Una modificación de última hora a la reforma de disposiciones transitorias para combatir la inflación en los insumos agropecuarios, dictaminada el lunes, introduce en general que las adquisiciones y contrataciones se realizarán mediante compra directa a proveedores nacionales o extranjeros, sean personas naturales o jurídicas.
En la ley actual se excluye la Ley de Compras, pero el mecanismo de compra directa se establecía únicamente para compras emergentes y excepcionales de acuerdo con su artículo 1. En el cambio, solicitado ayer por la directora Centro Nacional de Tecnología Agropecuaria y Forestal (Centa), Odette Varela, se establece que el mecanismo para contratar o adquirir «se denominará compra directa».
Actualmente, el decreto de «Disposiciones especiales y transitorias para combatir la inflación en los precios de los insumos agropecuarios» establece en su artículo 1 que el Centa estará facultado «para la adquisición emergente y excepcional de maquinaria, equipos, capital de trabajo e insumos agropecuarios a través de compra directa a proveedores nacionales o extranjeros», con aval de su junta directiva.
Con la reforma dictaminada el lunes, que incluyó el cambio solicitado por la directora del Centa, el artículo 1 diría: “El Centa realizará las adquisiciones y contrataciones comprendidas en esta ley mediante un procedimiento especial que será autorizado por su junta directiva, el cual para tales efectos se denominará compra directa a proveedores nacionales o extranjeros, sean estos personas naturales o jurídicas”.
Esa disposición se agregaría a las facultades del Centa solicitadas en la solicitud de reforma para que este Centro tenga las facultades de facilitar el abastecimiento del sector agropecuario con la producción, almacenamiento, comercialización, distribución y exportación de insumos, semillas, granos básicos y demás productos agropecuarios, maquinaria, equipos de trabajo, así como tener reservas estratégicas.
Con la reforma a las disposiciones, se ratifica la exclusión de la Ley de Compras. Actualmente en el artículo 7, se establece que por tratarse de «operaciones de carácter emergente y vital» las adquisiciones y contrataciones en procesos para abastecer el mercado salvadoreño de productos agropecuarios «no les será aplicable la Ley de Compras Públicas».
Esta disposición se ratifica en el artículo 7 la reforma.
¿Mecanismos de transparencia y rendición de cuentas?
El diputado Francisco Lira, de Alianza Republicana Nacionalista (Arena), preguntó qué mecanismos establecerán para que exista la competencia, las auditorías y la rendición de cuentas.
Señaló que hubo «varios casos» de posible corrupción vinculados a compras públicas durante la pandemia señalados en investigaciones de la Comisión Internacional contra la Corrupción de El Salvador (CICIES). ¿Qué mecanismos tienen para garantizar que esto tenga los controles necesarios?, preguntó.
La directora del CENTA aseguró que funcionan con AgroCenta desde 2022, cuentan con un instructivo de adquisiciones y contrataciones desde 2023 y son auditados y fiscalizados.
«La ley dice que no lo van a utilizar», dijo el diputado, e insistió en preguntar qué garantías utilizarán. «Si usted lee el articulado indica que no van a hacer esos procesos que usted está mencionando», expresó.
La asesora legal del CENTA, Miriam Henríquez, le respondió que por la Ley de Compras Públicas el CENTA está exento de su aplicación pero la Dirección Nacional de Compras Públicas (DINAC) determina que se deben emitir una normativa para realizar los procesos de compra de manera «transparente y competencia». Añadió que también son auditados por la Corte de Cuentas de la República.
Lira critica ausencia de frase «producción nacional»
Lira también se mostró preocupado porque en la reforma a las disposiciones del CENTA no dice textualmente que se busca «promover la producción nacional» sino que establecen facultades para realizar «importaciones». Le preguntó si no es importante dejar expreso que se busca «fortalecer la producción nacional».
La directora del CENTA respondió que, para tener una producción fortalecida en un 100 por ciento, requieren tiempo.
Ejemplificó que, en la producción de maíz, para generar una semilla parental pueden tardarse hasta seis años, realizando investigación, los híbridos y los cruces.
«Puede que triunfe antes, tres años, dos años. Solamente para trabajar con parentales establecidos, yo necesito más o menos dos años para establecer parentales y darlos a los productores para que tengan semilla certificada. Mientras tanto, ¿cómo yo voy a asegurar la comida dentro del país?, en algún punto deberé recurrir a una importación, en lo que yo estoy formándome completamente con semilla certificada dentro del país, que es el propósito», respondió Varela. Agregó que actualmente usan el H-59.
Esa frase tan sencilla como «producción nacional» debería ir en los articulados, insistió el diputado Lira.
Ante una pregunta sobre la consulta realizada antes de la reforma, la funcionaria respondió que la reforma obedece a solicitudes de gremiales, cooperativas y asociaciones. El legislador solicitó que le envíen los resultados de la consulta realizada.

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