y veterinarios, servicios de enfermería en establecimiento, servicios farmacéuticos, consultorios médicos, servicios de radiología, entre otros.

  • Aguinaldos podrán pagarse desde el 20 de octubre; montos de hasta $1,500 estarán exentos

    Aguinaldos podrán pagarse desde el 20 de octubre; montos de hasta $1,500 estarán exentos

    La Asamblea Legislativa aprobó este miércoles disposiciones especiales para eximir del Impuesto sobre la Renta los ingresos de hasta $1,500 que reciban en concepto de aguinaldos los trabajadores en El Salvador, así como un cambio en el rango de fechas permitidas para pagar los aguinaldos.

    «La prima que en concepto de aguinaldo debe entregarse a los trabajadores que tienen derecho a ella deberá pagarse en el lapso comprendido entre el 20 de octubre y el 20 de diciembre de cada año», es el nuevo inciso del artículo 200 reformado del Código de Trabajo.

    Similares reformas se están realizando, este mismo miércoles, a la Ley de compensación económica por servicios prestados en el sector público, para ampliar de la misma manera el periodo de pago de aguinaldos o «compensaciones en efectivo» que reciben en diciembre. La ley actual establece como fecha límite de pago en el sector público 23 de diciembre.

    Por la exención del Impuesto sobre la Renta y por la reforma al Código de Trabajo para ampliar el plazo para pagar el aguinaldo, votaron Nuevas Ideas y sus aliados, así como diputados de Arena y Vamos. Por la reforma a la Ley de compensación en efectivo para los empleados del sector público, no votó la diputada Claudia Ortiz, de Vamos.

    Actualmente, el pago de aguinaldo en el sector privado debe ser realizada entre el 12 y el 20 de diciembre de cada año.

    El diputado Caleb Navarro, subjefe de fracción de Nuevas Ideas, dijo que con esta reforma «la empresa pueda organizarse de una mejor forma» e incluso realizar los pagos de manera «escalonada».

    La diputada Claudia Ortiz, de Vamos, pidió aumentar los aguinaldos, reformando el cálculo así: para que quienes tienen 1 a 2 años de servicio reciban los 15 días de salario como aguinaldo, pero si las personas tienen de 2 a 5 años de servicio, reciban 20 días; y si tienen más de 5 años de servicio o un salario menor al 150 % del salario mínimo, que reciban 25 días de salario como aguinaldo. La propuesta de Vamos no tuvo apoyo de Nuevas Ideas y solo tuvo 2 votos.

    Las piezas de correspondencia fueron introducidas por el jefe de fracción de Nuevas Ideas, Christian Guevara, de Nuevas Ideas, y fueron incorporadas a la agenda legislativa con 57 votos, incluido el de la diputada Marcela Villatoro, de Arena. La solicitud fue enviada por el ministro de Trabajo, Rolando Castro.

    Respecto a la exención de impuestos a los aguinaldos de hasta $1,500, todos los años se aprueba un decreto similar. En 2024, transitoriamente también se declararon “como rentas no gravables” del Impuesto sobre la Renta “los ingresos que reciban los trabajadores en concepto de aguinaldo” hasta “un monto igual y no mayor de $1,500”, “no estará sujeto a la retención del referido impuesto”. También, los aguinaldos que excedan dicho monto “estarán sujetos a la retención y al pago del Impuesto sobre la Renta”.

    Este año, la exención también aplica a las compensaciones que reciben en diciembre los empleados del sector público.

    ¿Cuánto reciben de aguinaldo los trabajadores?

    El Código de Trabajo establece los diferentes montos que deben recibir los trabajadores según su tiempo de trabajo.

    15 días: una prestación equivalente al salario de 15 días para los trabajadores que tienen un año de servicio y menos de 3 años de servicio.

    19 días: una prestación equivalente al salario de 19 días para los trabajadores que tienen entre 3 años y 10 años de servicio.

    21 días: una prestación equivalente al salario de 21 días para los trabajadores que tienen 10 años o más años de servicio.

  • Aprueban ley de fondos de inversión privados, NI dice da certeza y Vamos señala riesgo de lavado

    Aprueban ley de fondos de inversión privados, NI dice da certeza y Vamos señala riesgo de lavado

    La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó este miércoles la Ley de Fondos de Inversión Privados Alternativos, que crea una regulación distinta a la aplicada al sistema financiero salvadoreño, para regular los Fondos de Inversión Privados Alternativos (PAIF) en donde personas o «inversionistas sofisticados» podrán invertir al menos $250,000.

    Estos fondos podrán ser invertidos activos digitales como bitcoin.

    Los PAIF serán propiedad exclusiva de los inversionistas y sus fondos se podrán invertir en activos digitales, con la ventaja de que sus ganancias o sus utilidades no pagarán Impuesto sobre la Renta en El Salvador.

    Estos fondos y sus sociedades administradoras no estarán reguladas como los bancos por la “Ley de supervisión y regulación del sistema financiero”, aunque la ejecución de la supervisión sí la hará la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) y el Banco Central de Reserva (BCR), que emitirá normas técnicas para regular los requisitos de informes de auditorías o políticas de funcionamiento.

    El gobierno busca atraer inversiones con la nueva normativa, pero la oposición cuestiona los riesgos de que los fondos invertidos provengan de ilícitos.

    Nuevas Ideas: “da certeza jurídica”

    La diputada Elisa Rosales, de Nuevas Ideas, destacó que la nueva regulación da certeza jurídica a las inversiones que hagan los inversionistas sofisticados, que podrán invertir en activos digitales.

    “La legislación debe regular la actividad que ya está pasando… Es uno de los temas que los inversionistas están buscando, generar su inversión y que haya una regulación que pueda darle una certeza jurídica al capital que ellos están invirtiendo”, indicó la diputada.

    Agregó que, al regular este tipo de fondos, “se reduce el riesgo a fraudes e inestabilidad financiera” para proteger la economía salvadoreña.

    “Los PAIF no solo van a traer grandes capitales, sino que se van a canalizar recursos hacia proyectos importantes en sectores como energía renovable, desarrollos inmobiliarios, tecnología y activos digitales”. Elisa Rosales, diputada de Nuevas Ideas.

    La legisladora espera que la ley fortalezca “el ecosistema de inversiones para El Salvador” y con el tiempo “esto puede llegar el financiamiento no tradicional para los salvadoreños”.

    Según Rosales, estos fondos alternativos ya son regulados en Estados Unidos, India, Singapur, Suiza, Brasil, México, Chile y Uruguay.

    Convierte país en “paraíso” fiscal

    La diputada Claudia Ortiz, de Vamos, pidió modificar el artículo 14, sobre las facultades de la SSF para corroborar el cumplimiento de un marco de gestión de riesgos de los fondos de inversión privados alternativos.

    “Este artículo 14 dice que la Superintendencia podrá corroborar el cumplimiento de las obligaciones que tienen las administradoras de estos fondos de inversión en materia de lavado de dinero y activos; dice podrá, no dice deberá”, advirtió Ortiz.

    Si existe una exposición a riesgos o hay deficiencias en estos fondos de inversión, la SSF podría solicitarle adecuaciones pertinentes.

    El problema, según Ortiz, es que la SSF tendrá como “opción” exigir o no estas adecuaciones a las sociedades administradoras de este tipo de inversiones. Ortiz pidió que se sustituya por el verbo “deberá” para que la facultad de la SSF sea obligatoria.

    La diputada de Vamos agregó que si las inversiones incluyen los activos digitales, incluidos los servicios de proveedores de bitin, es muy importante que la entidad que supervisará “sea fuerte y no tenga una facultad discrecional, ‘podrá’, yo invito a que consideren este cambio para que el marco sea sólido”, pidió.

    La petición de Ortiz tuvo solo dos votos y en reacción la diputada calificó de pasapapeles a la Asamblea Legislativa y señaló a los diputados de Nuevas Ideas de representar a un pequeño grupo que está convirtiendo a El Salvador “en una suerte de paraíso” para inversionistas de criptoactivos y activos digitales.

    “Al final luego de siete años de gestión, el esperado milagro económico nunca llega y encima se pone en riesgo a nuestro país de tener este tipo de actividades que realmente podrían generarnos una muy mala reputación a nivel internacional”.

    Claudia Ortiz (Vamos).

    “Lamento que no se haya considerado la propuesta. Implica que estos fondos de inversión estén constituidos con activos digitales y que se genere un riesgo de que desde países donde no hay una adecuada vigilancia de lavado de dinero y activos se puedan introducir fondos que provienen de actividades delictivas, a fondos de inversión en nuestro país”, alertó.

    La diputada Dania González dijo que han propiciado seguridad jurídica en todos los proyectos de ley y leyó el artículo 63, que indica que estarán sujetos a la ley antilavado. “Esta Asamblea estuvo aprobando una nueva ley, hemos sido sumamente ordenados, de dejar cada uno de los candados específicos”, dijo.

    “El artículo 1 de la ley establece que este es un marco de regulación de fondos de inversión alternativos… La SSF tiene toda la potestad y va a poder autorizar que cumplan con los requisitos y los criterios establecidos en la presente ley. Deja todos los candados necesarios”.

    Dania González (Nuevas Ideas).